Honduras
07.12.18

Convocatoria abierta para apoyar a organizaciones en acciones dirigidas a implementación de las recomendaciones CAT



Convocatoria abierta hasta el 31 de diciembre de2018


Términos de Referencia para solicitar una subvenciónpara actividades dirigidas a la implementación de la Convención contra laTortura y Otros Tratos o Penas Crueles, Inhumanos o Degradantes en Honduras

I. ANTECEDENTES DE LA ORGANIZACIÓN Y DEL PROYECTO

A. La OMCT

LaOrganización Mundial contra la Tortura (OMCT) fue fundada en 1985. Con sede enGinebra pero trabajando a través de su amplia y activa red SOS-Tortura queopera en más de 90 países, se encuentra entre las mayores coaliciones deorganizaciones de la sociedad civil que luchan contra la tortura y todas lasdemás formas de tratos o penas crueles, inhumanos o degradantes (en adelante,TPCID) en el mundo. La misión de la OMCT es contribuir a la erradicación de latortura, ejecuciones sumarias, desapariciones, detenciones arbitrarias y otrostratos o penas crueles, inhumanos o degradantes y brindar protección a lasvíctimas y personas en riesgo a través de su extensa red de organizaciones dela sociedad civil. La OMCT ejerce la coordinación de la participación de lasorganizaciones de la sociedad civil ante el Comité contra la Tortura de lasNaciones Unidas (en adelante CAT) y proporciona apoyo a las organizaciones dela sociedad civil que se relacionan con CAT.

Se puedeencontrar más información sobre la OMCT y sus actividades con el Comité contrala Tortura de la ONU en el sitio web, así como en el Blog CAT de la OMCT, o através de nuestras redes sociales en Facebook y Twitter.

B. El proyecto

La OMCT desea apoyar a las organizaciones de la sociedad civil hondureñaen sus actividades de documentación, incidencia y sensibilización dirigidas ala implementación de las Observaciones finales del Comité contra la Tortura delas Naciones Unidas (CAT, por sus siglas en inglés), las más recientes emitidasel 26 de agosto de 2016 (CAT/C/HND/CO/2).

Entre las recomendaciones identificadas como prioritarias por el CAT ypor la OMCT se encuentran: la desmilitarización del sistema penitenciario, poniendofin a la detención de presos comunes en instalaciones militares, lainvestigación independiente, eficaz y exhaustiva de alegaciones de tortura ymalos tratos, incluyendo en el contexto del uso excesivo de la fuerza en elmarco de protestas y la independencia, así como la sostenibilidad y eficaciainstitucional del Comité Nacional de Prevención de la Tortura (CONAPREV). Lasorganizaciones de la sociedad civil hondureña también han destacado laimportancia, como pieza angular para promover la justicia y reparación de lasvíctimas y los altos niveles de impunidad, de que Honduras acepte lacompetencia del CAT para recibir y examinar comunicaciones o quejasindividuales conforme al artículo 22 de la Convención.

Se valorarán en particular aquellas iniciativas que integren los enfoquesde una multiplicidad de sectores sociales y grupos en situación de mayorvulnerabilidad, así como aquellas que contribuyan al fortalecimiento de las coaliciones,alianzas y articulaciones nacionales contra la tortura.

La OMCT cuenta con el apoyo financiero de la Unión Europea (UE), elMinisterio de Relaciones Exteriores de los Países Bajos y el Ministerio de AsuntosExteriores de Suiza (DFAE) para el respaldo de las iniciativas de la sociedadcivil hondureña dirigidas a luchar contra la tortura e implementar lasrecomendaciones del CAT.

El importe total disponible de la provisión para este proyecto es de 14’500EUR.

II. ALCANCE DEL PROYECTO Y METODOLOGÍA

La OMCT valorará propuestas que incluyan, cumulativamente, las siguientesacciones: 1) la continuación de los esfuerzos para participar, mediante elenvío de información escrita y participación en reuniones, en los espacios departicipación de la sociedad civil previstos por el CAT en el marco del procedimientode evaluación periódica de los Estados parte; la próxima fecha límite para elenvío de insumos al CAT previo a la adopción de la Lista de Cuestiones Previasa la Presentación del Informe de Honduras (LOIPR, por sus siglas en inglés) esel 28 de enero de 2019; 2) una mesa redonda que promueva laparticipación de organizaciones de la sociedad civil, expertos académicos,instituciones del Estado, representantes diplomáticos y/o de agenciasinternacionales de cooperación para discutir y diseñar una hoja de ruta sobre cómoafrontar los retos más apremiantes en materia de prevención, rendición decuentas y reparación de casos de tortura y malos tratos en el país; 3)actividades formativas, de sensibilización y cabildeo para fortalecer elconocimiento de los estándares internacionales en materia de acceso a lajusticia y reparación para las víctimas de tortura y malos tratos y enparticular para promover la aceptación del mecanismo de comunicacionesindividuales previsto en el artículo 22 de la Convención contra la Tortura porparte de Honduras.

Las actividades propuestas deberán finalizarse antesdel 31 de octubre de 2020.

La OMCT podrá proporcionar asesoramiento técnico y/oparticipar en la preparación de informes al CAT y en el diseño e implementaciónde las actividades propuestas.

Todas las tareas y actividades deberán organizarse:

· Favoreciendouna metodología y toma de decisiones participativa e inclusiva;

· Valorando sihay las garantías adecuadas de seguridad de las personas / organizaciones participantes.

1. Envío deinsumos al Comité contra la Tortura

[Laestimación para esta acción es de hasta 1’500 EUR]

Los Estados que han ratificado la Convención CAT, como es el caso de Honduras,están obligados, de conformidad con lo establecido en el artículo 19, apresentar informes periódicos sobre las medidas (legislativas, administrativas,judiciales, otras) adoptadas para hacer efectivos los derechos y obligacionesconsagradas en la Convención CAT. Estos informes sirven de base para laevaluación de los Estados parte por parte del Comité contra la Tortura, queculmina en la publicación de las “observaciones finales” (informe con laspreocupaciones y recomendaciones principales). Para la elaboración del informeperiódico, el CAT prepara y adopta una “lista de cuestiones previa a lapresentación del informe” (LOIPR). Las respuestas del Estado parte a la LOIPRconstituirán el informe periódico. Este procedimiento tiene por objetivo ayudara los Estados partes a preparar informes más centrados y a presentarlos en elplazo.

En el caso de Honduras, la LOIPR será adoptada en la 66ª sesión del CAT(abril-mayo 2019) y, conforme a esta, el próximo informe periódico debe serenviado por las autoridades hondureñas el 12 de agosto de 2020. Lasorganizaciones hondureñas están invitadas a proporcionar información porescrito antes de la adopción de la LOIPR. El plazo es el 28 de enero de 2019.

Con el fin de presentar información al CAT, la organización o grupo deorganizaciones elegidas deberán:

• Recopilar y proporcionar de manera estructurada información sobre elestado de implementación de las observaciones finales del CAT por parte delEstado hondureño,

• Presentar la información con hechos concretos, objetivos, fidedignos,precisos y claros;

• Usar ejemplos concretos y estadísticas;

• Sugerir preguntas que el Comité pueda incluir en la LOIPR;

• Referirse a observaciones finales previas, decisiones, informes,declaraciones emitidas por otros órganos de tratados de la ONU y procedimientosespeciales, así como por mecanismos regionales de derechos humanos y ONG;

• La información no debe contener los nombres de las víctimas, excepto siestán relacionadas con casos que ya están en el dominio público o si se obtieneel consentimiento de las víctimas o sus familias.

2. Organizaciónde mesa redonda para discutir medidas a adoptar para reconocer y abordar laexistencia y los principales retos en materia de tortura y malos tratos enHonduras, elaboración de informe con principales intervenciones y hallazgos yseguimiento para cumplimiento de acuerdos y compromisos

[La estimación para esta acción es de hasta 7’000EUR]

El evento, de dos días, deberá contar con laparticipación de representantes de múltiples ámbitos y regiones del país,incluyendo sociedad civil, víctimas, instituciones del Estado, comunidadinternacional (e.g. OACNUDH-Honduras), buscando un equilibrio de género,geográfico, étnico y de edad. Se deberá elaborar y publicar un informe con lasponencias, discusiones y conclusiones de la mesa redonda. Actividades de seguimiento,incluyendo reuniones, documentos de análisis y planes de acción, actividades devisibilización, también deberán preverse y ejecutarse.

3. Promoción de los estándares internacionales en materia de acceso a lajusticia y reparación para víctimas de tortura y TPCID, mediante sensibilizacióny cabildeo para la aceptación del mecanismo de comunicaciones individualesprevisto en el artículo 22 de la Convención contra la Tortura y otras accionescontra la impunidad

[La estimación para esta acción es de hasta 6’000EUR]

Se considerarán actividades formativas, de sensibilización y cabildeopara fortalecer el conocimiento de los estándares internacionales en materia deacceso a la justicia y reparación y en particular para promover la aceptacióndel mecanismo de comunicaciones individuales previsto en el artículo 22 de laConvención contra la Tortura por parte de Honduras. Las actividades deberán iracompañadas de un componente de visibilidad – comunicación (e.g. llevar a cabouna campaña).

Si un Estado parte en la Convención contra la Tortura formula ladeclaración correspondiente en virtud del artículo 22 de la misma, losparticulares pueden presentar ante el CAT denuncias por violaciones de laConvención cometidas por dicho Estado. Estas denuncias culminarán en unadecisión de admisibilidad y fondo por parte del CAT, que determinará si elEstado ha violado la Convención y establecerá medidas de reparación para lasvíctimas.

Mientras que Guatemala, México, Costa Rica, Perú, Argentina, Ecuador,entre otros, han hecho la declaración en virtud del artículo 22 de laConvención, Honduras todavía debe comprometerse a aceptar la jurisdicción delCAT para el examen de comunicaciones individuales.

III. DURACIÓN Y LOCALIZACIÓN

Las actividades propuestas deberán finalizarse antesdel 31 de octubre de 2020. Se valorarán las propuestas que incluyan elenvío de información al CAT para lapróxima LOIPR (fecha límite: 28 de enero de 2019).

Laorganización o grupo de organizaciones elegidas deberán presentar un informenarrativo y financiero de todas las actividades llevadas a cabo al término delas actividades.

IV. REQUISITOS y ELEGIBILIDAD

Se anima alas organizaciones con el siguiente perfil y competencias a expresar suinterés:

• Organizacionesde la sociedad civil hondureña que trabajen en alguno de los siguientesámbitos: prevención, investigación, sanción, reparación de la tortura y otrosmalos tratos;

•Organizaciones de la sociedad civil hondureña que hayan participado en lapresentación de informes ante el CAT y/u otros órganos de tratado de NacionesUnidas sobre Honduras;

•Organizaciones de la sociedad civil hondureña con experiencia e interés en lapromoción y articulación de coaliciones y/o sinergias colectivas de la sociedadcivil, incluyendo la Red SOS-Tortura de la OMCT, con potenciales alianzas conotros actores importantes;

•Organizaciones de la sociedad civil hondureña que tengan experiencia en ellitigio de casos de tortura y TPCID, en el ámbito interno y/o internacional(incluyendo el Sistema Interamericano de Derechos Humanos);

•Organizaciones de la sociedad civil con una capacidad financiera y operativasuficiente.

V. PRESENTACIÓN DE SOLICITUDES

Las solicitudesdeberán enviarse, solo por correo electrónico, a Helena Solà Martín, asesora dederechos humanos en la OMCT, encargada de América Latina (hs@omct.org). Lafecha límite es el 31 de diciembre de 2018.

Se consideraránsolicitudes formuladas de forma conjunta por varias organizaciones, en estecaso se deberá identificar qué organización es la solicitante principal. Sobrela organización solicitante principal recaerá la responsabilidad de gestionarlos recursos financieros y presentar los informes narrativos y financieros atiempo. Deberá especificarse en la solicitud la distribución de tareas entre lasorganizaciones solicitantes. Se podrá emplear a personal de la(s) organización(es)o contratar a personas consultantes para la implementación de las actividadesestablecidas en esta convocatoria.

Se elegiráy apoyará a una sola solicitud (individual o conjunta), conforme a un valoracióncon indicadores que considerarán los criterios de elegibilidad, junto alcontenido, alcance y metodología de la propuesta.

Para quesu solicitud sea considerada, envíe un correo electrónico que indique "Seguimiento CAT - Honduras" en el encabezado del asunto, con lossiguientes archivos adjuntos:

• Unabreve descripción que identifique las actividades, metodología, objetivos yresultados esperados en cada ámbito de acción especificado en esta convocatoria.La justificación también deberá incluir cómo se garantizará la sostenibilidad ocontinuidad de los objetivos de esta convocatoria en futuras actividades de laorganización/organizaciones;

• Unpresupuesto que especifique los diferentes gastos que se prevén por ámbito deacción (1) insumos al CAT, 2) mesa redonda y 3) acciones de promoción de accesoa la justicia y reparación, incluyendo campaña por aceptación del artículo 22de la Convención). La estimación del coste de cada acción es indicativa y elpresupuesto se puede modificar, pero el monto total de la ayuda es elmencionado en el punto I. Dicho presupuesto deberá incluir recursos humanos(gastos de personal) y un 7% de costes indirectos (overhead cost).

• Uncronograma que incluya la realización de las actividades previstas en el puntoII.

Esta convocatoria es posible gracias al apoyofinanciero de la Unión Europea, el Ministerio de Asuntos Exteriores de losPaíses Bajos y el Departamento Federal de Asuntos Exteriores de Suiza. Elcontenido de este documento es responsabilidad exclusiva de la OMCT y bajoninguna circunstancia puede considerarse que refleja la postura de la UniónEuropea, el Ministerio de Asuntos Exteriores de los Países Bajos o elDepartamento Federal de Asuntos Exteriores de Suiza.