México
10.02.16
Intervenciones urgentes

Malos tratos, hostigamiento y represalias por parte del personal del centro de reclusión en contra del Sr. Damián Gallardo Martínez

Nuevas Informaciones

MEX 004 / 0614 / OBS 054.2

Detención arbitraria /Tortura /

Agresiones / Amenazas /

Hostigamiento judicial

México

10 de febrero de 2016

El Observatorio para la Protección de los Defensores de DerechosHumanos, programa conjunto de la Organización Mundial Contra la Tortura (OMCT)y de la Federación Internacional de Derechos Humanos (FIDH), ha recibido nuevasinformaciones y solicita su intervenciónURGENTE ante la siguiente situación en México.

Nueva Información:

El Observatorio ha recibidocon grave preocupación información de fuentes fidedignas sobre los malos tratos y hostigamiento porparte del personal del centro de reclusión en contra del Sr. Damián Gallardo Martínez, así comosobre las represalias en su contra por haber tomado acciones legales. El Sr.Gallardo, defensor de los pueblos indígenas y de la educación, originario de laregión Mixe en el Estado de Oaxaca, se encuentra detenido arbitrariamente desdemayo de 2013 tal y como concluyó el Grupo de Trabajo sobre Detención Arbitrariade la ONU (ver antecedentes). Ha formado parte de diversos comités por laliberación de presos políticos, y además ha participado activamente en otrasactividades, como por ejemplo, en la lucha magisterial y en la promoción depropuestas de educación comunitaria y popular en las comunidades indígenas dela Región Mixe y Zapoteca de la Sierra de Oaxaca.

Según las informaciones recibidas, el Sr. Gallardo y otros presos delCentro Federal de Readaptación Social número 2 (CEFERESO) Puente Grande Jaliscohan sido sometidos a repetidos tratos crueles e inhumanos por parte del nuevodirector del Centro que ha provocado que el clima de hostigamiento y maltrato alos reclusos y concretamente al Sr. Gallardo hayan ido en aumento. Los tratoscrueles e inhumanos denunciados fueron los siguientes: al Sr. Damián Gallardo yotros presos les bajan los pantalones y la ropa interior mas abajo de lasrodillas y les obligan a hacer sentadillas. Además, el personal del CEFERESOles amenaza con quitarles sus calcetines y con trasladarles a prisiones máslejanas de manera ilegal.

Tras promover elamparo por estos hechos, el Sr. Damián Gallardo y los otros presos obtuvieronla suspensión provisional por parte del Juzgado Quinto de Distrito de Amparo enMateria Penal en el Estado de Jalisco, con residencia en Zapopan el 10 dediciembre de 2015. El fondo del asunto y la consiguiente responsabilidad deldirector del CEFERESO se van a resolver el 15 de febrero de 2016. Al recibir lanotificación, el Director del CEFERESO impuso un castigo de aislamiento aDamián Gallardo que durará 15 días y que se inició el 4 de febrero alegando queno está respetando el reglamento.

El Observatorio recuerda que el proceso penal en contra del Sr.Gallardo sigue en fase de instrucción en el Juzgado Sexto de Distrito deProcesos Penales Federales en el Estado de Jalisco, y podría llegar a sercondenado a una pena de hasta 75 años por los delitos de delincuenciaorganizada y secuestro de menores.

ElObservatorio condena de forma enérgica los malos tratos en contra del Sr.Damián Gallardo Martínez así como el castigo de aislamiento impuesto comorepresalia a su denuncia de los mismos y hace un llamamiento a las autoridadesmexicanas para que estos hechos no queden impunes y para que pongan fin a sudetención arbitraria.

Antecedentes:

El 18 de mayo del 2013, elSr.Damián Gallardo Martínez fue violentamente arrestado, en su domicilioparticular en Reyes Mantecón, en Valles Centrales de Oaxaca. El arresto serealizó con allanamiento de domicilio, por el que posteriormente se interpusouna denuncia penal[1] ysin orden judicial o ningún otro tipo de documento firmado por una autoridadcompetente. Los captores rompieron la chapa de la puerta, entraron en la casa,donde también se encontraban la hija y la pareja del Sr. Gallardo, y trascubrirle la cara, fue trasladado a un domicilio privado dónde fue incomunicadoy torturado. Posteriormente, el Sr. Gallardo fue incomunicado duranteaproximadamente 30 horas, denegándole su derecho a comunicarse con susfamiliares y con su abogado. El mismo día 18 de mayo, se interpuso un juicio deamparo frente a la desaparición de persona, incomunicación y tortura[2].No fue hasta las 6:00 horas del día siguiente, el 19 de Mayo, que se comunicó asu hermana, la Sra. Florencia Gallardo Martínez, que el Sr. Gallardo seencontraba detenido en la Subprocuraduría Especializada en Investigación deDelincuencia Organizada (SEIDO).

El Sr. Damián Gallardo fue forzado a firmar confesiones de auto culpabilidad,amenazándole con que si no firmaba las hojas en blanco matarían y violarían asus familiares. Además, en repetidas ocasiones se le pidió que firmaradocumentos que les permitieran inculpar a integrantes del movimiento social enlos delitos de “delincuencia organizada” y “secuestro” de menoresposteriormente alegados. Para ello, obligaron al Sr. Gallardo a presenciaractos de tortura física a otros detenidos. A su vez, le privaron de alimentos yle prohibieron usar sanitarios. El Sr. Gallardo también recibió golpes en lostestículos, estomago y le pisaron repetidamente los pies, además de obligarlo apermanecer por un tiempo prolongado en posición de cuclillas. El perito queexaminó al Sr. Damián Gallardo el 18 de mayo de 2013, no reconoció la tortura,y tan solo diagnosticó huellas de violencia física. Sin embargo, no se realizóun diagnostico especializado y en consecuencia el tratamiento médico prescritofue insuficiente, ya que éste se limitó a prescribir al Sr. Gallardoantiinflamatorios. Asimismo, el diagnóstico omitió informaciones tanelementales como son el momento de la ejecución de las lesiones, el lugar dóndese produjeron, la naturaleza del instrumento u objeto que las produjeron, etc.

La detención únicamente se hizo pública el 19 de mayo a través de uncomunicado oficial de la Secretaría de Gobernación, de la Procuraduría Generalde la Republica, de la Secretaria de la Defensa Nacional, de la Secretaria deMarina y del Consejo Nacional de Seguridad. A pesar de dicho comunicado, cabe destacarque no existe registro inmediato de la detención donde se especifique la fechay la hora en la que fue detenido el Sr. Gallardo.

Su hermana, la Sra. FlorenciaGallardo Martínez pudo finalmente ver a su hermano a las 22.30 horas del 19de mayo de 2013. Sin embargo, dicha concesión venia condicionada a que la Sra.Gallardo declarara en relación a los hechos. Al negarse a declarar o firmarningún documento, solo le permitieron entrar a ver al Sr. Gallardo durantecinco minutos.

Según las mismas informaciones recibidas, tras su detención, no sepermitió al Sr. Gallardo comunicarse con su abogado. Frente a dicha situaciónse pidió la intervención de la CNDH. Dos miembros de la CNDH, la Sra. GuadalupeVallejo y el Sr. Francisco Abraham Garza Sandoval, consiguieron entrar a verloel día 20 de mayo y finalmente el día 21 de mayo de 2013, el Sr. Gallardo pudoreunirse por vez primera con su abogado. Además los visitadores de la CNDHconsiguieron que todas las confesiones de culpabilidad realizadas por el Sr.Gallardo y que habían sido obtenidas bajo tortura, fueran desestimadas.Asimismo, se pudo desestimar una diligencia de ampliación de la declaraciónministerial del Sr. Gallardo, ya que ésta había sido realizada sin presencia deun abogado. Posteriormente, el 24 de mayo del 2013, se presentó una denunciapenal por los actos de “desaparición forzada”, “abuso de autoridad” y “torturay otros tratos o penas crueles, inhumanos y degradantes” en la Delegación de laPGR en Jalisco[3].

El día 22 de mayo de 2013, el Ministerio Público interpuso una acciónpenal en contra del Sr. Gallardo y otras doce personas[4]más, por el delito de “delincuencia organizada” y solicitó una orden deaprehensión por el delito de secuestro de dos menores, tras lo cual, ese mismodía fue trasladado al penal de máxima seguridad ‘Puente Grande’ en Jalisco.Posteriormente, el 25 de mayo, se dictó un auto de formal prisión por el delitode delincuencia organizada, y el 16 de junio por el delito de Secuestro deMenores. Frente a dichos autos se interpusieron recursos de apelación.

Los autos de formal prisión por los delitos de delincuencia organizaday secuestro fueron revocados, pero el 28 de enero y el 2 de febrero de 2014respectivamente, volvieron a dictarse por los mismos delitos y mismosargumentos usados en los anteriores autos revocados. El Sr. Gallardo presentórecursos de apelación en contra de ambos autos y esta segunda apelación estápendiente de resolución.

Otro episodio de violencia tuvo lugar el día 26 de mayo de 2014, cuando el Sr. DamiánGallardo fue agredido físicamente e insultado por parte de otro reo por sucondición de indígena, en las canchas deportivas del CEFERESO, dónde seencuentra detenido. El Sr. Gallardo recibió golpes y patadas en el rostro y enotras partes del cuerpo. Tras la agresión, dicho reo amenazó al Sr. Gallardopara que no denunciara los hechos. Frente al temor de volver a ser víctima deotra agresión, el Sr. Gallardo, declaró que las heridas habían sido causa deuna caída. Por su parte, el reo agresor informó falsamente que había sidovíctima de extorsiones por parte del Sr. Gallardo, lo que supuso que losfuncionarios penitenciarios segregaran al Sr. Gallardo del resto de losreclusos. Con ello, las autoridades del centro dieron el conflicto por solucionado.

Durante su 70ª sesión en agosto de 2014, el Grupo de Trabajo sobreDetención Arbitraria de Naciones Unidas emitió la Opinión 23/2014 sobre el casodel Sr. Gallardo Martínez. El Grupo de Trabajo concluyó que su arresto y sudetención fueron arbitrarios, y afirmó que su encarcelamiento parece deberse asus actividades en favor de la promoción de los derechos humanos de laspoblaciones indígenas de su región. El Grupo de Trabajo dio cuenta delincumplimiento de las obligaciones internacionales por parte del EstadoMexicano y pidió que las autoridades competentes adoptaran medidas para lareparación de las injusticias cometidas en contra del Sr. Gallardo.

El 12 de noviembre de 2014, la defensa del Sr. Gallardo Martínez hizoentrega a los jueces que llevan la causa penal en el Juzgado Sexto de Distritode Procesos Penales Federales en el Estado de Jalisco del informe de peritosexternos que confirma la existencia de tortura en contra del Sr. Gallardo. Elperitaje externo fue solicitado por la defensa porque a pesar de la solicitudpor parte del Sr. Gallardo Martínez de que se aplicara el protocolo de Estambulpara determinar la existencia de tortura, los peritos de la Comisión Nacionalde Derechos Humanos (CNDH) sólo llevaron a cabo algunas de las pruebas necesarias,haciéndolo además de forma tendenciosa e intentando condicionar el resultado.Además, únicamente emitieron un informe parcial en el que se establecía laausencia de indicios a pesar de las pruebas físicas de tortura.

Acción solicitada:

Por favor, escriban a las autoridades de México instándolas a:

i. Tomar de manera inmediata las medidas más apropiadas paragarantizar la seguridad y la integridad física y psicológica del Sr. DamiánGallardo Martínez, y en general la de todos los defensores de derechoshumanos en México;

ii. Liberarde forma inmediata al Sr. Gallardo Martínez y poner fin a todo tipo dehostigamiento judicial en su contra, así como en contra de todos los defensoresde derechos humanos en México;

iii. Adoptar medidas para la reparación de las injusticias cometidasen contra del Sr. Gallardo Martínez tal y como establece la decisión del Grupode Trabajo sobre Detención Arbitraria de Naciones Unidas.

iv. Llevar a cabo una investigación inmediata, independiente,exhaustiva, efectiva e imparcial en torno a todos los hechos arribadenunciados, con el fin de que los responsables sean llevados ante un tribunalcompetente, independiente, justo e imparcial, y les sean aplicadas lassanciones penales, civiles y/o administrativas previstas por la ley;

v. Velar por que se ponga fin a todo tipo de hostigamiento y amenazasen contra del Sr. Gallardo y, en general, en contra de todos los defensores de derechoshumanos en México;

vi. Asegurar la aplicación de lo dispuesto por la Declaración sobre los Defensores de los Derechos Humanos, adoptada por la Asamblea General de la ONU el 9 de diciembre de 1998, en particular en lo referente al:

- Artículo 1: “Toda persona tiene derecho,individual o colectivamente, a promover y procurar la protección y realización de los derechos humanos y las libertades fundamentales en los planos nacional e internacional”

- Artículo 5.a: “A fin de promover y proteger los derechos humanos ylas libertades fundamentales, toda persona tiene derecho, individual o colectivamente,en el plano nacional e internacional a reunirse o manifestarse pacíficamente”

- Artículo 12.2: “El Estado garantizará la protección por lasautoridades competentes de toda persona, individual o colectivamente, frente a toda violencia, amenaza, represalia, discriminación, negativa de hecho o de derecho, presión o cualquier otra acción arbitraria resultante del ejercicio legítimo de los derechos mencionados en la presente Declaración”;

vii. De manera general, y garantizar el respeto por los derechoshumanos y las libertades fundamentales en todo el país de conformidad con lasnormas internacionales de derechos humanos ratificadas por México.

Direcciones:

· Sr. Presidente Enrique Peña Nieto, Residencia Oficial de los Pinos, CasaMiguel Alemán, Col. San Miguel Chapultepec, C.P. 11850, México DF. FAX: (+52)55 5093 4901; E-mail: enrique.penanieto@presidencia.gob.mx

· Lic. Miguel Ángel Osorio Chong, Secretario deGobernación (Ministro del Interior) Bucareli 99, 1er. piso, Col. Juárez,Delegación Cuauhtémoc, México D.F., C.P. 06600, México, FAX + (+52) 55 5093 3414 E-mail: secretario@segob.gob.mx

· Lic. ArelyGómez González, Procurador General de la República, Av. Paseo de la Reforma211-213, Col. Cuauhtémoc Distrito Federal, México. E-mail: arely.gomez@pgr.gob.mx

· Sr. Roberto CampaCifrián, Subsecretaria de Asuntos Jurídicos y Derechos Humanos de la Secretaríade Gobernación, Bucareli 99, 1er. piso, Col. Juárez, Delegación Cuauhtémoc,México D.F., C.P. 06600, México. Fax: (+52) 55 5728 7400 Ext. 24586. E-mail: rcampa@segob.gob.mx

· Dr.Luis Raúl González Pérez, Presidente de la Comisión Nacional de DerechosHumanos, Edificio “Héctor Fix Zamudio”, Blvd. Adolfo López Mateos 1922, 6°piso,Col. Tlacopac San Ángel, Delegación Álvaro Obregón, C.P. 01040. Fax: (+52) 5536 68 07 67. E-mail: correo@cndh.org.mx

· Sr.Lic. Gabino Cué Monteagudo, Gobernador del Estado de Oaxaca. Palacio deGobierno (Planta Alta), Plaza de la Constitución, Centro Oaxaca de Juárez,Oaxaca, CP 68000, México. Email: gobernador@oaxaca.gob.mx

· Lic. Héctor Joaquín CarrilloRuiz, Fiscal General del Estado de Oaxaca, Centro Administrativo del PoderEjecutivo y Judicial Gral. Porfirio Díaz, Soldado de la Patria, Edificio JesúsChu Rasgado, nivel 2, Reyes Mantecón, 71257 Oaxaca, Mexico. E-mail: oaxacapgje@gmail.com

· Lic. Arturo Peimbert Calvo, Defensor de LosDerechos Humanos Del Pueblo De Oaxaca, Calle de los Derechos Humanos No. 210.Col. América. C. P. 68050. Oaxaca, Oaxaca, México. E-mail : defensoria@derechoshumanosoaxaca.org, quejas@derechoshumanosoaxaca.org, visitaduria@derechoshumanosoaxaca.org.

· Mtra. Eréndira CruzvillegasFuentes, Coordinadora para la Atención de los Derechos Humanos, Gobierno deOaxaca, Bustamante Esq. Vicente Guerrero Centro Oaxaca De Juárez, 68000 Oaxaca,México. Fax : 5018100 Ext. 5018100. E-mail: erendiracruz@oaxaca.gob.mx

· Sr.Embajador Jorge Lomónaco, Misión Permanente de México ante las NacionesUnidas en Ginebra, 15 chemin Louis-Dunant. 1202, Ginebra, Suiza. FAX:(+41) 22 748 07 08 E-mail: mission.mexico@ties.itu.int

· Sr. Embajador Juan José Gómez Camacho,Embajada de México en las Comunidades Europeas, y Observadora Permanente deMéxico ante el Consejo de Europa, 94 avenue F.D. Roosevelt, 1050 Bruselas,Bélgica. Fax: +32 2 644 08 19. E-mail : embamex@embamex.eu / jgomezc@sre.gob.mx

· Sr. Embajador Dr. Emilio Rabasa Gamboa, MisiónPermanente de México ante la Organización de los Estados Americanos, 2440Massachusetts Ave., N.W. Washington, D.C. 20008, EEUU. E-mail:erabasa@sre.gob.mx, mexico.oea@sre.gob.mx, xmariscal@sre.gob.mx

[1] Posteriormentese interpuso una denuncia penal por el allanamiento de domicilio y rupturas dechapas en la Fiscalía de Delitos de Trascendencia Social dependiente de laProcuraduría General de Justicia de Oaxaca. N° de expediente: 13/FIDTS/2013. Nohay resultado hasta la fecha.

[2] El21 de diciembre de 2013 se comunicó que el Juez Tercero de Distrito declaróconsumadas irreparablemente las violaciones a derechos humanos reclamadas queimpactaban en el proceso penal.

[3] Numerode Averiguación previa: AP/PGR/JAL/GDL/AG3/MV2480/2013. Hasta la fecha no hayresultados, el proceso sigue en curso.

[4] Sres.Mario Oliver Osorio, Lauro Atilano Grijalva Villalobos, Sara Altamirano Ramos,Leonel Manzano Sosa, Damian Gallardo Martinez, Alberto Sandoval Rodriguez,Alejandra Chavez Chavez, Enrique Guerrero Aviña, Diego Faustino, AlejandroSandoval Martinez, Jose Ambrosio Martinez, Martin Colmenares Mendez y DavidVargas Araujo.