Guatemala
19.04.19
Intervenciones urgentes

Continuación de la criminalización y de la detención arbitraria de Abelino Chub Caal

LLAMADO URGENTE - ELOBSERVATORIO

Nuevas informaciones

GTM 003 / 0217 / OBS 017.1

Criminalización

/Detención arbitraria

Guatemala

19 de abril de2019

El Observatorio para la Protección delos Defensores de Derechos Humanos, programa conjunto de la OrganizaciónMundial Contra la Tortura (OMCT) y de la FIDH, ha recibido nuevas informacionesy solicita su intervención urgente ante la siguiente situación en Guatemala.

Nuevas informaciones:

ElObservatorio ha recibido con profunda preocupación información de fuentesfidedignas sobre la continuación de la criminalización y de la detenciónarbitraria del Sr. Abelino Chub Caal[1],indígena maya Q'equchi', defensor del derecho a la tierra y el territorio y delos derechos de los pueblos indígenas e integrante de la Fundación GuillermoToriello[2].

Segúnla información recibida, el 22 de abril de 2019 tendrá lugar ante el Tribunalde Mayor Riesgo A en la Ciudad de Guatemala la audiencia de inicio de debateoral y público en el proceso contra el Sr. Abelino Chub Caal por el cual estásiendo criminalizado acusado de los delitos de usurpaciónagravada, incendio y asociación ilícita.

ElObservatorio recuerda que el Sr. Abelino Chub fue capturado el 4 de febrero de2017 por miembros de la Policía Nacional Civil (PNC) en el municipio de Carchá,departamento de Alta Verapaz, mientras almorzaba con su familia, con fundamentoen una orden de captura que había sido expedida el 17 de octubre de 2016. El 13 de febrero de 2017 el Juez de conocimiento dictóauto de prisión preventiva y, desde entonces, el Sr. Chub Caal ha permanecidoprivado de la libertad en el centro preventivo de la zona 18 de la ciudad deGuatemala, a más de 200 kilómetros de su familia. En cuatro ocasiones ladefensa del Sr. Chub Caal solicitó medidas sustitutivas a la prisiónpreventiva, pero las peticiones fueron denegadas tanto por la Corte deApelaciones del departamento de Izabal (en primera y segunda instancia) comopor el Tribunal de Mayor Riesgo. Resulta particularmente preocupante que laCorte de Izabal adujo que la condición de líder social era en sí mismo unmotivo para mantenerlo privado de la libertad, toda vez que podría incidir enla investigación.

Segúnlas mismas informaciones, se han producido diversas violaciones del derecho aun debido proceso del Sr. Abelino Chub Caal. Destaca en ese sentido la decisióndel Juez del Juzgado de Primera Instancia Penal, Narcoactividad y Delitoscontra el Ambiente de Izabal en la audiencia de discusión del acto conclusivo,celebrada el 3 de julio de 2017, de oponerse a la petición del MinisterioPúblico de clausurar provisionalmente el caso por un periodo de un año trasencontrar que no había elementos de convicción suficientes que dieran certezaal Estado para formular acusación contra el defensor de derechos humanos por loque necesitaban tiempo para la investigación y la práctica de pruebas. El Juezdesestimó la petición del Ministerio Público y ordenó continuar con el proceso.

ElObservatorio reitera su preocupación por la profundización de los patrones depersecución y violencia contra las personas que defienden los derechos humanosen Guatemala. Según datos de la UDEFEGUA, en el año 2018 se produjeron 391agresiones contra personas defensoras, incluyendo 26 asesinatos y 147 casos decriminalización.

ElObservatorio destaca que la Relatora Especial sobre los derechos de los pueblosindígenas mostró su preocupación por la decisión del Tribunal de mayor Riesgo Ade vincular al Sr. Chub Caal al proceso y denunció los patrones decriminalización contra personas indígenas que defienden sus tierras y recursosincluyendo un uso abusivo de la prisión preventiva así como el hecho de queempresas y grandes propietarios participen como querellantes adhesivos en uncontexto en el que hay alegaciones sobre "la colusión, a nivel local, defiscales y jueces con compañías y terratenientes"[3].

ElObservatorio condena la criminalización y detención arbitraria durante más de800 días del Sr. Abelino Chub Caal en un proceso penal prolongado y dilatado enel tiempo[4], y en elcual se ha hecho uso de la prisión preventiva como medida de castigo en sucontra por su ejercicio de defensa de derechos. Por todo lo anterior, elObservatorio insta al Estado guatemalteco a que ponga fin a todo acto dehostigamiento, incluido a nivel judicial, en contra del Sr. Abelino Chub Caalasí como a otorgar su libertad inmediata e incondicional.

Antecedentes

El proceso inició por una querella interpuesta por lasempresas CXI S.A e Inversiones Cobra S.A, que actúan como querellantesadhesivas en el proceso. Las empresas interpusieron denuncia penal contra elSr. Abelino Chub, por los hechos acaecidos tras una ocupación de tierras quehicieron comunidades campesinas en áreas que se encuentran en conflictosagrarios históricos, entre el derecho de las comunidades y el que se adjudicanlas Empresas privadas que los han despojado de sus territorios[5].


El13 de febrero de 2017, fue señaladala audiencia de primera declaración y le intimaron los siguientes delitos:asociación ilícita; asociación de gente armada; coacción; usurpación agravada;incendio. En su resolución el Juez de primera instancia Penal, decretó “faltade mérito” por los delitos de Asociación ilícita, Asociación de gente armada ycoacción y decretó auto de procesamiento por los delitos de “usurpaciónagravada” e “incendio”. La Resolución que declaró la falta de mérito de algunosdelitos, fue apelada por los abogados de las empresas y la Corte de Apelacionesdel departamento de Izabal ordenó que contra el defensor se ordenara auto deprocesamiento por el delito de asociación ilícita.

Inicialmenteel caso le correspondió al Juzgado de Primera Instancia Penal, Narcoactividad yDelitos contra el Ambiente de Izabal, Sin embargo el proceso penal fue asumidoen diciembre de 2017 por el Tribunal de Mayor Riesgo “A” por situaciones deseguridad de las partes intervinientes.

Elministerio público presentó el acto conclusivo el 28 de febrero de 2018 y luegode varios aplazamientos, el 8 de mayo de 2018, se llevó a cabo la audiencia deetapa intermedia en la cual la Jueza del Tribunal de Mayor Riesgo “A”, SraClaudet Domínguez decidió llevar a juicio al Sr. Abelino Chub Caal, por losdelitos de usurpación agravada, incendio y asociación ilícita. Finalmente, el29 de mayo de 2018, se llevó a cabo la audiencia de Ofrecimiento de Prueba y sefijó el 26 de junio de 2018 para el inicio de la audiencia para la realizacióndel debate en juicio. No obstante, el Tribunal de sentencia aplazó la fecha deinicio para el 22 de abril de 2019.

Acción solicitada:

Por favor, escriban a las autoridades de Guatemala urgiéndolas a:

i. Poner fin a todo actode hostigamiento, incluido a nivel judicial, y otorgar la libertad inmediata eincondicional del Sr. Abelino Chub;

ii. Adoptar de manerainmediata las medidas más apropiadas para garantizar la seguridad y laintegridad física y psicológica del Sr. Abelino Chub Caal y su familia, así como en general, la de todos los defensores ydefensoras de derechos humanos en Guatemala;

  1. Poner fin a la criminalización y abstenerse del uso indebido del derecho penal contra las personas defensoras de derechos humanos en Guatemala;

iv. Asegurar la aplicaciónde lo dispuesto por la Declaración sobre los Defensores de los DerechosHumanos, adoptada por la Asamblea General de la ONU el 9 de diciembre de 1998,en particular en lo referente al artículo 1, 5.a y 12.2.

v. De manera general,garantizar el respeto por los derechos humanos y las libertades fundamentalesen todo el país de conformidad con las normas internacionales de derechoshumanos ratificadas por Guatemala.

Direcciones:

· Sr. James Morales Cabrera,Presidente de la República de Guatemala. E-mail: jimmy.morales@fcnnacion.com. Twitter:@jimmymoralesgt

· Sr. Jorge Luis Borrayo,Comisión Presidencial de Derechos Humanos (COPREDEH); E-mail:copredeh@copredeh.gob.gt; Twitter: @COPREDEH

· Lic. María Consuelo PorrasArgueta, Fiscal General de la República; E-mail: fiscalgeneral@pm.lex.gob.gt

· Sr. Jordan Rojas Andrade,Procuraduría de los Derechos Humanos (PDH). Fax:+ 502.238.17.34; Twitter: @PDHgt

· Embajadora Sandra ErickaJovel Polanco, Ministra de Relaciones Exteriores; E-mail: webmaster@minex.gob.gt

· Sra. Embajadora CarlaMaría Rodríguez Mancia, Misión Permanente de Guatemala ante las Naciones Unidasen Ginebra; E-mail: mission.guatemala@ties.itu.int, onusuiza@minex.gob.gt

· Sr. Embajador Luis RaúlEstevez, Misión Permanente de Guatemala ante la Organización de los EstadosAmericanos en Washington; E-mail: oea@minex.gob.gt, guatemala@oas.org

· Sr. Embajador JorgeSkinner-Klée Arenales Embajada de Guatemala en Bruselas; E-mail: embaguate.belgica@skynet.be


Por favor, escriban también a las Representaciones Diplomáticas de Guatemala ensus respectivos países.

***

Ginebra-Paris,19 de abril de 2019

Agradecemosque nos informen sobre cualquier acción emprendida, citando el código de estellamado en su respuesta.

ElObservatorio para la Protección de los Defensores de Derechos Humanos (elObservatorio) es un programa creado en 1997 por la Organización Mundial Contrala Tortura (OMCT) y la FIDH y tiene por objetivo intervenir para prevenir oremediar situaciones concretas de represión contra los defensores y defensorasde los derechos humanos. OMCT y FIDH son ambos miembros de ProtectDefenders.eu, el Mecanismo de la Unión Europeapara Defensores de Derechos Humanos implementado por sociedad civilinternacional.

Paracontactar al Observatorio, comuníquese con la Línea de Urgencia:

  • E-mail: Appeals@fidh-omct.org
  • Tel. y fax: OMCT : + 41 22 809 49 39 / + 41 22 809 49 29
  • Tel. y fax: FIDH : + 33 1 43 55 25 18 / + 33 1 43 55 18 80


[1] Cabe destacar que el Sr. Abelino Chub Caal, ha sido duranteaños una persona que ha facilitado el dialogo y la permanente negociación entrelas comunidades y autoridades de distintas instituciones públicas contribuyendoa canalizar la conflictividad social en la regiónde las Verapaces e Izabal.

[2] La FundaciónGuillermo Toriello impulsa procesos de desarrollo local y regional, concapacidad de propuesta en la toma de decisiones que contribuyan a latransformación social y democrática de Guatemala. Entresus áreas de trabajo, cuenta con el desarrollar condiciones dignas de vivienda,recuperación de la memoria histórica, desarrollo local y desarrollo rural. Esteúltimo componente de su trabajo genera apoyo a la certeza jurídica de latierra, la gestión y defensa de los recursos naturales, así como el impulso aprocesos de ordenamientos territorial comunitario con enfoque de gestión deriesgos y el acceso a medios de vida sostenibles con equidad para elfortalecimiento de la economía comunitaria.

[3] Consejode Derechos Humanos 39º período de sesiones. Informe de la Relatora Especialsobre los derechos de los Pueblos indígenas sobre su visita a Guatemala.A/HRC/39/17/Add.3. En: https://documents-dds-ny.un.org/doc/UNDOC/GEN/G18/246/46/PDF/G1824646.pdf?OpenElement

[4] Elartículo 344 del Código Procesal Penal de Guatemala indica que la Citación ajuicio debe realizarse en un máximo de 15 días luego del auto de apertura deljuicio, sin embargo, a la fecha,han transcurrido 344 días, tiempo en el cual el Sr. Abelino Chub Caal se encuentra privado de la libertad..

[5] Laocupación de las Fincas sucedió en: finca PlanGrande el 7 de agosto de 2016 y finca el Murciélago el 26 de octubre de 2016 enel municipio de El Estor, Izabal. @font-face { font-family: Wingdings;}@font-face { font-family: "Cambria Math";}@font-face { font-family: "Calibri Light";}@font-face { font-family: Tahoma;}@font-face { font-family: "Liberation Serif";}@font-face { font-family: "Noto Sans CJK SC Regular";}@font-face { font-family: "Lohit Devanagari";}@font-face { font-family: "Times;Times New Roman";}p.MsoNormal, li.MsoNormal, div.MsoNormal { margin: 0cm 0cm 0.0001pt; font-size: 10pt; font-family: "Times New Roman", serif; }h1 { margin: 0cm 0cm 0.0001pt 54pt; text-indent: -18pt; break-after: avoid; font-size: 10pt; font-family: "Times New Roman", serif; font-weight: normal; }h2 { margin: 2pt 0cm 0.0001pt; break-after: avoid; font-size: 13pt; font-family: "Calibri Light", sans-serif; color: rgb(46, 116, 181); font-weight: normal; }p.MsoHeader, li.MsoHeader, div.MsoHeader { margin: 0cm 0cm 0.0001pt; font-size: 10pt; font-family: "Times New Roman", serif; }p.MsoFooter, li.MsoFooter, div.MsoFooter { margin: 0cm 0cm 0.0001pt; font-size: 10pt; font-family: "Times New Roman", serif; }p { margin: 14pt 0cm; font-size: 10pt; font-family: "Times;Times New Roman", serif; }p.MsoListParagraph, li.MsoListParagraph, div.MsoListParagraph { margin: 0cm 0cm 0.0001pt 36pt; font-size: 10pt; font-family: "Times New Roman", serif; }span.Heading1Char { font-family: "Times New Roman", serif; }span.Heading2Char { font-family: "Calibri Light", sans-serif; color: rgb(46, 116, 181); }span.LienInternet { }span.Caractresdenotedebasdepage { vertical-align: super; }span.Ancredenotedebasdepage { vertical-align: super; }span.FooterChar { font-family: "Times New Roman", serif; }span.HeaderChar { font-family: "Times New Roman", serif; }p.Corpsdetexte31, li.Corpsdetexte31, div.Corpsdetexte31 { margin: 0cm 0cm 0.0001pt; font-size: 11pt; font-family: "Times New Roman", serif; }p.WW-TextBody, li.WW-TextBody, div.WW-TextBody { margin: 0cm 0cm 6pt; line-height: 120%; font-size: 10pt; font-family: "Times New Roman", serif; }.MsoChpDefault { font-family: "Liberation Serif", serif; }div.WordSection1 { }ol { margin-bottom: 0cm; }ul { margin-bottom: 0cm; }