Venezuela
03.04.07
Intervenciones urgentes

Seguimentio_ Temor por seguridad familia de Arturo Hernández en Guárico

VEN 200505.1
Seguimiento del caso VEN 200505
Asesinato /hostigamiento policial /liberación de acusados /temor por seguridad e integridad personal
Ginebra, 3 de abril de 2007

El Secretariado Internacional de la Organización Mundial Contra la Tortura (OMCT) solicita su intervención MUY URGENTE ante la siguiente situación en Venezuela.

Nuevas informaciones

El Secretariado Internacional de la OMCT ha recibido con profunda preocupación nuevas informaciones de la Red de Apoyo Por la Justicia y la Paz (REDAPOYO), organización miembro de la Red SOS-Tortura, sobre el hostigamiento de que han sido víctimas la Sra. Carmen Alicia Mota de Hernández, y sus hijos Roberto Carlos Hernández Mota y Carlos Arturo Hernández Mota, por parte de personas, que según las alegaciones son funcionarios miembros de la Policía Regional del Estado Guárico, vinculados e imputados dentro de la investigación por la muerte del esposo y padre de los anteriores, el Sr. Arturo Hernández Ortega[1] (ver Llamado OMCT VEN 200505, emitido el 20 de mayo de 2005).

De acuerdo con las nuevas informaciones, el 26 de febrero de 2007 fueron dejados en libertad cinco funcionarios de la Policía del Estado Guarico: Wilfredo Fébres, Luis Enrique Ledezma Ruiz, Evin Rafael Quiche, Adolfo León Delgado Idarraga, y Juan Ramón Ribas Lara, quienes habían sido acusados por el Ministerio Público por el delito de Homicidio Intencional Simple en grado de Complicidad Correspectiva, en relación con el caso de la muerte del Sr. Arturo Hernández Ortega, ocurrida el 12 de abril de 2004.

Según las informaciones, la familia Hernández Mota ha denunciado en varias oportunidades las amenazas de muerte y los actos de hostigamiento que han sido objeto la Sra. Carmen Alicia Mota de Hernández, y sus hijos Roberto Carlos Hernández Mota y Carlos Arturo Hernández Mota, por parte de los funcionarios arriba mencionados o de terceros, por haber denunciado el asesinato de su esposo y padre el Sr. Arturo Hernández Ortega, a pesar que un Tribunal de Control decretó la privación preventiva de la libertad de los acusados.

Según las informaciones, la libertad de estos cinco funcionarios policiales fue concedida consecuentemente a una decisión tomada por el Tribunal 6º de juicio de la Circunscripción Judicial del Estado de Carabobo, a cargo de la jueza Magaly Guadalupe Nieto Rueda. La mencionada jueza Nieto Rueda argumentó como motivo de su decisión el hecho que los acusados han estado presentándose voluntariamente ante el Tribunal y que el juicio contra los mismos no se ha podido realizar debido a las dilaciones procesales interpuestas por el Ministerio Público y por la organización encargada de la defensa de las víctimas (Redapoyo), argumentos que no son compartidos por los denunciantes del caso.

Además, según las denuncias, durante las investigaciones conducidas por el Ministerio Público se determinó que los autores materiales de la muerte de Arturo Hernández fueron Wilfredo Febres, Luis Enrique Ledesma Ruiz, Evin Rafael Quiche, Adolfo León Idarraga y Juan Ramón Rivas Lara, todos ellos funcionarios activos de la Brigada de Intervención y Apoyo (BIA) de la Policía Regional. Según las informaciones, dichos funcionarios, con excepción de Wilfredo Febres, permanecieron recluidos en el internado Judicial de Carabobo, hasta el 26 de febrero de 2007, cuando la juez 6ª de juicio, Magaly Nieto Rueda les otorgó el beneficio de salida bajo presentación. El 05 de agosto de 2005, Wilfredo Febres fue beneficiado “por razones humanitarias” con una medida cautelar de arresto domiciliario, medida que, según las denuncias, ha sido incumplida por el acusado, pues ha sido visto en un restaurante de Valle de la Pascua.

Por su parte Redapoyo presentó un recurso de apelación contra la mencionada medida cautelar sustitutiva de libertad, que fue dictada en beneficio de los implicados arriba mencionados. Según las denuncias se ha observado una presunta parcialidad de los jueces que han intervenido por el proceso, violando así el «Principio de Defensa e Igualdad entre las Partes» y se considera además que esta decisión deja en estado de indefensión a las víctimas y coloca en peligro la integridad física y psicológica de la familia Hernández Mota.

Por otra parte, se ha denunciado además el reciente nombramiento de Wilfredo Febres como Inspector General de la Policía Regional de Guárico, a pesar de estar implicado en el caso de la muerte del Sr. Arturo Hernández Ortega y de que este funcionario tiene otro expediente abierto (Nº 12-F14-0573-02) por allanamiento arbitrario, acción que fue ejecutada en el lapso en el cual Wilfredo Febres debería estar cumpliendo con el arresto domiciliario.

El Secretariado Internacional de la OMCT urge de nuevo al Gobierno venezolano a tomar todas las medidas necesarias para garantizar la seguridad y la integridad física y psicológica de los Sres. Carmen Alicia Mota de Hernández, de sus hijos Roberto Carlos Hernández Mota y Carlos Arturo Hernández Mota y de todos los miembros de sus respectivas familias, quienes se encuentran en situación de riesgo. La OMCT solicita también que se tomen las medidas de protección más adecuadas para las personas que presenciaron los hechos del 12 de abril de 2004 en los que resultó muerto el Sr. Arturo Hernández Ortega, y solicita además a las autoridades de Venezuela la puesta en marcha, o la debida continuidad, de una investigación competente, exhaustiva y particularmente imparcial de estos graves hechos, con el fin de identificar a los responsables, llevarlos a juicio y aplicar las sanciones penales y/o administrativas estipuladas en la ley.

El Secretariado Internacional de la OMCT manifiesta su preocupación por la seguridad y por la integridad física y psicológica de todos los miembros de la familia Hernández Mota y recuerda que los artículos 43, 46,y 55 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela establecen que: “El derecho a la vida es inviolable. Ninguna ley podrá establecer la pena de muerte, ni autoridad alguna aplicarla (…)”art. 46. “Toda persona tiene derecho a que se respete su integridad física, psíquica y moral (…) ord. 4º. Todo funcionario público o funcionaria pública que, en razón de su cargo, infiera maltratos o sufrimientos físicos o mentales a cualquier persona o que instigue o tolere este tipo de tratos, será sancionado o sancionada de acuerdo con la ley”.art. 46 “Toda persona tiene derecho a la protección por parte del Estado, a través de los órganos de seguridad ciudadana regulados por ley, frente a situaciones que constituyan amenaza, vulnerabilidad o riesgo para la integridad física de las personas, sus propiedades, el disfrute de sus derechos y el cumplimiento de sus deberes (…) art.55

Contexto y antecedentes de la situación

El Secretariado Internacional de la OMCT había recibido con profunda preocupación informaciones sobre el hostigamiento de que han sido víctimas la Sra. Carmen Alicia Mota de Hernández, y sus hijos Roberto Carlos Hernández Mota y Carlos Arturo Hernández Mota, por parte de personas, que según las alegaciones son funcionarios miembros de la Policía Regional del Estado Guárico.

De acuerdo con las informaciones, el 13 de septiembre del 2004, miembros de la familia Hernández Mota, acompañados por Redapoyo y por el Comité de Derechos Humanos en Educación Acción y Defensa del Estado Guárico, denunciaron ante el Fiscal General de la República, el asesinato del Sr. Arturo Hernández Ortega, al parecer a manos de personas relacionadas con la policía. Según las informaciones, a raíz de la denuncia presentada los miembros de la familia Hernández-Mota han sido víctimas de distintos actos intimidatorios por parte de funcionarios policiales adscritos a la Brigada de Intervención y Apoyo (BIA) de la Policía Regional del mencionado Estado.

En virtud de tales amenazas y hostigamiento, el Tribunal Penal en Funciones de Control No. 2 de la Circunscripción Judicial de la ciudad Valle de la Pascua, en el Estado Guárico, mediante decisión de fecha 23 de septiembre de 2004, decidió otorgar una medida de protección a favor de la Sra. Carmen Alicia Mota de Hernández, de sus hijos Roberto Carlos Hernández Mota y Carlos Arturo Hernández Mota, y de todos los demás miembros de su grupo familiar, medida que debería permanecer vigente hasta la finalización del proceso judicial, comisionándose al Comando Regional No. 2 de la Guardia Nacional para llevar a cabo la mencionada protección.

Sin embargo, esta medida de protección no ha sido cumplida en ningún momento, y por el contrario, la familia viene siendo víctima de diversos actos de hostigamiento, como la vigilancia establecida frente al lugar de trabajo de la familia Hernández Mota por distintos funcionarios pertenecientes a la BIA, y los seguimientos por medio de motocicletas al Sr. Roberto Carlos Hernández Mota, a plena luz del día a lo largo y ancho de la ciudad, de manera pública y notoria, entre otros.

Acción solicitada

Por favor escribir a las autoridades en Venezuela con el fin de urgirlas a:

  1. tomar de manera urgente todas las medidas apropiadas para garantizar la seguridad y la integridad física y psicológica de los Sres. Carmen Alicia Mota de Hernández, de sus hijos Roberto Carlos Hernández Mota y Carlos Arturo Hernández Mota, así como de todos los miembros de sus respectivas familias, y también la de las demás personas que presenciaron los hechos ocurridos el 12 de abril de 2004 en la ciudad de Valle de la Pascua en los cuales resultó muerto el Sr. Arturo Hernández Ortega;
  2. llevar a cabo una investigación inmediata, independiente, exhaustiva e imparcial en torno a los hechos arriba mencionados, en particular sobre el asesinato del Sr. Arturo Hernández Ortega y el hostigamiento de que son víctimas los miembros de la familia Hernández Mota, con el fin de identificar a todos quienes sean responsables, llevarlos ante un tribunal competente, independiente, justo e imparcial y aplicarles las sanciones penales y/o administrativas previstas por la ley;
  3. otorgar una adecuada reparación a las víctimas de estas graves violaciones de los derechos humanos;
  4. de manera general, conformar sus acciones a lo dispuesto por la Declaración Universal de los derechos Humanos y por los Pactos y Convenciones Internacionales ratificados por Venezuela, en particular la Convención Contra la Tortura.

Direcciones

  • Misión Permanente de Venezuela ante la ONU en Ginebra, 18-a, Chemin François-Lehmann, 1218, Ginebra. FAX:+ 41.22.723.28.81 ; TEL.: + 41.22.717.09.40 ; + 41.22.717.09.42 E-mail: mission.venezuela@ties.itu.int
  • Presidente de la Republica, S.E. Hugo Chávez Frías, - Palacio de Miraflores, Caracas, Venezuela; Fax:+58.212.801.36.44 E-mail: presidencia@venezuela.gov.ve venezuela@venezuela.gov.ve
  • Dr. Isaías Rodríguez Díaz, Fiscal General de la República, Avenida Universidad, Edificio Ministerio Público. Caracas. TEL: +58.212.509.81.34; +58.212.509.80.93 +58.212.509.72.11 +58.212.509.33.11 Fax: +58.212.577.21.54 ; +58.212.577.11.44. E-mail: isaiasrodriguez@fiscalia.gov.ve; mp@fiscalía.gov.ve
  • Dr. Germán Mundaraín, Defensor del Pueblo. Bellas Artes, Avenida México frente al Ateneo de Caracas, Plaza Morelos. Caracas. E-mail: Egmundaraín@defensoria.gov.ve
  • E-mail: gmundarain@defensoria.gov.ve Fax: +58212-5754467
  • Diputado Raúl Este, Presidente de la sub.-Comisión de Derechos Humanos de la Asamblea Nacional. Esquina de Pajaritos, Edificio José María Vargas, Piso 3, Caracas, Teléfono: +58212-4096597
  • Sr. Eduardo Manuitt, Gobernador del Estado Guarico. Av. Monseñor Sendrea Palacio de Gobierno, Municipio Juan Germán Roscio, San Juan de los Morros, Estado Guárico – Venezuela. Fax: +58246-4318055
  • Teniente Coronel (GN). José Goncalvez Mendoza, Comandante del Destacamento Nº 28 de la Guardias Nacional. San Juan de los Morros, Estado Guarico. Teléfono: +58246-4315117 / +58246-4310168
  • Coronel de la Guardia Nacional Domingo Antonio Cárdenas Moncada, Comandante General de la Policía Regional del Estado Guarico. Av. Miranda, frente al Liceo Rafael Cabrera Malo, Comandancia de la Policía del Estado Guarico. Teléfono: +58246-4315714
  • Dr. Abg. José Alberto Morillo, Fiscal Superior del Estado Guarico. Avenida Los Llanos, Edificio Sede del Ministerio Público. E-mail: FGuarico@fiscalia.gov.ve Teléfonos: +58246-4318905 / +58246-4320311
  • Defensoría Delegada del Estado Guarico. Avenida Los Llanos, Edificio Don Enrique, P.B., frente a la Farmacia Capital y diagonal al Ministerio Público, San Juan de los Morros. E- mail: dguarico@defensoria.gov.ve Fax: +58246-4318935
  • Diputado Jassan Jrrmakani, Presidente del Consejo Legislativo Regional del Estado Guárico. Av. Miranda, Sector La Redoma San Juan de Los Morros, Guárico Fax: +58246-4314036 / +58246-4315843

Favor escribir también a las Representaciones Diplomáticas de Venezuela en sus respectivos países

Ginebra, 3 de abril de 2007

Sírvanse informarnos de cualquier acción emprendida, citando el código de este llamado en su respuesta.

[1] El 12 de abril de 2004 hacia las 07h00 de la noche, el Sr. Arturo Hernández Ortega, de 51 años de edad, de nacionalidad española, comerciante y propietario de un negocio de venta de pollo, salió de su negocio ubicado en la ciudad de Valle de la Pascua, en el Estado Guárico. Según las informaciones, algunas horas después se trasladó al Hotel “Comercio” donde trabaja un amigo suyo y horas después salió del hotel, conduciendo su camión tipo Ford, de color azul. Según las denuncias, al salir del hotel comenzó a ser perseguido, aproximadamente entre las 10h00 y 11h20 de la noche, por un automóvil tipo Toyota Corola, de color blanco, en el cual presuntamente iba el comisario de policía de nombre Wilfredo Rafael Fébres, y otra persona que conducía el vehículo.

Según las versiones de varios testigos, las personas que perseguían al Sr. Hernández Ortega, dispararon en varias oportunidades contra el carro en donde él se desplazaba. El Sr. Hernández Ortega habría tratado de escapar cruzando en dirección oeste a la avenida Rómulo Gallegos, pero luego detuvo su camión cerca de la sede de la Dirección de los Servicios de Inteligencia y Prevención (Disip), para bajarse del mismo y preguntarles a los sujetos que lo perseguían el por qué de tal persecución, a lo que los sujetos no respondieron sino que se bajaron del vehículo en el que se desplazaban para disparar con sus armas de fuego contra el Sr. Arturo Hernández Ortega en cinco oportunidades, hasta dejarlo muerto.