Colombia
17.01.08
Intervenciones urgentes

Ejecución extrajudicial en Resguardo de Comunidad Embera Chamí

COL 170108

Ejecución extrajudicial / Hostigamiento / Violación del Derecho Internacional Humanitario (DIH) en particular del Principio de Distinción de Civiles

El Secretariado Internacional de la Organización Mundial Contra la Tortura (OMCT) solicita su intervención con carácter MUY URGENTE ante la siguiente situación en Colombia.

Descripción de la situación

El Secretariado Internacional de la OMCT ha recibido con preocupación informaciones de la Corporación Reiniciar, organización miembro de la red SOS-Tortura de la OMCT, sobre la ejecución extrajudicial llevada a cabo por miembros del ejército regular colombiano, del indígena con discapacidad mental, Sr. Cristian Largo Zapata, ocurrida en el Resguardo Nuestra Señora Candelaria de la Montaña, en zona rural del municipio de Riosucio, Departamento de Caldas.

De acuerdo con las informaciones, el 10 de enero de 2008, alrededor de las 10:30 de la mañana, tropas del Batallón Ayacucho acompañados de personal del Departamento Administrativo de Seguridad (DAS) y de personas uniformadas y encapuchadas irrumpieron en la vivienda de la indígena Rosa María Zapata, de 56 años de edad, ubicada en el mencionado resguardo, y le exigieron a la Sra. Rosa María: “que les dijera dónde estaba la guerrilla, que ellos tenían conocimiento de que por ahí estaban”, además le dijeron en voz baja “que si (ella) quería ganar plata”. Ella les dijo que no sabía nada, porque esa era la verdad.

A continuación uno de los soldados le dijo que ellos iban a registrar la casa argumentando “que les habían dicho que en esa vivienda (los guerrilleros) guardaban las armas”, procediendo a registrar la vivienda para luego preguntarle “dónde quedaba el camino para ir a la comunidad de la Esperanza” ante lo cual ella les indicó el camino. Pocos minutos después la Sra. Rosa María Zapata escuchó dos o tres disparos, y uno de los soldados volvió a la casa y le dijo que bajara para que reconociera “el guerrillero que ella tenía escondido…”.

Además, el soldado le dijo a la Sra. Zapata que “le entregara el arma que le había escondido al guerrillero que ellos habían matado”, ante lo cual ella respondió que “ella no tenía ninguna arma”. Luego, el soldado se fue sin volverle a decir que fuera a reconocer al supuesto guerrillero muerto, mientras la Sra. Rosa María Zapata se quedó llorando angustiada ya que su único hijo, Cristian Largo Zapata, de 22 años de edad y con discapacidad mental, se encontraba trabajando en la parcela precisamente del lado de donde se habían escuchado los disparos.

Impotente, la Sra. Rosa María buscó ayuda de los vecinos para que la acompañaran a identificar a la persona que los militares habían asesinado, pero los uniformados les dijeron a ella y a los vecinos que se marcharan del lugar porque“en cualquier momento se podría iniciar “la balacera” con la guerrilla”.

Ante la negativa de los militares para que la Sra. Rosa María ingresara al lugar de los hechos en los cuales murió su hijo, los vecinos buscaron la ayuda de integrantes del Cabildo del Resguardo de la Montaña quienes buscaron que se conformaron de inmediato una Comisión Humanitaria que estuvo integrada por las Autoridades de los Resguardos de Cañamomo Lomaprieta, San Lorenzo y Cauromá, y por el Coordinador del Consejo Regional Indígena de Caldas (CRIDEC), la cual llegó hacia las 5 de la tarde al lugar de los hechos, en donde constató la presencia de unidades del Batallón Ayacucho al mando del Teniente Contreras.

Ya en presencia de la Comisión Humanitaria, los militares informaron a la Sra. Rosa María Zapata lo que había sucedido con su hijo, aunque no le permitieron ver el cuerpo. No obstante, la Comisión si pudo acceder al lugar de los hechos donde procedió a tomar fotografías del lugar y del cuerpo del indígena asesinado, Sr. Cristian Largo Zapata.

El Secretariado Internacional de la OMCT al condenar estos hechos solicita a las autoridades militares que cesen toda práctica de ejecuciones extrajudiciales y a las autoridades colombianas que velen porque además, las primeras diligencias de carácter penal y el levantamiento de los cadáveres sean realizadas en el lugar de los hechos y por autoridades judiciales competentes, utilizando todas las técnicas y procedimientos legales, y que por ninguna razón sea la jurisdicción penal militar quien asuma la práctica de pruebas. Además, que los militares comprometidos en los mismos hechos se abstengan de trasladar los cuerpos de las víctimas a un lugar diferente de aquel donde sucedieron los acontecimientos.

La OMCT recuerda que éste es un nuevo caso de ejecución extrajudicial que se suma a los más de 200 casos atribuidos a la Fuerza Pública entre julio de 2006 y junio de 2007, casos que fueron presentados ante la Comisión Interamericana de Derechos Humanos (CIDH) de la OEA durante su 131 periodo de sesiones realizado en octubre de 2007.

La OMCT recuerda también que la CIDH otorgó en marzo de 2002 Medidas Cautelares a favor del Pueblo Emberá Chamí de Caldas y Risaralda y que el Ministerio de Defensa Nacional emitió la Directriz número 016 de octubre de 2006, dirigida a impedir la intromisión arbitraria de la Fuerza Pública en los territorios indígenas. Además, a través de la Directiva 010 de junio de 2007, y de su complemento 019 del 2 de noviembre de 2007, el Ministro de Defensa Nacional reiteró las obligaciones de las Fuerzas Militares como autoridades encargadas de hacer cumplir la ley e impartió instrucciones para evitar homicidios en persona protegida[1].

Acción solicitada

Favor escribir a las autoridades Colombianas con el fin de urgirlas a:

  1. llevar a cabo una investigación independiente, completa, exhaustiva e imparcial en torno a todos los hechos arriba mencionados, en particular a la ejecución extrajudicial del Sr. Cristian Largo Zapata, con el fin de identificar a los responsables, llevarlos ante un tribunal competente, independiente, justo e imparcial y aplicarles las sanciones penales, y/o administrativas previstas por la ley;
  2. tomar de manera urgente e inmediata las medidas necesarias para garantizar la seguridad y la integridad física y psicológica de la Sra. Rosa María Zapata, de todos los miembros de su familia, de los integrantes de la Comisión Humanitaria que denunció la muerte ocurrida en el Resguardo Nuestra Señora Candelaria de la Montaña, y en general de los habitantes del mencionado Resguardo de las zonas rurales de Riosucio, Caldas;
  3. otrogar una adecuada reparación a los miembros de la familia del Sr. Cristian Largo Zapata;
  4. dar cumplimiento inmediato a las recomendaciones dadas por los organismos internacionales y regionales de derechos humanos, incluyendo la Oficina de la Alta Comisionada para los Derechos Humanos;
  5. de manera general, garantizar el respeto por los derechos humanos y las libertades fundamentales en todo el país de conformidad con las normas internacionales de derechos humanos, en particular con la Convención Contra la Tortura, ratificada por Colombia.

Direcciones

  • Misión Permanente de Colombia ante las Naciones Unidas en Ginebra. Chemin du Champ d’Anier, 17-19, 1209 Ginebra, Suiza. FAX: + 41.22.791.07.87; TEL.:+ 41.22.798.45.55. E-mail: mission.colombia@ties.itu.int
  • Sr. Carlos Holmes Trujillo, Misión Diplomática en Bruselas: FAX: +32.2.646.54.91, E-mail: colombia@emcolbru.be
  • Doctor Álvaro Uribe Vélez, Presidente de la República, Cra. 8 # 7-26, Palacio de Nariño, Santa Fe de Bogotá. Fax:+57.1.566.20.71: auribe@presidencia.gov.co
  • Sr. Francisco Santos, Vicepresidente de la República, buzon1@presidencia.gov.co Tels.: +571334.45.07, +573.7720130, E-mail: fsantos@presidencia.gov.co ;
  • Dr. Carlos Franco, Director del Programa Presidencial de dd.hh y de Derecho Internacional Humanitario (DIH). E-mail: cefranco@presidencia.gov.co ; ppdh@presidencia.gov.co
  • Observatorio DDHH de Vicepresidencia: obserdh@presidencia.gov.co;
  • Dr. Fernando Ibarra, Asesor del Programa Presidencial de dd.hh y de DIH. Tel.: +57.1.336.03.11, FAX: +57.1.337.46.67, E-mail: fibarra@presidencia.gov.co
  • Dr. Volmar Antonio Pérez Ortiz, Defensor del Pueblo, Calle 55 # 10-32, Bogotá. Fax: + 57.1.640.04.91 E-mail: secretaria_privada@hotmail.com ; agenda@agenda.gov.co
  • Doctor Mario Hernán Iguarán Arana, Fiscal General de la Nación, Diagonal 22-B # 52-01, Bogotá. Fax: +57.1.570.20.00; +57.1.414.90.00, E-mail: contacto@fiscalia.gov.co; denuncie@fiscalia.gov.co
  • Dr. Edgardo José Maya Villazón, Procurador General de la Nación, Cra. 5 #. 15-80, Bogotá. Fax: +57.1.342.97.23; +571.284.79.49 Fax: +57.1.342.97.23; E-mail: cap@procuraduria.gov.co, E-mail: quejas@procuraduria.gov.co; webmaster@procuraduria.gov.co; cap@procuraduria.gov.co; reygon@procuraduria.gov.co; anticorrupcion@presidencia.gov.co
  • Dr. Juan Manuel Santos Calderón, Ministro de la Defensa, Avenida El Dorado con Cra. 52 CAN, Bogotá. Fax: +57.1.222.18.74; E-mail: siden@mindefensa.gov.co; infprotocol@mindefensa.gov.co; mdn@cable.net.co

Favor escribir también a las Representaciones Diplomáticas de Colombia en sus respectivos países.

Ginebra, 17 de enero de 2008.

Favor informarnos sobre cualquier acción emprendida, citando el código de este llamado en su respuesta.

[1] Ver: http://www.mindefensa.gov.co/descargas/Documentos_Home2/dir_19_07.pdf