Sri Lanka
19.07.02
Intervenciones urgentes

Sri Lanka: tortura de un joven escolar de 16 años de edad, por parte de la policía de Aralaganvila, en Polonnaruwa.

Caso LKA 190702.CC
DERECHOS DEL NIÑO
Tortura

El Secretariado Internacional de la OMCT solicita su intervención con carácter muy urgente en la siguiente situación en Sri Lanka.

Breve descripción de la situación :

El Secretariado Internacional de la OMCT fue informado por la Comisión de Derechos Humanos de Asia (AHRC), (Asian Human Rights Commission), miembro de la red de la OMCT, de la tortura de un joven escolar de 16 años de edad, por parte de varios miembros de la policía del puesto de policía de Aralaganvila en Polonnaruwa, Sri Lanka.

Según las informaciones recibidas, el niño V.G.G. Chaminda Premalal fue arrestado en su domicilio en la noche del 9 de julio del 2002 por varios policías que pretendían cumplir con el deber de interrogarlo sobre recientes casos de robo. El niño Chaminda Premalal fue entonces llevado al puesto de policía en donde él habría sido acusado de haber robado un salón de peluquería y varias casas. Los policías entonces tomaron un tubo en PVC (material plástico muy duro) para golpearlo en la espalda, incluyendo sobre la columna vertebral, así como sobre la planta de los pies. Posteriormente ellos le habrían golpeado violentamente la cabeza contra la pared en numerosas ocasiones, y luego lo habrían hecho caer por tierra, en donde ellos le habrían pateado el cuerpo.

Según la AHRC, el niño Chaminda Premalal fue llevado, el día siguiente, 10 de julio del 2002, al piso superior del puesto de policía en donde los policías Lalith Rajamantri y Nihal, de la División criminal, y otros policías no identificados le habrían mostrado al joven una cuerda y le habrían amenazado con colgarlo si él no confesaba. Los miembros de la policía, que se encontraban en estado de ebriedad en el momento de los hechos, le habrían dicho : « Te vamos a colgar ; te vamos a matar y a tirar al exterior. Tu sabes que nosotros no arriesgamos nada. Nosotros podremos decir que tu querías huir. Te vamos a partir las manos y las piernas. Te vamos a golpear de manera que mueras en un mes». Luego de otros ataques del mismo género, la víctima les suplicó a los policías que dejaran de pegarle y aceptó confesar los crímenes.

Según las informaciones recibidas, el joven fue llevado a su domicilio en donde la policía le confiscó sus enseres personales incluida su bicicleta. Al día siguiente, fue llevado de nuevo al puesto de policía y presentado a un magistrado quien lo colocó en libertad bajo fianza. El niño Chaminda Premalal estaría actualmente en el hospital para el tratamiento de sus heridas. Según la AHRC, los actos de tortura le dejaron secuelas importantes : las plantas de los pies del niño Chaminda Premalal están inflamadas, sufre de dolores en la columna vertebral, desvanecimientos, dolores de cabeza, vómitos y confusiones.

El Secretariado Internacional de la OMCT condena firmemente los actos de tortura practicados por los oficiales de policía de Polonnaruwa sobre la persona del niño Chaminda Premalal. La OMCT desea recordar que el gobierno de Sri Lanka, como Estado parte de la Convención sobre los derechos del niño, está obligado a actuar de conformidad con todos sus artículos; y particularmente con su artículo 37 que pide al Estado parte velar porque : a) « Ningún niño sea sometido a torturas ni a otros tratos o penas crueles, inhumanos o degradantes » ; c) Todo niño privado de libertad sea tratado con la humanidad y el respeto que merece la dignidad inherente a la persona humana, y de manera que se tengan en cuenta las necesidades de las personas de su edad (…) ».


Además, la OMCT se encuentra seriamente preocupada por la pasividad de las autoridades políticas de Sri Lanka frente a la reciente ola de denuncias de malos tratos y de tortura que se ha desatado contra sus fuerzas de policía ; pasividad cada vez más preocupante ya que estas denuncias son conocidas por los órganos gubernamentales de Sri Lanka, y existe una ley en Sri Lanka que define la tortura como un crimen que puede ser castigable con una pena de prisión de siete años como mínimo.

Acción solicitada :

Favor escribir a las autoridades de Sri Lanka, para urgirlas a:

i. poner fin de manera inmediata a todo tipo de tortura, tratos crueles, inhumanos y degradantes de los niños, de conformidad con la legislación nacional e internacional ;

ii. garantizar una reparación adecuada al niño Chaminda Premalal así como una readaptación física y psicológica y su reinserción social ;

iii. garantizar una investigación inmediata, independiente e imparcial sobre las denuncias de recurrir a la tortura y a otras penas o tratos crueles, inhumanos o degradantes, con el fin de identificar a los responsables, llevarlos ante un tribunal civil, competente e imparcial y aplicarles las sanciones penales, civiles y/o administrativas previstas por la ley;

iv. garantizar el respeto de los derechos humanos y las libertades fundamentales en todo el país, de conformidad con las normas nacionales y con las normas internacionales, particularmente con la Convención sobre los Derechos del Niño.

Direcciones:
· Her Excellency President Chandrika Bandaranaike Kumaratunga, President's House, Colombo 3, Sri Lanka. Fax No 00 94 1 333703, E-mails: for_min@sri.lanka.net

· Prime Minister Honourable Ranil Wickremasinghe, 58 Sir Earnest de Silva Mawatha, Colombo 7. Sri Lanka. Fax No 00 94 1575 454, 0094 16820 905, 0094 1542 919

· Honourable Minister for Justice and Constitutional Affairs, 37, Kirula Place, Colombo 5. Sri Lanka. Fax No 00 94 1 437680

· Honourable Minister of Interior John Amaratunga, Colombo, Fax: 0094 1387 526, 0094 1698 282

· Honourable K.C. Kanalasabesan, Attorney General, Colombo 12, Fax: 0094 1436 421

· Hon. Ambassador, Permanent Mission and Consulate General of Sri Lanka, 56, Rue De Moillebeau, 5th Floor, 1 209, Geneva 19, Switzerland, Fax: (41-22) 734 9084, E-mail: mission.srilanka@itu.ch

· Hon. High-Commissioner, The High Commission of the Democratic Socialist Republic of Sri Lanka 13 Hyde Park Gardens London W2 2LU United Kingdom Fax: 0044 207 262-7970

- Representaciones Diplomáticas de Sri Lanka en sus respectivos países

Ginebra, 19 de julio del 2002

Favor informarnos sobre cualquier acción realizada acerca del presente caso, citando el código del presente llamado en su respuesta.