Venezuela
15.04.13
Intervenciones urgentes

Actos de agresión y tortura contra el Sr. Lisnardo Danielson Llorente García y el Sr. Nehemías Etifaz Camacho Correa

VEN 150413

Torturas/ Riesgo de impunidad

El Secretariado Internacional de la Organización Mundial Contra la Tortura (OMCT) solicita su intervenciónURGENTE ante la siguiente situación en Venezuela.

Descripción de la situación

El Secretariado Internacional de la OMCT ha recibido con preocupación informaciones de la Red de Apoyo por la Justicia y la Paz, organización miembro de la Red SOS-Tortura de la OMCT, sobre los actos de agresión y tortura contra el Sr. Lisnardo Danielson Llorente García y el Sr. Nehemías Etifaz Camacho Correa, trabajadores del Ministerio del Poder Popular para el Ambiente, presuntamente torturados por funcionarios del Grupo Anti Extorsión y Secuestro (GAES) de la Guardia Civil Bolivariana (GNB) – Comando Regional No. 9 (CORE 9).

De acuerdo con la información recibida, el 14 de noviembre de 2012, los Sres. Lisnardo Danielson Llorente García y Nehemías Etifaz Camacho Correa fueron detenidos junto a otras personas – militares y civiles – por funcionarios adscritos al GAES – Comando Regional No. 9 de la GNB cuando se encontraban en el “Refugio de Fauna Silvestre Santa María de Orinoco”. La detención fue ordenada por el General de Brigada José Eliecer Pinto Gutiérrez, Jefe del Comando Regional No. 9 de la GNB para proceder a investigar el robo de dos fusiles AK 103 pertenecientes a dos funcionarios militares apostados en el citado refugio. Los detenidos fueron inmediatamente trasladados del Refugio a la sede del GAES en la ciudad de Puerto Ayacucho.

Según la misma información, el Sr. Lisnardo Danielson Llorente García fue sometido a interrogatorio el mismo día 14 de noviembre de 2012. Durante el mismo los funcionarios de la GNB le sometieron a diversas torturas. Fue esposado e introducido en la “Sala de investigación” donde procedieron a preguntarle si conocía el paradero de los fusiles robados. Al responder negativamente los funcionarios de la GNB junto con el Capitán Arquímedes Fuentes Millán lo amenazaron de muerte mostrándole un arma de fuego. Posteriormente le golpearon en la cabeza, le vendaron los ojos, le introdujeron un periódico en la boca y le tiraron al suelo colocándole una bolsa de plástico en la cabeza y volvieron a golpearle. Tras estas agresiones le colgaron de una viga durante aproximadamente tres horas suspendido por ambos brazos. Mientras se encontraba en esta posición algunos funcionarios se colgaron encima de él mientras amenazaban con torturar a su esposa e hijo. Con posterioridad fue trasladado a un cuarto donde permaneció atado y con los ojos vendados. En la madrugada del día 15 de noviembre de 2012 lo trasladaron al comedor donde le obligaron a firmar una declaración de no haber sido maltratado. No pudo firmarla dado que, debido a las torturas, tenía las manos y los brazos inmovilizados por el dolor. Esa misma mañana fue trasladado al hospital donde una doctora documentó que las lesiones habían sido producto de una riña.

Según las mismas fuentes, el día 14 de noviembre de 2012 el Sr. Nehemías Etifaz Camacho Correa, una vez en la sede del GAES de Puerto Ayacucho fue colocado con las manos atadas en una sala. Esa misma noche, a la 1 a.m. el Capitán Arquímedes Fuentes Millán lo trasladó a otra sala donde pudo ver al Sr. Lisnardo Danielson Llorente García maniatado y colgado de una viga. El Capitán amenazó al Sr. Nehemías Etifaz Camacho Correa advirtiéndole de que el siguiente podría ser él. El 15 de noviembre de 2012 a las 5 a.m. lo trasladaron a firmar una declaración de que no había sido maltratado y posteriormente fue trasladado al mismo hospital que el Sr. Lisnardo Danielson Llorente García para realizar una revisión médica.

De acuerdo con la misma información, las dos víctimas fueron llevados esposados desde el hospital al Cuerpo de Investigaciones Científicas, Penales y Criminalísticas (CICPC) donde fueron interrogados y amenazados con ser encarcelados. Posteriormente fueron trasladados de nuevo a la sede del GAES de Puerto Ayacucho.

Según la misma información, ese mismo día, 15 de noviembre de 2012, alrededor de la 1 p.m. el Sr. Nehemías Etifaz Camacho Correa fue trasladado por el Capitán Arquímedes Fuentes Millán al dormitorio de los Guardias. Allí, colocaron música a alto volumen instándole a decir donde se encontraban los fusiles mientras le sometían a diversas torturas. Lo colocaron un trapo en la boca y le vendaron los ojos con un periódico y cinta adhesiva. En diversas ocasiones le pusieron una bolsa de plástico en la cabeza para producir asfixia y le rociaron con un líquido y polvos que producían adormecimiento las manos y la nariz. Al no realizar ninguna declaración le introdujeron un palo de una escoba por el recto de manera violenta. Estas torturas continuaron durante tres horas hasta aproximadamente las 4 p.m.

El día 15 de noviembre de 2012 por la noche, se trasladaron a la sede del GAES el Defensor del Pueblo delegado en Amazonas y el Fiscal 4º en competencia con Derechos Fundamentales de Amazonas del Ministerio Público. Constataron el estado físico de los Sres. Lisnardo Danielson Llorente García y Nehemías Etifaz Camacho Correa que les narraron las torturas a las que habían sido sometidos. Hasta la fecha los Sres. Lisnardo Danielson Llorente García y Nehemías Etifaz Camacho Correa han ido recibiendo atención médica en diversas ocasiones dadas las secuelas generadas por los actos de tortura de los que fueron víctimas.

De acuerdo con la misma información, las víctimas y sus familias han denunciado los hechos antes distintos organismos gubernamentales: la Dirección de Derechos Fundamentales de la Fiscalía General, la Fiscalía Superior del Estado de Amazonas, la Fiscalía 4º del Estado de Amazonas, la Defensoría del Pueblo y Defensoría del Pueblo delegada en Amazonas, la Vicepresidencia de la República Bolivariana de Venezuela y la Comisión de Política Interior de la Asamblea Nacional. Las diligencias realizadas hasta la fecha han sido escasas y muy lentas, no aportando ninguna clarificación sobre los presuntos actos de tortura descritos. Desde el 10 de enero de 2013 hasta la fecha actual, tanto el Sr. Lisnardo Danielson Llorente García como el Sr. Nehemías Etifaz Camacho Correa, se encuentran bajo régimen de presentación como medida cautelar sustitutiva de la privación preventiva de libertad. Tienen prohibida la salida del territorio del Estado Amazonas y la obligación de presentarse cada 7 días ante el Tribunal Militar 8º de Control.

El Secretariado Internacional de la OMCT manifiesta su profunda preocupación por la seguridad y la integridad física y psicológica de los Sres. Nehemías Etifaz Camacho Correa y Lisnardo Danielson Llorente García y solicita enérgicamente a las más altas autoridades nacionales de Venezuela y del Estado deAmazonas que tomen urgentemente todas las medidas necesarias para garantizar las mismas.

La OMCT urge a las autoridades venezolanas competentes a que investiguen de forma inmediata, rápida,exhaustiva, independiente, completa, efectiva e imparcial los actos de tortura los Sres. Nehemías Etifaz Camacho Correa y Lisnardo Danielson Llorente García, y que las conclusiones de la investigación se hagan públicas, con el fin de identificar a los responsables y llevarlos ante un tribunal civil, independiente, competente e imparcial y aplicarles las sanciones penales, civiles y/o administrativas previstas por la ley.

La OMCT recuerda que las autoridades venezolanas tienen que cumplir con sus obligaciones en virtud del derecho internacional de los derechos humanos para proteger el derecho a no ser sometido a tortura u otros tratos crueles, inhumanos o degradantes y de llevar ante la justicia a los responsables por la violación de estos derechos.

La OMCT señala además que según el artículo 15 de la Convención Contra la Tortura: “Todo Estado Parte se asegurará de que ninguna declaración que se demuestre que ha sido hecha como resultado de tortura pueda ser invocada como prueba en ningún procedimiento, salvo en contra de una persona acusada de tortura como prueba de que se ha formulado la declaración”.

Acción solicitada

La OMCT solicita que se dirijan urgentemente a las autoridades de Venezuela urgiéndolas a:

i. tomar de inmediato todas las medidas necesarias para garantizar la seguridad y la integridad física y psicológica de los Sres. Lisnardo Danielson Llorente García y Nehemías Etifaz Camacho Correa y de sus familias;

ii. llevar a cabo una investigación rápida, inmediata, completa, independiente, efectiva e imparcial sobre los actos de tortura contra los Sres. Lisnardo Danielson Llorente García y Nehemías Etifaz Camacho Correa, y que las conclusiones de la investigación se hagan públicas, con el fin de identificar a los responsables y llevarlos ante un tribunal civil, independiente, competente e imparcial y aplicarles las sanciones penales, civiles y/o administrativas previstas por la ley;

iii. otorgar a las victimas una reparación que incluya una rehabilitación y compensación adecuadas;

iv. garantizar el respeto de los derechos humanos y de las libertades fundamentales en todo el país, de conformidad con las normas internacionales de derechos humanos.

Direcciones

· Presidente de la República, Ciudadano Nicolás Maduro, Caracas, Venezuela; Fax:+58.212.806 3698 E-mail: dggcomunicacional@presidencia.gob.ve

· Ciudadana Luisa Ortega Díaz, Fiscalía General de la República Bolivariana de Venezuela, Esquina de Misericordia a Pele el Ojo. Av. México. Caracas, Venezuela; Fax: + 58 212 5754467, E-mail:mp@fiscalia.gov.ve

· Ciudadano Tareck El Aissami, Ministro del Poder Popular para las Relaciones Interiores y Justicia, Av. Urdaneta, Esquina Platanal, Caracas; Fax: + 58 212 5061557 / + 58 212 5061064

· Sr. Liborio Guarulla, Gobernador del Estado de Amazonas, Edificio La Gobernación, Av. Rio Negro, Urbanización Centro, Puerto Ayacucho, Venezuela; Fax: + 58 (0) 248 5210283

· Ciudadana Gabriela Ramírez Pérez, Defensora del Pueblo de la República Bolivariana de Venezuela, Av. México, Plaza Morelos, Edif. Defensoría del Pueblo, Fax: + 58 212 5754467; E-mail:denuncias@defensoria.gob.ve Esta dirección electrónica esta protegida contra spam bots. Necesita activar JavaScript para visualizarla

· Ciudadana Laura Alejandra Ontiveros La Rizza, Fiscalía Superior de la Circunscripción Judicial del Estado de Amazonas, Avenida Rómulo Gallegos, cruce con calle Melicio Pérez, Edf. Don Felipe, piso 1, Puerto Ayacucho; Tlf: + 58 248 521 49 72

· Defensoría del Pueblo Delegada del Estado de Amazonas, Avenida Evelio Roa, Edificio Wayumi, Piso 1, Puerto Ayacucho; Tlf/Fax: + 58 248 521 45 11 / +58 248 521 63 36

· Ciudadano Omar Patiño, Alcadía del Municipio Puerto Ayacucho, Calle Bolívar con Evelio Roa, Edif. Hipólito Cuevas, sede del Poder Público Municipal; Tlf: + 58 248 521 40 42.

· Misión Permanente de Venezuela ante la ONU en Ginebra, 18-a, Chemin François-Lehmann, 1218, Ginebra; Fax:+ 41 22 723 28 81; E-mail: mission.venezuela@ties.itu.int

Por favor, diríjanse también a las Representaciones Diplomáticas de Venezuela en sus respectivos países.

Ginebra, 15 de abril de 2013.

Favor informarnos sobre cualquier acción emprendida, citando el código de este llamado en su respuesta.
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