Colombia
24.07.09
Intervenciones urgentes

Grave preocupación por seguridad e integridad personal de testigo de ejecución extrajudicial ocurrida en Buga.

Caso COL 240709
Intento de secuestro/ Permanente hostigamiento y amenazas/ Serio temor por seguridad y por integridad personal

El Secretariado Internacional de la Organización Mundial Contra la Tortura (OMCT) solicita su intervención MUY URGENTE ante la siguiente situación en Colombia.

Descripción de la situación

El Secretariado Internacional de la OMCT ha recibido con preocupación informaciones de la Fundación Comité de Solidaridad con Presos Políticos (FCSPP), organización miembro de la red SOS-Tortura de la OMCT, sobre el intento de secuestro de que fue víctima, en la localidad de Bosa, la Sra. Nini Jhoanna Oviedo Lozano, testigo de la ejecución extrajudicial de su esposo, el Sr. Javier Correa Arias[1], hecho que fue presentado luego como un “falso positivo”[2] en 2004 en Buga, Departamento de Valle del Cauca. La OMCT manifiesta su profunda preocupación por la integridad personal de la Sra. Nini Jhoanna Oviedo Lozano y de los demás miembros de su familia.

De acuerdo con las informaciones, el 16 de julio de 2009, en horas de la tarde, la Sra. Nini Jhoanna Oviedo Lozano sufrió un intento de secuestro, cuando un desconocido intentó subirla por la fuerza a un carro, en momentos en que ella se desplazaba por una calle del barrio Bosa, localidad del Distrito Capital de Bogotá. Según las denuncias, el desconocido la sujetó fuertemente de la chaqueta y la arrastró cerca del automotor, pero unas personas, que la acompañaban en ese momento, se aferraron a ella y evitaron que fuera subida al vehículo. A continuación la Sra. Nini Jhoanna Oviedo permaneció escondida en un local comercial, hasta que miembros de organizaciones de derechos humanos acudieron en su búsqueda.

Se ha informado que la Policía Nacional sirvió de escolta para trasladarla hasta su casa y durante la noche prestaron rondas perimetrales en su residencia, pero estas medidas solamente fueron tomadas esa noche.

De acuerdo con las informaciones, la Sra. Nini Jhoanna Oviedo Lozano ya ha sido víctima de permanentes amenazas por vía telefónica, e incluso, siendo ya una persona desplazada en Bogota se ha visto obligada a cambiar de domicilio dentro de la ciudad. Según las denuncias, el 5 de enero de 2009, hacia las 9 p.m, se presentaron en su domicilio en Bosa, cuatro hombres desconocidos, que llegaron hasta allí en un vehículo tipo camioneta de color negro, y que al parecer portaban armas debajo de la ropa y aunque estaban vestidos de civil, tendrían aspecto de policías. En esa ocasión, mientras dos individuos esperaron en la camioneta con las puertas abiertas, el otro golpeaba en la puerta de la casa. Como la Sra. Nini Jhoanna Oviedo Lozano no se encontraba en la ciudad la vecina salió y estas personas le preguntaron por ella, con nombres completos, y le hicieron un largo interrogatorio sobre ella, entre otros sobre su fecha de regreso.

El Secretariado Internacional de la OMCT al condenar firmemente estos graves hechos manifiesta su seria preocupación por la seguridad y por la integridad física y psicológica de la Sra. Nini Jhoanna Oviedo Lozano y la de todos los miembros de su familia, así como de los demás testigos de los hechos aquí denunciados y urge a las altas autoridades colombianas que implementen las medidas más apropiadas para protegerlos.

La OMCT recuerda que Colombia es Estado Parte del Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos el cual señala: “1. El derecho a la vida es inherente a la persona humana. Este derecho estará protegido por la ley. Nadie podrá ser privado de la vida arbitrariamente”. (Artículo 6).

La OMCT recuerda también que en el Informe de la Alta Comisionada de las Naciones Unidas para los Derechos Humanos sobre la situación de los derechos humanos en Colombia, año 2002, entre otros, la Alta Comisionada:“(…) insta a las autoridades competentes a la adopción de medidas legislativas y administrativas para asegurar el acceso de todos los ciudadanos a la justicia oportuna y eficaz, garantizando el pleno ejercicio del derecho a la defensa técnica. Insta igualmente a que el Estado colombiano provea todos los medios necesarios para brindar adecuada protección a quienes administran justicia y participan en los procesos penales en calidad de víctimas, testigos, defensores, representantes de la parte civil o investigadores.

A este respecto se recomienda que: (…) b. La Fiscalía General de la Nación implemente las recomendaciones formuladas en el diagnóstico sobre el Programa de Protección de víctimas, testigos, e intervinientes en el proceso penal y funcionarios de la Fiscalía, con el apoyo financiero del Estado. A su vez, el Estado debe garantizar programas específicos para otros funcionarios judiciales y de órganos de control a fin de asegurar la protección adecuada de éstos (…)”. (Alta Comisionada de Naciones Unidas para los Derechos Humanos, E/CN.4/2002/17, Párr. 384).

Antecedentes de la situación

De acuerdo con las informaciones, el 13 de noviembre del 2004, en horas de la madrugada, en el Corregimiento El Salado, municipio de Buga, Valle del Cauca, miembros del Ejercito Nacional adscritos al Batallón de Ingenieros No. 3 “Coronel Agustín Codazzi”, torturaron y asesinaron al Sr. Javier Correa Arias, quien fue sacado de su casa vestido con traje camuflado y posteriormente fue presentado como muerto en combate[3]. Durante los mismos hechos, su esposa, la Sra. Nini Jhoanna Oviedo Lozano, quien se encontraba con él y con una hija en la casa, también fue torturada y su ejecución no se produjo porque el militar que comandaba el operativo se dio cuenta que ya era de día y que había una casa cerca, pero le advirtió que si ella denunciaba, la encontrarían y la matarían.

Después de estos hechos, la Sra. Nini Jhoanna Oviedo Lozano se desplazó a la ciudad de Cali, Valle, junto con sus hijas, e instauró allí la denuncia[4] correspondiente de los hechos ocurridos. Según las informaciones, en esa ciudad empezaron las constantes amenazas contra su vida y la de sus hijas, e incluso, en marzo de 2005, desconocidos intentaron sacar a sus hijas del colegio en donde estudiaban por lo cual se vio en la obligación de salir de Cali e iniciar numerosos desplazamientos debido a que continuaban las amenazas. Últimamente, en 2008, se desplazó a Bogotá, en donde también ha tenido que hacer varios desplazamientos internos por que continúan las amenazas telefónicas. En el segundo semestre del 2008, nuevamente intentaron llevarse a sus hijas del colegio donde estudiaban.

Por otra parte las informaciones señalan que, según el Programa de Protección del Ministerio del Interior, la Sra. Nini Jhoanna Oviedo Lozano se encuentra cobijada por la presunción de riesgo que ampara a las personas en situación de desplazamiento y que una vez que se activó la presunción de riesgo le fueron implementadas, como medida de protección, inspecciones preventivas por parte de la Policía Nacional.

Sin embargo se ha denunciado que estas medidas nunca se han hecho efectivas y que por ello, en marzo de 2009 el caso de la Sra. Nini Jhoanna Oviedo Lozano se puso de nuevo en conocimiento del mencionado Programa de Protección, buscando una mayor protección. Sin embargo, el Comité de Reglamentación y evaluación de Riesgos CRER resolvió continuar solamente con la medida de las revistas preventivas por parte de miembros de la policía, las cuales, según las denuncias, no se cumplen.

Acción solicitada

Favor escribir a las autoridades de Colombia para urgirlas a:

  1. tomar de manera urgente las medidas necesarias para garantizar la seguridad y la integridad física y psicológica de la Sra. Nini Jhoanna Oviedo Lozano y de todos los miembros de su familia, así como de los demás testigos de los hechos aquí denunciados;
  2. llevar a cabo una investigación inmediata, completa, independiente, efectiva e imparcial en torno a las violaciones de los derechos humanos cometidas contra las personas arriba mencionadas, en particular sobre el intento de secuestro y los permanentes actos de hostigamiento y amenazas de que ha sido víctima la Sra. Nini Jhoanna Oviedo Lozano y que las conclusiones de la misma sean publicadas, con el fin de identificar a los responsables llevarlos ante un tribunal competente, independiente, justo e imparcial y aplicarles las sanciones penales y/o administrativas previstas por la ley, además de que las conclusiones de esta investigación sean publicadas;
  3. garantizar una adecuada reparación a la Sra. Nini Jhoanna Oviedo Lozano y a los miembros de su familia, incluyendo una adecuada indemnización y rehabilitación;
  4. de manera general, garantizar el respeto de los derechos humanos y las libertades fundamentales en todo el país, de conformidad con las normas internacionales de derechos humanos.

Direcciones

  • S.E. Álvaro Uribe Vélez, Presidente de la República, Carrera 8 # 7-26, Palacio de Nariño, Santa Fe de Bogotá. Fax: + 57 1 566 20 71
  • Misión Permanente de Colombia ante Naciones Unidas en Ginebra. Chemin du Champ d’Anier, 17-19, 1209 Ginebra, Suiza.FAX: + 41 22 791 07 87; E-mail: mission.colombia@ties.itu.int
  • Sr. Carlos Holmes Trujillo, Misión Diplomática en Bruselas: FAX: +32.2.646.54.91
  • Sr. Francisco Santos, Vicepresidente de la República, Tels.: +57 1 334 45 07, +573772 01 30, E-mail: fsantos@presidencia.gov.co ; buzon1@presidencia.gov.co; ppdh@presidencia.gov.co
  • Dr. Volmar Antonio Pérez Ortiz, Defensor del Pueblo, Calle 55 # 10-32, Bogotá. Fax: + 571 640 0491 E-mail: agenda@agenda.gov.co
  • Doctor Mario Hernán Iguarán Arana, Fiscal General de la Nación, Diagonal 22-B # 52-01, Bogotá. Fax: +571 570 2000; +571 414 90 00 Extensión 1113, E-mail: contacto@fiscalia.gov.co
  • Dr. Alejandro Ordoñez Maldonado, Procurador General de la Nación, Cra. 5 #. 15-80, Bogotá. Fax: +57 1 342 97 23; + 571 284 79 49 Fax: +571 342 9723; E-mail: cap@procuraduria.gov.co ; quejas@procuraduria.gov.co ; webmaster@procuraduria.gov.co ;
  • Dr. Juan Manuel Santos Calderón, Ministro de la Defensa, Avenida El Dorado con Carrera 52 CAN, Bogotá. Fax: +57.1.222.18.74; E-mail: siden@mindefensa.gov.co; infprotocol@mindefensa.gov.co; mdn@cable.net.co
  • Dr. Carlos Franco, Director del Programa Presidencial de Derechos Humanos y de Derecho Internacional Humanitario (DIH). E-mail: cefranco@presidencia.gov.co
  • Dr. Fernando Ibarra, Asesor del Programa Presidencial de Derechos Humanos y de DIH. Tel.: +57.1.336.03.11, FAX: +57.1.337.46.67, E-mail: fibarra@presidencia.gov.co

Favor escribir también a las Representaciones Diplomáticas de Colombia en sus respectivos países.

Ginebra, 24 de julio de 2009.

Favor informarnos sobre cualquier acción emprendida, citando el código de este llamado en su respuesta.

[1] Ver antecedentes y contexto de la situación, más abajo.

[2] En el marco del conflicto armado que se vive en Colombia se conoce con el nombre de “falsos positivos” a las ejecuciones extrajudiciales de civiles inocentes que luego se han hecho pasar como guerrilleros muertos en combate. Estas ejecuciones tienen como objetivo presentar resultados “positivos” de la lucha del ejército contra la guerrilla.

[3] Ver: http://www.ciponline.org/colombia/050711ngos.pdf INFORME 2005, Comentarios de las organizaciones de derechos humanos de Colombia sobre el cumplimiento de los condicionamientos de la asistencia militar estadounidense. Presentado el 11 de julio de 2005 por varias organizaciones, entre ellas la Fundación Comité de Solidaridad con los Presos Políticos, la Corporación Colectivo de Abogados José Alvear Restrepo, la Corporación REINICIAR, y la Comisión Colombiana de Juristas.

[4] Se ha informado que en la Procuraduría General de la Nación se sigue una investigación disciplinaria contra cuatro miembros del ejército, por los hechos ocurridos el 13 de noviembre del 2004, en El Salado, Buga, y que el 14 de noviembre de 2008 se ordenó la apertura de una investigación disciplinaria, de la cual se notificó a la Sra. Nini Jhoanna Oviedo el 13 de enero de 2009. Sin embargo, en esta investigación aún no se ha llegado a la etapa de juicio, ni en lo penal, ni en lo disciplinario.