México
24.06.02
Intervenciones urgentes
México: fin de la huelga de hambre que adelantaban los prisioneros políticos Sres. Jacobo Silva Nogales y su esposa Gloria Arenas Agís en México.
Caso MEX 050602.1
Seguimiento del Caso MEX 0500602
Fin de huelga de hambre en detención
Ginebra, 24 de junio del 2002
El Secretariado Internacional de la OMCT solicita su intervención urgente respecto a la siguiente situación en México.
Nueva información:
El Secretariado Internacional de la OMCT acaba de recibir nuevas informaciones respecto a la huelga de hambre que adelantaban los prisioneros políticos Sres. Jacobo Silva Nogales y su esposa Gloria Arenas Agís en México.
De acuerdo con la información de la Acción de los Cristianos para la Abolición de la Tortura, ACAT-México, organización miembro de la red de la OMCT, el 18 de junio del 2002, los detenidos Sr. Jacobo Silva Nogales (en la prisión de Almoloya), Sra. Gloria Arenas Agís (en la prisión de Neza-Bordo), así como otros 5 detenidos, los Sres. Omar Guerrero Solís; Rogelio García Pineda; Alvaro García Avila; Joviel Rafael Ventura, y Pilar Martínez Pérez, (en el penal de Acapulco) decidieron levantar la huelga de hambre que habían realizado durante 59, 44 y 32 días respectivamente.
Los informes señalan que, en particular, el Sr. Jacobo Silva Nogales ya se encontraba en una situación de salud muy delicada que podría haber traído graves riesgos para su vida en cualquier momento. Además, la ACAT-México había pedido la entrada a los penales de Almoloya y de Neza Bordo para realizar una revisión médica de los Sres. Jacobo Silva Nogales y Gloria Arenas y sólo le fue autorizada la visita al Sr. Jacobo Silva, la cual se realizó el día 11 de junio del 2002. En el caso de la Sra. Gloria Arenas no fue permitida la visita, por lo cual ella no ha recibido ninguna visita médica por parte de profesionales independientes y de confianza.
De acuerdo con los informes, varios funcionarios de la Secretaria de Gobernación se trasladaron en dos ocasiones al Penal de Máxima Seguridad de Almoloya para reunirse con el Sr. Jacobo Silva Nogales y, la decisión de levantar la huelga de hambre se llevó a cabo luego que la Secretaria de Gobernación se comprometió tanto a revisar todos los procesos de quienes se reivindican como presos políticos como a promover una Ley de Amnistía Federal a nivel nacional.
Los informes subrayan que continúa la solicitud para que se autoricen visitas médicas por parte de la ACAT-México a los Sres. Jacobo Silva y Gloria Arenas para acompañar el proceso de recuperación, y la solicitud para que se investiguen las denuncias sobre el uso de la tortura contra ellos.
El Secretariado Internacional de la OMCT vuelve a manifiestar su temor por la integridad física y psicológica de los prisioneros políticos Sres. Jacobo Silva Nogales y su esposa Gloria Arenas Agís y los otros detenidos arriba mencionados y recuerda que, a la luz de las normas internacionales de los derechos humanos, se debe desestimar la culpabilidad de los dos prisioneros, si la prueba se basa únicamente en la declaración autoinculpatoria de los acusados, la cual además, según las denuncias, fue obtenida bajo tortura.
Recordatorio de la situación :
El Secretariado Internacional había sido informado por la ACAT-México sobre la seria preocupación por la integridad física y psicológica de los prisioneros políticos Sres. Jacobo Silva Nogales y su esposa Gloria Arenas Agís, quienes se encuentran actualmente recluidos en el Penal de Máxima Seguridad de Almoloya de Juárez, Estado de México y en el Centro de Readaptación Social de Neza-Bordo respectivamente, debido a la huelga de hambre que adelantaban la cual completaba en ese momento 44 y 24 días respectivamente, con el objeto de pedir su libertad inmediata en virtud de las graves irregularidades de sus procesos. La ACAT- México había solicitado que se autorizara la entrada de los médicos de su organización para revisar el estado de salud de los dos prisioneros.
De acuerdo con la información, los Sres. Jacobo Silva Nogales y su esposa Gloria Arenas Agís son prisioneros políticos que se encuentran actualmente detenidos bajo la acusación de posesión de arma de fuego, terrorismo, asociación para delinquir y secuestro.
Según las informaciones, los Sres. Jacobo Silva Nogales y su esposa Gloria Arenas Agís reconocieron pertenecer al grupo armado Ejército Revolucionario Insurgente del Pueblo (ERPI); sin embargo, según las denuncias, las acusaciones en su contra se basan en declaraciones inculpatorias arrancadas bajo tortura. Los Sres. Jacobo Silva Nogales y su esposa Gloria Arenas Agís fueron detenidos ilegalmente en octubre de 1999, época en la cual, según se ha denunciado, fueron incomunicados y torturados durante varios días, obligándolos a firmar o a marcar con huellas dactilares declaraciones que habían sido prefabricadas.
ACAT-México expresaba su preocupación acerca de la pasividad de las autoridades mexicanas, que no habían mostrado voluntad para investigar de manera satisfactoria las denuncias por tortura y que seguían recurriendo a las declaraciones obtenidas mediante tortura, siendo estas los únicos elementos en contra de los mencionados detenidos.
Acción solicitada:
Favor escribir a las autoridades de México urgiéndolas a:
i. garantizar la seguridad y la integridad física y psicológica de los Sres. Jacobo Silva Nogales y su esposa Gloria Arenas Agís en sus sitios de reclusión, así como su acceso a una adecuada asistencia médica;
ii. ordenar la inmediata liberación de los Sres. Jacobo Silva Nogales y su esposa Gloria Arenas Agís, en ausencia de cargos legales válidos o, en el caso de que dichos cargos existan, llevarlos ante un tribunal competente e imparcial y garantizarles sus derechos procesales en todo momento;
iii. garantizar una investigación inmediata en torno a las denuncias de malos tratamientos y torturas realizadas contra las personas arriba mencionadas con el fin de identificar a los responsables, llevarlos ante un tribunal civil, competente e imparcial y aplicarles las sanciones civiles, penales y/o administrativas previstas por la ley;
iv. garantizar en todas las circunstancias el respeto por los Derechos Humanos y las libertades fundamentales de conformidad con las leyes nacionales e internacionales sobre Derechos Humanos, en particular con las disposiciones de la Convención Americana de Derechos Humanos, el Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos y la Convención Contra la Tortura, instrumentos ratificados por México.
Direcciones:
· Doctor Vicente Fox Quezada, Presidente de la República Mexicana, México Distrito Federal, Fax: (+52 5) 516 58 37, (+52 5) 515 57 29, Email: radio@presidencia.gob.mx ; sprivada@presidencia.gob.mx
· Lic. Jorge Madrazo Cuellar, Procurador General de la República, Av.Reforma, esq. Violeta, Col Guerrero México DF, CP 06300 Mexico / DF México, Fax: (+52 5) 626 44 26, Email : ofproc@pgr.gob.mx
· Dr. José Luis Sobenares Fernández, Presidente de la Comisión Nacional de Derechos Humanos, Periféco Sur 3469, Col. San Jeronimo Lidice, CP 10200 México / Df México, Fax: (+52 5) 681 71 99, (+52 5) 681 92 39
· Emb. Mariclaire Acosta Urquidi, Embajadora Especial de Derechos Humanos y Democracia, Fax : +52 5327 30 45, Email : macosta@sre.gob.mx
· Mtro. Ricardo Sepúlveda; Director de la Unidad de Estudios Legislativos. Av. Reforma 99, Col. Tabacalera, C.P. 06030 México D.F. Fax: 0052-55-128 02 34; Tel: 0052-55-5128 0224 rsepulveda@segob.gob.mx
- Favor escribir también a la Embajada de México en sus respectivos países.
Ginebra, 24 de junio del 2002
Agradeceremos informarnos de toda acción emprendida, indicando el código del presente llamado en su respuesta.
Seguimiento del Caso MEX 0500602
Fin de huelga de hambre en detención
Ginebra, 24 de junio del 2002
El Secretariado Internacional de la OMCT solicita su intervención urgente respecto a la siguiente situación en México.
Nueva información:
El Secretariado Internacional de la OMCT acaba de recibir nuevas informaciones respecto a la huelga de hambre que adelantaban los prisioneros políticos Sres. Jacobo Silva Nogales y su esposa Gloria Arenas Agís en México.
De acuerdo con la información de la Acción de los Cristianos para la Abolición de la Tortura, ACAT-México, organización miembro de la red de la OMCT, el 18 de junio del 2002, los detenidos Sr. Jacobo Silva Nogales (en la prisión de Almoloya), Sra. Gloria Arenas Agís (en la prisión de Neza-Bordo), así como otros 5 detenidos, los Sres. Omar Guerrero Solís; Rogelio García Pineda; Alvaro García Avila; Joviel Rafael Ventura, y Pilar Martínez Pérez, (en el penal de Acapulco) decidieron levantar la huelga de hambre que habían realizado durante 59, 44 y 32 días respectivamente.
Los informes señalan que, en particular, el Sr. Jacobo Silva Nogales ya se encontraba en una situación de salud muy delicada que podría haber traído graves riesgos para su vida en cualquier momento. Además, la ACAT-México había pedido la entrada a los penales de Almoloya y de Neza Bordo para realizar una revisión médica de los Sres. Jacobo Silva Nogales y Gloria Arenas y sólo le fue autorizada la visita al Sr. Jacobo Silva, la cual se realizó el día 11 de junio del 2002. En el caso de la Sra. Gloria Arenas no fue permitida la visita, por lo cual ella no ha recibido ninguna visita médica por parte de profesionales independientes y de confianza.
De acuerdo con los informes, varios funcionarios de la Secretaria de Gobernación se trasladaron en dos ocasiones al Penal de Máxima Seguridad de Almoloya para reunirse con el Sr. Jacobo Silva Nogales y, la decisión de levantar la huelga de hambre se llevó a cabo luego que la Secretaria de Gobernación se comprometió tanto a revisar todos los procesos de quienes se reivindican como presos políticos como a promover una Ley de Amnistía Federal a nivel nacional.
Los informes subrayan que continúa la solicitud para que se autoricen visitas médicas por parte de la ACAT-México a los Sres. Jacobo Silva y Gloria Arenas para acompañar el proceso de recuperación, y la solicitud para que se investiguen las denuncias sobre el uso de la tortura contra ellos.
El Secretariado Internacional de la OMCT vuelve a manifiestar su temor por la integridad física y psicológica de los prisioneros políticos Sres. Jacobo Silva Nogales y su esposa Gloria Arenas Agís y los otros detenidos arriba mencionados y recuerda que, a la luz de las normas internacionales de los derechos humanos, se debe desestimar la culpabilidad de los dos prisioneros, si la prueba se basa únicamente en la declaración autoinculpatoria de los acusados, la cual además, según las denuncias, fue obtenida bajo tortura.
Recordatorio de la situación :
El Secretariado Internacional había sido informado por la ACAT-México sobre la seria preocupación por la integridad física y psicológica de los prisioneros políticos Sres. Jacobo Silva Nogales y su esposa Gloria Arenas Agís, quienes se encuentran actualmente recluidos en el Penal de Máxima Seguridad de Almoloya de Juárez, Estado de México y en el Centro de Readaptación Social de Neza-Bordo respectivamente, debido a la huelga de hambre que adelantaban la cual completaba en ese momento 44 y 24 días respectivamente, con el objeto de pedir su libertad inmediata en virtud de las graves irregularidades de sus procesos. La ACAT- México había solicitado que se autorizara la entrada de los médicos de su organización para revisar el estado de salud de los dos prisioneros.
De acuerdo con la información, los Sres. Jacobo Silva Nogales y su esposa Gloria Arenas Agís son prisioneros políticos que se encuentran actualmente detenidos bajo la acusación de posesión de arma de fuego, terrorismo, asociación para delinquir y secuestro.
Según las informaciones, los Sres. Jacobo Silva Nogales y su esposa Gloria Arenas Agís reconocieron pertenecer al grupo armado Ejército Revolucionario Insurgente del Pueblo (ERPI); sin embargo, según las denuncias, las acusaciones en su contra se basan en declaraciones inculpatorias arrancadas bajo tortura. Los Sres. Jacobo Silva Nogales y su esposa Gloria Arenas Agís fueron detenidos ilegalmente en octubre de 1999, época en la cual, según se ha denunciado, fueron incomunicados y torturados durante varios días, obligándolos a firmar o a marcar con huellas dactilares declaraciones que habían sido prefabricadas.
ACAT-México expresaba su preocupación acerca de la pasividad de las autoridades mexicanas, que no habían mostrado voluntad para investigar de manera satisfactoria las denuncias por tortura y que seguían recurriendo a las declaraciones obtenidas mediante tortura, siendo estas los únicos elementos en contra de los mencionados detenidos.
Acción solicitada:
Favor escribir a las autoridades de México urgiéndolas a:
i. garantizar la seguridad y la integridad física y psicológica de los Sres. Jacobo Silva Nogales y su esposa Gloria Arenas Agís en sus sitios de reclusión, así como su acceso a una adecuada asistencia médica;
ii. ordenar la inmediata liberación de los Sres. Jacobo Silva Nogales y su esposa Gloria Arenas Agís, en ausencia de cargos legales válidos o, en el caso de que dichos cargos existan, llevarlos ante un tribunal competente e imparcial y garantizarles sus derechos procesales en todo momento;
iii. garantizar una investigación inmediata en torno a las denuncias de malos tratamientos y torturas realizadas contra las personas arriba mencionadas con el fin de identificar a los responsables, llevarlos ante un tribunal civil, competente e imparcial y aplicarles las sanciones civiles, penales y/o administrativas previstas por la ley;
iv. garantizar en todas las circunstancias el respeto por los Derechos Humanos y las libertades fundamentales de conformidad con las leyes nacionales e internacionales sobre Derechos Humanos, en particular con las disposiciones de la Convención Americana de Derechos Humanos, el Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos y la Convención Contra la Tortura, instrumentos ratificados por México.
Direcciones:
· Doctor Vicente Fox Quezada, Presidente de la República Mexicana, México Distrito Federal, Fax: (+52 5) 516 58 37, (+52 5) 515 57 29, Email: radio@presidencia.gob.mx ; sprivada@presidencia.gob.mx
· Lic. Jorge Madrazo Cuellar, Procurador General de la República, Av.Reforma, esq. Violeta, Col Guerrero México DF, CP 06300 Mexico / DF México, Fax: (+52 5) 626 44 26, Email : ofproc@pgr.gob.mx
· Dr. José Luis Sobenares Fernández, Presidente de la Comisión Nacional de Derechos Humanos, Periféco Sur 3469, Col. San Jeronimo Lidice, CP 10200 México / Df México, Fax: (+52 5) 681 71 99, (+52 5) 681 92 39
· Emb. Mariclaire Acosta Urquidi, Embajadora Especial de Derechos Humanos y Democracia, Fax : +52 5327 30 45, Email : macosta@sre.gob.mx
· Mtro. Ricardo Sepúlveda; Director de la Unidad de Estudios Legislativos. Av. Reforma 99, Col. Tabacalera, C.P. 06030 México D.F. Fax: 0052-55-128 02 34; Tel: 0052-55-5128 0224 rsepulveda@segob.gob.mx
- Favor escribir también a la Embajada de México en sus respectivos países.
Ginebra, 24 de junio del 2002
Agradeceremos informarnos de toda acción emprendida, indicando el código del presente llamado en su respuesta.