Sri Lanka
17.09.03
Intervenciones urgentes

Sri Lanka: arresto, detención y tortura de tres hombres

Caso LKA 170903
Detención arbitraria / Tortura


El Secretariado Internacional de la OMCT solicita su intervención URGENTE en la siguiente situación en Sri Lanka.


Breve descripción de la situación

El Secretariado Internacional de la OMCT ha sido informado por Asian Human Rights Commission, miembro de la Red de la OMCT, de los arrestos ilegales, detenciones y tortura de tres hombre en Sri Lanka.

De acuerdo con la información recibida, el 30 de agosto de 2003, a eso de las 12:20pm, Mohamad Ameer Mohamad Riswan (23 años), Suppaiya Ravichandran (23 años), and Abdul Karim Mohamad Roshan Latief (30 años), estaban juntos conduciendo un triciclo. Fueron detenidos por una van que llevaba seis pasajeros, incluido el conductor, quienes eran todos policías de la estación policial de Wattala pero no estaban en uniforme. Las tres víctimas fueron forzadas a entrar a la van, les vendaron los ojos, y los llevaron a la Estación Policial de Wattala.

Más tarde ese día, aproximadamente a las 7:00pm, los tres fueron severamente asaltados por varios policías, en particular el Oficial Navaratne. El abuso siguió al día siguiente. En la noche del 31 de agosto llevaron a las víctimas a la oficina de la DIG, Colombo Norte en Paliyagoda, que es el cuartel general de la policía para el área. En el cuartel general, las víctimas fueron entregadas a un oficial superior quien golpeó a las víctimas en las piernas, estómago, pecho y manos y las forzó a confesar estar involucradas en un robo sobre el cual nada sabían. Cuando las víctimas trataron de declararse inocentes, el oficial intensificó el asalto hasta que el ladrillo que estaba usando para golpearlos se partió en pedazos.

Las víctimas sufrieron múltiples lesiones de diferentes niveles de gravedad. El Sr. Riywan comenzó a sangrar de la nariz por haber recibido golpes en el oído con el ladrillo. Cuando se rompió el ladrillo, uno de los policías de la Estación Policial de Watalla trajo una vieja escoba que fue usada para golpear a los detenidos hasta que se rompió. El Sr. Latief sufrió lesiones especialmente severas luego de ser continuamente asaltado durante treinta minutos, incluyendo una laceración por habérsele clavado en el pecho el extremo partido de la escoba.

Las víctimas fueron llevadas de vuelta a la Estación Policial de Watalla el 1° de septiembre de 2003 y fueron encerradas en una celda. Había poco para beber. Esa noche, las familias de las víctimas vinieron a la estación a verlos. Más tarde esa noche, el Sr. Latief fue torturado aún más y se le habría torturado mientras colgaba de una viga.

Luego de haber recibido una denuncia de la familia de una de las víctimas, tres funcionarios de National Human Rights Commission visitaron a las víctimas en la Estación Policial de Watalla el 1° de septiembre. Tomaron declaraciones escritas de las víctimas y anotaron también las heridas sufridas por las víctimas. Ordenaron a la policía que permitieran a las víctimas ver a un médico legista, lo cual hicieron. Ese mismo día las víctimas estuvieron ante un magistrado, de quien la policía obtuvo una orden de detención supuestamente por delitos relacionados con narcóticos. Las víctimas no habían sido interrogadas en relación con narcóticos durante la detención. Después de la visita del funcionario de derechos humanos, el Subinspector, Sr. Navaratne, les dijo a los Sres. Riswan y Ravichandran que serían implicados por posesión de narcóticos por haberse quejado ante la HHRC.

El 6 de septiembre, una vez más, las víctimas fueron presentadas ante el magistrado, esta vez acusados de 28 delitos. El Sr. Latief fue acusado de robo y el otro por posesión de drogas. Cuando se les entrevistó en prisión, negaron todos los cargos.

Es importante resaltar que la Estación Policial de Watalla tiene un historial de tortura. Es la estación policial en la que el Sr. Gerald Perera estuvo detenido y fue torturado. Cuando el caso llegó a la Corte Suprema de Sri Lanka, la corte sostuvo que el Sr. Sena Suraweera, el oficial a cargo de la estación policial, y otros compañeros policías son culpables de torturar al Sr. Perera, y la corte ordenó la mayor indemnización jamás concedida en un caso de tortura. (SCFR. 328/2002 – W.R. Sanjeewa AAL (for Gerald Perera) Vs. Sena Suraweera y otros ocho). Sin embargo, el Sr. Sena Suraweera sigue siendo el Oficial a Cargo (OIC) de la misma estación policial.

El patrón de este caso muestra que la policía está buscando sospechosos substitutos para culparlos de crímenes que la policía ha dejado de investigar o no ha podido probar. Más preocupante aún es el uso de órdenes de detención por razones puramente arbitrarias y frívolas. Esto justifica la posición de AHRC y otros grupos de derechos humanos que piden la abolición de órdenes de detención que permiten que se retenga a personas en custodia policial por más de 24 horas. Las autoridades de Sri Lanka no han dado ningún paso para poner fin a esta situación, a pesar de la exposición de tan numerosos casos y la enorme cobertura de medios contra la tortura policial. En este contexto, también es pertinente notar que un oficial que una vez fue responsabilizado de tortura de sospechosos aún mantiene su cargo como oficial a cargo de la misma estación policial. Esto señala la falta de interés de las autoridades para poner fin a esta situación.

El Secretariado Internacional de la OMCT está profundamnente preocupado por el uso desproporcionado de la fuerza por parte de la policía. La OMCT condena la detención arbitraria de las tres víctimas y el uso de tortura por parte de agentes de policía. Más aún, la OMCT urge al Gobierno de Sri Lanka a tomar todas las medidas necesarias para garantizar una investigación inmediata, imparcial y efectiva en torno a las circunstancias de estos eventos, identificar a los responsables, llevarlos ante un tribûnal competente e imparcial y aplicar las sanciones estipuladas en la ley.


Acción solicitada

Por favor escriban a las autoridades en Sri Lanka urgiéndolas a:

i. tomar todas las medidas necesarias para garantizar la integridad física y psicológica de las personas previamente mencionadas;
ii. ordenar una investigación exhaustiva e imparcial en torno a las circunstancias de estos arrestos, con el fin de identificar a los responsables, llevaros a juicio y aplicar las sanciones penales y/o civiles estipuladas en la ley;
ii. tomar todas las medidas necesarias para asegurar el respeto a los instrumentos internacionales de derechos humanos, lo cual incluye el respeto por la prohibición de la tortura y el tratamiento o pena cruel, inhumano o degradante.
iii. garantizar el respeto a los derechos humanos y las libertades fundamentales en todo el país, de conformidad con el derecho interno y las normas internacionales de derechos humanos.


Direcciones
· President, Her Excellency Chandrika Bandaranaike Kumaratunga, President's House, Colombo 3, Sri Lanka, Fax: +94 12 333 703, E-mail: for_min@sri.lanka.net
· Prime Minister, Hon. Ranil Wickremasinghe, Cambridge Place, Colombo 7, Sri Lanka, Fax: +94 12 575 454/682 905, E-mail: secpm@sltnet.lk, bradmanw@slt.lk
· Attorney General, Hon. K.C. Kamalasabesan, Attorney General's Department, Colombo 12, Sri Lanka, Fax: +94 12 436 421, E-mail: attorney@sri.lanka.net or counsel@sri.lanka.net
· Minister of Justice, Hon. W.J.M. Lokubandara, Ministry of Justice, Law Reform and National Integration, Superior Courts Complex, Colombo 12, Sri Lanka, Fax: + 94 12 424 447
· Minister of Interior, Honourable John Amaratunga, Colombo, Sri Lanka, Fax: +94 12 387 526/698 282
· Ambassadeur Kariyawasam,Prasad, Rue de Moillebeau 56 (5ème) - CP 436, CH-1211, Genève 19, Suisse, E-mail: mission.srilanka@ties.itu.int, Fax: +4122 734 90 84
· Inspector General of Police, Mr. T.E. Anandarajah, Sri Lanka Police Headquarters, New Secretariat, Colombo 1, Sri Lanka, Fax: +94 1 438 915/446 174
· Chairman of National Police Commission, Mr. Ranjith Abeysuriya PC, 10 A, Flower Road, Colombo 7, Sri Lanka


Por favor escriban también a las embajadas de Sri Lanka en sus respectivos países.

Ginebra, 17 de septiembre de 2003

Sírvanse informarnos de cualquier acción emprendida, citando el código de este llamado en su respuesta.