Guatemala
13.02.19
Intervenciones urgentes

No a la aprobación de la iniciativa 5257 por amenazar la libertad de asociación

COMUNICADO DE PRENSA - EL OBSERVATORIO

GUATEMALA: No a la aprobación de la iniciativa 5257 por amenazar la libertad de asociación

Ginebra-Paris, 13 de febrero de 2019 – El Observatorio para la Protección de los Defensores de Derechos Humanos, programa conjunto de la Organización Mundial Contra la Tortura (OMCT) y de la FIDH, hace un llamado al Congreso de la República de Guatemala para que no apruebe la Reforma propuesta a la Ley de Organizaciones No Gubernamentales – ONG (iniciativa 5257), que se discutirá hoy, por considerar que su contenido es contrario a los estándares internacionales en materia de derechos humanos y supone una restricción inaceptable del derecho a defender derechos humanos en Guatemala.

El Observatorio manifiesta su preocupación ante el trámite legislativo de la Ley 5257, que se discute hoy en el Congreso guatemalteco, en la cual se establecen limitaciones y nuevos obstáculos para la labor que desarrollan las organizaciones no gubernamentales de derechos humanos en Guatemala. Con la aprobación de esta nueva ley se ponen en riesgo al mismo tiempo el ejercicio y goce de los derechos a la libertad de opinión y de expresión; la libertad de reunión pacífica y de asociación; y el derecho a defender los derechos humanos, lo cual es incompatible con las obligaciones internacionales que derivan de los acuerdos suscritos por Guatemala en materia de derechos humanos.

La iniciativa legislativa fue presentada el 14 de marzo de 2017, con el objetivo de reformar la Ley de Organizaciones No Gubernamentales para el Desarrollo (Decreto 02-2003 del Congreso de la República de Guatemala). El contenido de la Ley dispone varios artículos que, de ser aprobados, imponen preocupantes restricciones al derecho a la libertad de asociación.

En primer lugar, se establecen tipologías cerradas para la constitución de ONG, entre las cuales no se incluye la existencia de organizaciones de derechos humanos, por lo que algunas ONG podrían no ser reconocidas legalmente si no se adscriben a las tipologías que enuncia la Ley. En segundo lugar, la iniciativa establece un mecanismo único y centralizado de aprobación y control de las ONG, lo que deja la decisión a discreción de los funcionarios administrativos y podría generar una exclusión para ONG radicadas fuera de la capital.

En tercer lugar, la iniciativa 5257 establece la posibilidad del cierre de las ONG que actúen fuera del “orden público”, que por ser un término muy amplio y ambiguo deja un gran margen de de discrecionalidad a las autoridades. El Observatorio recuerda que la suspensión y la disolución involuntarias son las sanciones más graves que las autoridades pueden imponer a una organización y, por lo tanto, deben utilizarse únicamente cuando sean insuficientes otras medidas menos restrictivas, y deben regirse por los principios de proporcionalidad y necesidad, lo cual no queda garantizado en el actual articulado. Finalmente, esta propuesta de reforma de la Ley de ONG pretende corresponsabilizar económicamente a todos los miembros de la asociación en caso de problemas institucionales, lo cual resulta incompatible con el carácter no lucrativo de las ONG.

El Observatorio denuncia el trámite y aprobación de nuevas leyes regresivas en Guatemala cuyo contenido resulta manifiestamente incompatible con los estándares internacionales de derechos humanos, incluyendo la mencionada Ley de ONG o el caso de la Ley de Reconciliación Nacional, también conocida como Ley de Amnistía o Ley de Punto Final[1].

El Observatorio manifiesta su preocupación sobre el difícil momento político, en el que se presentan este tipo de iniciativas como una forma de retaliación contra la sociedad civil organizada y las organizaciones de derechos humanos que se han movilizado contra los atentados l a la institucionalidad democrática encabezados por la desobediencia reiterada a resoluciones judiciales, por la persecución a magistrados de la Corte Constitucional y por la decisión unilateral de terminar con la Comisión Internacional Contra la Impunidad en Guatemala (CICIG), que suponen una grave amenaza para el Estado de Derecho y para los avances en la lucha contra la impunidad y la corrupción en el país.

El Observatorio para la Protección de los Defensores de Derechos Humanos (el Observatorio) es un programa creado en 1997 por la FIDH y la Organización Mundial Contra la Tortura (OMCT) y tiene por objetivo intervenir para prevenir o remediar situaciones concretas de represión contra los defensores y defensoras de los derechos humanos. FIDH y OMCT son ambos miembros de ProtectDefenders.eu, el Mecanismo de la Unión Europea para Defensores de Derechos Humanos implementado por sociedad civil internacional.

Para obtener más información, por favor contacten con:

· OMCT: Miguel Martín Zumalacárregui / Delphine Reculeau: (+41) 22 809 49 39

· FIDH: Samuel Hanryon: + 33 6 72 28 42 94 / José Carlos Thissen: + 51 95 41 31 650


[1] Esta Ley busca amnistiar a los culpables de delitos de lesa humanidad cometidos durante el conflicto armado interno, como se denunció recientemente en el Comunicado de la FIDH “Guatemala: Cambios a la Ley de Reconciliación Nacional son un grave retroceso y violan el derecho internacional”.