Israel/TPO
11.10.02
Intervenciones urgentes

Israel: fuerzas de ocupación israelíes abren fuego contra el Hospital Nasser en Khan Yunis, ocasionado la muerte de una persona y heriendo a otras tres

Caso ISR 111002 / 111002.ESCRC
LLAMADO URGENTE / DERECHOS SOCIALES ECONÓMICOS Y CULTURALES
Empleo desproporcionado de la fuerza / matanzas

El secretariado internacional de la OMCT solicita su intervención URGENTE en la situación siguiente en Israel.

Breve descripción de la situación

El Secretariacio internacional de la OMCT ha sido informado por fuentes fidedignas de que, el 7 de octubre 2002, las fuerzas de ocupación israelíes habían abierto fuego contra las instalaciones y el personal del Hospital Nasser en Khan Yunis, hiriendo a cuatro personas, una de las cuales resultó muerta a consecuencia de sus heridas.

Según la información recibida el lunes 7 de octubre de 2002, a eso de las 8 :10 de la mañana, fuerzas israelíes emplazadas en las cercanías del pueblo de « Neve Dekalim » al oeste de Khan Yunis, abrieron fuego contra el hospital Nasser situado a unos 600 m al este. Como resultado del bombardeo que duró varios minutos, cuatro civiles palestinos, incluyendo a dos miembros del equipo médico, han resultado heridos y los edificios seriamente dañados.

Las personas que, según declaraciones, han resultado heridas dentro del hospital fueron :

1. Nafe' Burhan al-Bura'ei de 22 años , empleado del departamento de enfermedades nefríticas fue herido de gravedad en la cabeza por un impacto de bala. Fue trasladado al hospital de Shifa en Gaza, donde se le declaró clínicamente muerto.
2. Jebril Jaber 'Ateya 'Aabed de 49 años, conductor de ambulancia, herido por un impacto de bala en el pecho.
3. Munther Radwan al-Tubji de 25 años, herido por un impacto de bala en el muslo izquierdo.
4. 'Aadel Yousef Eslayeh de 36 años, herido en la cara por el impacto de metralla.

Uno de los heridos, Jebril Jabel `Aabed, declaró lo siguiente:

“Fui llamado al hospital en torno a la 01:30 de la madrugada del lunes 7 de octubre 2002, después de que se declarara el estado de alerta al invadir las Fuerzas de ocupación israelíes zonas de khan Yunis. Cumplí con mis tareas hasta que los tanques se hubieran retirado. A eso de las 08:15, mientras me hallaba en el recinto destinado a las ambulancias en la parte este este del edificio principal, fui alcanzado por un balazo en el pecho. Podían oirse los estampidos de los proyectiles contra las paredes. Al instante quienes me rodeaban me trasladaron al servicio clínico donde recibí cuidados médicos.”

A tenor de la información recibida, el hospital, uno de los principales centros médicos en el sur de la Banda de Gaza, está claramente señalado. El ejército israelí conoce perfectamente la localización del sanatorio y de sus dependencias. En el momento en que empezaron a disparar contra el hospital, centenares de civiles palestinos estaban agrupados en torno al centro. Habían acudido allí para interesarse por el estado de sus familiares heridos durante la invasión israelí de la mañana del lunes, en la que intervinieron tiros con mísiles y bombardeos que causaron la muerte de 14 palestinos, entre los cuales 4 niños y una mujer, y heridas a más de 80 personas. Por añadidura, a lo largo de la presente intifada, docenas de centros médicos han sido repetidas veces el blanco de ataques por parte de las Fuerzas israelíes, en los que resultaron muertos al menos 15 miembros del personal médico y más de 250 heridos.

El Secretariado internacional de la OMCT se halla sumamente preocupado por el referido ataque al hospital Nasser y condena el uso arbitrario y mortífero de la fuerza por parte del ejército israelí que ha ocasionado la muerte de una persona y herido de gravedad a otras tres, y esto inmediatamente después de que las Fuerzas israelíes invadieran Khan Yunis causando la muerte de 14 personas y heridas a más de 80. Además las circunstancias en las que se han llevado a cabo dichos ataques ponen de relieve una falta absoluta de consideración por la vida de los civiles. La OMCT recuerda que en el Párrafo 1.c. de la Resolución 2444 (XXIII) de la Asamblea General de las Naciones Unidas, 19 de diciembre 1968, se estipula que “en todo momento ha de distinguirse entre las personas que participan en las hostilidades y los miembros de la población civil, a fin de que se respete a estos últimos lo más posible”

Además el Artículo 51 del Protocolo I del 8 de junio de 1977, adicional a los Convenios de Ginebra del 12 de agosto de 1949 relativo a la protección de las víctimas de los conflictos armados, dispone que:


o Párrafo 4) “Se prohíben los ataques indiscriminados. Son ataques indiscriminados: (...) (c) los que emplean métodos o medios de combate cuyos efectos no sea posible limitar conforme a lo exigido por el presente Protocolo; y que, en consecuencia, en cualquiera de tales casos, pueden alcanzar indistintamente a objetivos militares y a personas civiles o a bienes de carácter civil.

o Párrafo 5) “Se considerarán indiscriminados, entre otros, los siguientes tipos de ataque: (…) (b) los ataques, cuando sea de prever que causarán incidentalmente muertos y heridos entre la población civil, o daños a bienes de carácter civil, o ambas cosas, que serían excesivos en relación con la ventaja militar concreta y directa prevista.

La OMCT considera cuantas actuaciones susceptibles de causar daños colaterales entre la población civil como una violación flagrante de las obligaciones precitadas que relevan asimismo del derecho consuetudinario internacional y que, como tales, han ser acatadas por Israel.


Acción solicitada

Favor escribir a las Autoridades israelíes urgiéndolas a::

1. ordenar una investigación completa e imparcial de las circunstancias en que se produjeron estos sucesos, para identificar a los responsables, llevarlos ante un tribunal competente e imparcial y aplicarles las sanciones penales, civiles y/o administrativas previstas por la ley;
2. adoptar todas las medidas necesarias para garantizar la integridad física y psicológica de las susodichas personas, incluyendo el acceso a cuidados médicos, y garantizar una adecuada reparación a todas las víctimas y a las familias de los fallecidos.
3. garantizar el respecto de los derechos humanos y las libertades fundamentales en conformidad con las leyes nacionales y las normas internacionales de derechos humanos tales como el Pacto Internacional de Derechos Económicos, Sociales y Culturales.

Direcciones:

· Ariel Sharon, Prime Minister, Office of the Prime Minister, 3 Kaplan Street, Jerusalem 91007, Israel. Fax:(+ 972 2) 670 5475, E-mail: pm_eng@pmo.gov.il
· Meir Shitrit, Minister of Justice, Ministry of Justice, 29 Salah al-Din Street, Jerusalem 91029, State of Israel. Fax: (+ 972 2) 2 628 8618, E-mail: sar@justice.gov.il
· Elyakim Rubinstein, Attorney-General / Legal Advisor to the Government, Ministry of Justice, 29 Salah al-Din Street, Jerusalem 91010, Israel, Telegrams: Attorney-General, Jerusalem, Israel, Fax: + 972 2 628 5438
· Shimon Peres, Minister of Foreign Affairs, Ministry of Foreign Affairs, Fax:(+ 972 2) 530 3704, E-mail: sar@mofa.gov.il
· The Supreme Court of Justice, Kiryat Ben Gurion, Jerusalem, Israel. Fax: (+ 972 2) 652 71 18

Rogamos escriban asimismo a las representaciones diplomáticas israelíes en sus respectivos países.

Ginebra, 11 de octubre 2002

Agradeceremos nos informen de toda acción emprendida, indicando el código del presente llamado en su respuesta.