Venezuela
13.02.09
Intervenciones urgentes

Seguimiento caso VEN 250608_Nuevas amenazas y intimidaciones contra el Sr. Yean Manuel Mijares y su familia

VEN 250608.1
Seguimiento Caso VEN 250608
Amenazas/ Intimidaciones/ Temor por seguridad e integridad personal

El Secretariado Internacional de la Organización Mundial Contra la Tortura (OMCT) solicita su intervención URGENTE ante la siguiente situación en Venezuela.

Nueva información

El Secretariado Internacional de la OMCT acaba de recibir con seria preocupación nuevas informaciones de la Red de Apoyo Por la Justicia y la Paz (REDAPOYO), organización miembro de la Red SOS-Tortura de la OMCT, sobre nuevas intimidaciones contra el Sr. Yean Manuel Mijares (titular de la Cédula de Identidad N° 13.245.814), quien ha sido victima de tortura en 2006 por parte de funcionarios de la Policía Metropolitana y quien luego denunció el hecho, y su esposa, la Sra. Ismenia García por tres de los mismos funcionarios de la Policía Metropolitana (ver contexto y antecedentes de la situación).

Según las informaciones recibidas, los días 6, 7 y 11 de febrero de 2009 tres funcionarios uniformados de la Policía Metropolitana (de nombre Robert Harol Gonzalez Fuentes, Cardier Fernandez Luis Alberto y Richard Enrique Tovar), pasaron varias veces por la casa de las víctimas, en Caracas, se detuvieron y se quedaron por unos minutos, mostrándoles sus armas en actitud desafiante.

La OMCT recuerda que el Sr. Yean Manuel Mijares fue detenido arbitrariamente el 23 de junio de 2008, y durante su detención temporal fue herido y amenazado por funcionarios policiales. La detención arbitraria en junio del 2008, en efecto, representó una represalia por haberse atrevido a denunciar a cinco funcionarios de la policía Metropolitana que habían torturado el Sr. Mijares en agosto de 2006.

La OMCT teme que estas nuevas intimidaciones se relacionan con la celebración de la audiencia preliminar que se realizará el 2 de marzo de 2009, ante el Tribunal 38° de Control del Área Metropolitana de Caracas, en donde se tomará la decisión de llevar a juicio a los agresores mencionados por delitos de lesiones personales graves en grado de complicidad correspectiva, torturas, privación ilegítima de libertad y violación de domicilio.

La OMCT manifiesta su seria preocupación por la seguridad y por la integridad física y psicológica del Sr. Yean Manuel Mijares y de todos los demás miembros de su familia, quienes se encuentran en evidente situación de riesgo. Aunque el Tribunal Vigésimo Cuarto (24) en Primera Instancia en Funciones de Control del Circuito Judicial Penal del Área Metropolitana de Caracas otorgó, el 19 de septiembre de 2008, medidas de protección al Sr. Yean Manuel Mijares a continuación de una denuncia ante la Fiscalía Superior del Área Metropolitana de Caracas por el hostigamiento y las amenazas de muerte que sufrió en 2008, dichas medidas no fueron cumplidas.

La OMCT recuerda que según los artículos 13 y 14 de la Convención Tortura y Otros Tratos o Penas Crueles, Inhumanos o Degradantes, “Todo Estado Parte velará por que toda persona que alegue haber sido sometida a tortura en cualquier territorio bajo su jurisdicción tenga derecho a presentar una queja y a que su caso sea pronta e imparcialmente examinado por sus autoridades competentes. Se tomarán medidas para asegurar que quien presente la queja y los testigos estén protegidos contra malos tratos o intimidación como consecuencia de la queja o del testimonio prestado” y “Todo Estado Parte velará por que su legislación garantice a la víctima de un acto de tortura la reparación y el derecho a una indemnización justa y adecuada, incluidos los medios para su rehabilitación lo más completa posible (…)”.

Contexto y Antecedentes de la situación

El 7 de agosto de 2006 siendo aproximadamente las 9:00 horas de la noche, cuatro efectivos de la Policía Metropolitana, adscritos a la zona 10 de ese cuerpo policial, de nombres González Robert C. I. 13.374.765, Cardier Luis C. I. 12.259.180, González Kenny C. I. 17.710.285, Barrios Miguel C. I. 12.572.322, se presentaron en la residencia del Sr. Yean Manuel Mijares en Caracas. Según las denuncias, los cuatro efectivos detuvieron al Sr. Yean Manuel Mijares, sin orden de detención y negándose a dar más información sobre la detención. Lo esposaron y le explicaron que tenían que verificar una denuncia que tenían en su contra. El Sr. Yean Manuel Mijares fue trasladado hasta la sede de la Policía Metropolitana de la zona 10, ubicada en El Valle y una vez allí fue trasladado a una habitación (al parecer el lugar de descanso de los funcionarios de ese cuerpo policial, ya que habían unas literas de hierro), en la que se encontraba un funcionario de nombre Richard Enrique Tovar López, C. I. 11.924.756.

De acuerdo con las informaciones, le colocaron al Sr. Yean Manuel Mijares un trozo de tela y cinta adhesiva en los ojos, y comenzaron a golpearle, con la punta de sus pies, con puños, y con un palo de madera envuelto en tela, en la cabeza, específicamente en la región mastoidea izquierda, en la cara (en la región orbitaria del ojo), en el tórax delantero, en sus dos intercostales, en la región postcodo y olecraneana, en el tórax posterior a nivel de la ínterescapular. Además se puso una bolsa plástica en su cara con una sustancia presumiblemente tóxica. En el momento en el que le ponían la bolsa con dicha sustancia, el Sr. Yean Manuel Mijares denunció que se encontraba en posición decúbito abdominal, esposado con sus brazos hacia su tórax posterior y al tiempo que uno de los funcionarios le presionaba con el dedo pulgar la región media del cuello, le indicó verbalmente que cuando ya no pudiera respirar, le avisara con sus dedos con un toque entre las piernas para soltarlo. Según las mismas informaciones, le fue aplicada dicha sustancia también en su lengua, dejando quemaduras de primer grado en los laterales de su lengua y en las fosas nasales. Los funcionarios consecuentemente le amenazaron diciendo que iban a matarle.

Posteriormente, según las denuncias, el Sr. Yean Manuel Mijares fue sacado de la Zona 10, y trasladado hasta un lugar en Petare, cercano a unos edificios, y le fue ordenado salir de la patrulla, a lo que él se negó. Uno de los funcionarios le colocó un arma de fuego dentro de la boca y le dijo que iba a matarle. El Sr. Yean Manuel Mijares empezó a gritar y los funcionarios decidieron retirarse para luego trasladarle a la Zona 7 de la Policía Metropolitana, donde no le permitieron el ingreso debido al estado físico en el que se encontraba, razón por la cual los funcionarios antes mencionados, le trasladaron hasta el Hospital de Lidice. Una vez allí, le solicitaron a un médico que realice un informe para “este delincuente, que estaba robando un carro”. Al obtener el informe, se movilizaron de nuevo hasta la zona 7 de ese cuerpo policial.

A continuación, el 8 de agosto de 2006, el Sr. Yean Manuel Mijares fue presentado en flagrancia ante el Tribunal Décimo Octavo de Control del Circuito Judicial Penal del Área Metropolitana de Caracas. Luego de realizarse la audiencia, el tribunal le concedió al Sr. Yean Manuel Mijares libertad plena por no encontrarse elemento incriminatorio en su contra además de ordenar la remisión de copias certificadas de ese expediente.

De acuerdo con las informaciones, en septiembre de 2006, este hecho fue denunciado por la víctima en compañía de la Red de Apoyo por la Justicia y la Paz ante el Ministerio Público, comisionando para investigar este hecho a la Fiscalía Nº 83 con competencia en derechos fundamentales, a cargo del abogado Elvis Rodríguez.

El 9 de mayo de 2008, la Fiscalía Nº 83 acusó a cinco funcionarios de la policía Metropolitana, de haber sido implicados en las torturas y privación ilegítima de libertad del Sr. Yean Manuel Mijares Vargas. Dichos funcionarios responden a los siguientes nombres: Sub inspector Robert Harold González Fuentes, Cabo Primero Miguel Armando Barrios, Agente Kenny Tsaded González Rojas y el Distinguido Luis Alberto Cardiel Fernández. Estos funcionarios fueron acusados por el delito de lesiones personales graves en grado de complicidad correspectiva, torturas, privación ilegítima de libertad y violación de domicilio, previstos y sancionados en el Código Penal venezolano. También fue acusado el Distinguido Richard Enrique Tovar López, por los delitos de lesiones personales leves en grado de complicidad correspectiva y tortura, delitos contemplados en la referida norma jurídica.

El 5 de junio de 2008, la Red de Apoyo se adhirió a la acusación fiscal por los delitos antes mencionados y solicitó al Tribunal 44 de Control de Área Metropolitana de Caracas, sea admitido el delito de simulación de hecho punible y el quebrantamiento de pactos y convenios internacionales suscritos por la República Bolivariana de Venezuela, dado que las personas señaladas son funcionarios activos de la Policía Metropolitana que con su conducta comprometieron la responsabilidad del Estado frente a la garantía de los Derechos Humanos.

El 23 de junio de 2008, a la 1:30 de la tarde, el Sr. Yean Manuel Mijares fue detenido por varios funcionarios uniformados de la Policía Metropolitana en su lugar de trabajo en Caracas. Según las denuncias, durante la detención, el Sr. Yean Manuel Mijares fue herido en el brazo izquierdo con un objeto contundente, le retuvieron sus papeles y luego le trasladaron a la Estación Policial San Andrés, El Valle, Caracas, bajo los cargos de presunta venta de drogas. Una vez en el recinto de la estación policial, el Sr. Yean Manuel Mijares habría sido esposado e interrogado por funcionarios policiales quienes le insultaron y amenazaron con trasladarlo a un centro penitenciario para que le violen.

Según las informaciones, dos integrantes de la Red de Apoyo (la abogada y la psicóloga) se trasladaron a dicha estación policial, donde conversaron con los funcionarios que participaron en la detención del Sr. Yean Manuel Mijares y aseguraron que la detención se debía a una llamada anónima de los vecinos quienes denunciaban a éste por venta de drogas, hecho que no se logró demostrar. El Sr. Yean Manuel Mijares fue liberado después de hora y media. Según las denuncias, ningún fiscal fue notificado de esta detención, lo que constituye una violación del procedimiento del Código Orgánico Procesal penal.

Según las informaciones, esta detención arbitraria representaba una represalia por haberse atrevido a denunciar a los cinco funcionarios de la policía Metropolitana. Tratándose del mismo cuerpo policial, la detención se produjo entonces a pocos días de celebrarse la audiencia preliminar por los hechos denunciados donde irán a juicio estos policías.

Acción solicitada

Favor dirigirse a las autoridades de Venezuela urgiéndoles a:

  1. tomar de inmediato todas las medidas más apropiadas para garantizar la seguridad y la integridad física y psicológica del Sr. Yean Manuel Mijares y la Sra. Ismenia García, incluido que se hagan efectivas las medidas de protección otorgadas al Sr. Yean Manuel Mijares y se extienda a su familia, así como de todos los demás miembros de su familia;
  2. llevar a cabo una investigación inmediata, completa, independiente, efectiva e imparcial en torno a las nuevas intimidaciones, con el fin de identificar a los responsables, llevarlos ante un tribunal competente, independiente, justo e imparcial y aplicarles las sanciones penales y/o administrativas previstas por la ley, además de que las conclusiones de esta investigación sean publicadas;
  3. otorgar una adecuada reparación a la victima;
  4. de manera general, conformar sus acciones a lo dispuesto por la Declaración Universal de derechos humanos y los Pactos y Convenciones Internacionales ratificados por Venezuela.

Direcciones

  • Ciudadana: Luisa Ortega Díaz, Fiscalía General de la República Bolivariana de Venezuela, Esquina de Misericordia a Pele el Ojo. Av. México, Caracas- Venezuela, Email: fiscalía.gov.ve, Telf. (58+ 212) 509.7211 y 509.7464
  • Fiscal Superior del Área Metropolitana de Caracas, Edificio Sede del Ministerio Público, Esquina de Ánimas. Av. Urdaneta, Caracas-Venezuela, Email: fcaracas@fiscalia.gov.ve, Telf. (58 212)- 408 79 84, 408 7 957
  • Ciudadano Elvis Rodríguez, Fiscal º83 con Competencia en Derechos Fundamentales, Edificio Sede del Ministerio Público, Esquina de Ánimas. Av. Urdaneta, Caracas-Venezuela, Telf.: (58+212) 408.6706
  • Ciudadana, Gabriela Ramírez Pérez, Defensora del Pueblos de la República Bolivariana de Venezuela, Caracas- Venezuela, Email: Teléfono: 5053001, defensoria@gov.ve, Fax 505.30.07
  • Ciudadano, Tareck El Aissami, Ministerio del Poder para Relaciones Interiores y Justicia, Avenida, Edificio Sede del Ministerio del Poder Popular para Relaciones Interiores y Justicia, Piso 1 Carmelitas- Caracas, Telf.: 58-212-506.10.14, Fax: 58-212- 506.15.57
  • Misión Permanente de Venezuela ante la ONU en Ginebra, 18-a, Chemin François-Lehmann, 1218 Grand-Saconnex, Ginebra. FAX: + 41.22.723.28.81; TEL.: + 41.22.717.09.40; + 41.22.717.09.42 E-mail: mission.venezuela@ties.itu.int

Favor escribir también a las Representaciones Diplomáticas de Venezuela en sus respectivos países.

Ginebra, 13 de febrero de 2009

Favor informarnos sobre cualquier acción emprendida, citando el código de este llamado en su respuesta.