Chile
07.01.08
Intervenciones urgentes

Excesivo uso fuerza policial_muerto estudiante_allanamientos en Comunidades Mapuche

Caso CHL 070108
Excesivo uso de la fuerza policial/ muerto estudiante mapuche / allanamientos comunidad

El Secretariado Internacional de la Organización Mundial Contra la Tortura (OMCT) solicita su intervención MUY URGENTE respecto a la siguiente situación en Chile.

Descripción de la situación

El Secretariado Internacional de la OMCT ha recibido con mucha preocupación informaciones de fuentes fidedignas sobre la muerte del estudiante miembro de la Comunidad mapuche, Sr. Matías Catrileo Quezada, en hechos ocurridos en el Fundo “Santa Margarita”, en la comunidad de Vilcún, a unos 30 kilómetros al este de la ciudad de Temuco, en la Región de la Araucania.

De acuerdo con las informaciones, el día jueves 3 de enero de 2008, hacia las 6 a.m., el Sr. Matías Catrileo Quezada, de 23 años de edad, estudiante de Agronomía en la Universidad de la Frontera, resultó muerto en momentos en que junto con un grupo de cerca de veinte comuneros mapuches, efectuaba una ocupación pacífica en el mencionado Fundo “Santa Margarita”, en Vilcún, predio que ancestralmente demanda dicha comunidad y que en la actualidad pertenece al particular Jorge Luchsinger. Según las denuncias, el grupo, en donde se encontraba el estudiante Matías Catrileo Quezada, entró al mencionado Fundo y habría procedido a quemar unos bultos (fardos) de pasto cuando fue atacado por miembros del Grupo de Operaciones Policiales Especiales (GOPE), perteneciente a Carabineros de Chile, quienes se encargan permanentemente de la protección policial del lugar, uno de los cuales disparó, según las denuncias con una subametralladora, causando la muerte de Matías Catrileo Quezada.

Por otra parte la OMCT ha recibido denuncias sobre varios allanamientos y abusos policiales cometidos el mismo día 3 de enero de 2008 en Comunidades Mapuche aledañas al predio en el que el estudiante Matias Catrileo resultó muerto. Según las informaciones, diversas familias mapuche fueron objeto del allanamiento de sus viviendas y parcelas ese día, por parte de la policía de carabineros, así como de los tratos abusivos y degradantes por parte de los agentes policiales, de los destrozos que estos ocasionaron en sus viviendas y sembrados, y de la sustracción de bienes por parte de los mismos funcionarios.

Según las denuncias, los allanamientos fueron realizados por fuertes contingentes policiales de hasta un centenar de efectivos que se desplazaban en buses, tanquetas y helicópteros, haciendo uso desproporcionado de la fuerza. En ninguna de esas oportunidades el grupo de Carabineros mostró alguna orden escrita para realizar los allanamientos y además, durante los operativos, los agentes policiales usaron epítetos racistas, tales como “entreguen a los indios delincuentes”, y otros.

En la Comunidad “Mariano Lleuful”, la vivienda del Sr. Héctor Canio Quidel fue allanada en cuatro oportunidades durante ese mismo día, entre las 9 a.m. y las 8 p.m. Según las denuncias el actuar de Carabineros fue brutal, ya que ingresaron a la vivienda derribando puertas, quebrando vidrios, dando vuelta todos los objetos, incluyendo una cama en que se encontraba durmiendo un niño de un (1) año de edad. Golpearon a su mujer la Sra. Inés Tralcal Llanquinao, derribándola de un puntapié. Lo mismo sucedió a su madre, la anciana Sra. Francisca Quidel Painemil. Las informaciones recuerdan que la misma morada ya había sido allanada el 2005.

En la misma Comunidad, la vivienda de los Sres. Adela Marilaf y Arturo Tralcal fue allanada por un grupo de cerca de 80 efectivos que entró en su propiedad hacia las 9 a.m. del mismo día, abriendo la puerta con violencia, registrando la misma y realizando destrozos en su interior.

La vivienda, aledaña a la anterior y habitada por los Sres. Mario Tralcal, y Josefina Quidel, ancianos de cerca de 70 años de edad, fue allanada violentamente en cuatro oportunidades durante ese día por Carabineros, quienes rompieron cercos, sus habitantes fueron amenazados con metralletas, empujados, y violentados con epítetos racistas. Cabe señalar que la Sra. Josefina Quidel padece de cáncer, habiendo sido operada hace un par de meses, cuestión que fue señalada a Carabineros, sin que ello alterara en nada el proceder de los funcionarios policiales. En la vivienda se encontraba el nieto de ellos el niño Fabián Tralcal, de doce años de edad, quien recibió una bofetada de parte de un Carabinero. Además, los agentes se llevaron mochilas, bolsos y un cuchillo de casa, a pesar de los ruegos de los ancianos de que no lo hicieran.

Por otra parte, en la Comunidad “Juan de Dios Quidel Córdoba” fue allanada la vivienda del Sr. José Tralcal Coche por Carabineros, hacia las 9 a.m. de ese día. Su mujer, la Sra. María Lleuful fue tomada con violencia por el brazo, recibiendo además culatazos de fusil por la espalda. Carabineros entró a la morada en que dormían aún sus cuatro hijos, de 18 a 5 años de edad, y procedió a registrarla botando por el suelo objetos sin respeto alguno. Los niños fueron tratados brutalmente, obligándoles a identificarse. Carabineros destrozó los cercos del campo, ingresando al lugar con tanquetas, destrozando los sembrados de subsistencia que la familia tiene en ellos. Luego regresaron en cuatro oportunidades hasta las 8 p.m. Sustrajeron además una mochila con ropa de los menores.

La OMCT recuerda que la institución Carabineros de Chile ya ha sido denunciada por el uso excesivo de la fuerza, lo cual ha causado la muerte de otras personas como la del Sr. Edmundo Alex Lemún Saavedra[1], otro activista mapuche, y también la del Sr. Rodrigo Cisternas[2], joven trabajador forestal de la octava región, quien se encontraba en huelga exigiendo un mejor salario.

La OMCT manifiesta además su preocupación debido a las informaciones que denuncian que, nuevamente, el Ministerio Público se habría declarado incompetente para investigar y sancionar los hechos en torno a la muerte del estudiante mapuche Matías Catrileo Quezada, dejando el caso en manos de un fiscal militar. En efecto, la OMCT recuerda que anteriormente, se derivó a la Fiscalía Militar de Angol la investigación por el caso de la muerte del joven mapuche Edmundo Alex Lemún Saavedra, debido a que en esa ocasión, l

a Fiscalía Regional del Ministerio Público se declaró incompetente para continuar con la misma investigación[3].

La OMCT, al manifestar su profunda preocupación por estos hechos de extrema violencia, recuerda que el Comité de Derechos Humanos recomendó en 2007 al Estado Chileno: «tomar medidas inmediatas y eficaces para poner fin a esos abusos, vigilar, investigar y cuando procesa, enjuiciar y sancionar a los funcionarios de la policía que cometan actos de malos tratos en contra de grupos vulnerables». La OMCT recuerda además que actualmente, Chile es objeto de examen por parte de la Comisión Interamericana de Derechos Humanos (CIDH) por el caso Poluco Pidenco que se refiere a la condena que afecta a la Sra. Patricia Troncoso y a otros tres presos de la Comunidad Mapuche[4].

La OMCT manifiesta su preocupación por la seguridad, y por la integridad física y psicológica de los familiares del estudiante muerto en los hechos arriba denunciados y en general por todos los miembros de las comunidades arriba mencionadas y solicita a las autoridades chilenas investigar sobre la indebida aplicación de la Ley de Seguridad Nacional y la Ley Antiterrorista por parte de los agentes encargados de hacer cumplir la ley, en particular en este caso por parte de Carabineros.

Acción solicitada

Favor escribir a las autoridades de Chile urgiéndolas a:

  1. tomar las medidas más adecuadas para garantizar la seguridad y la integridad física y psicológica de los miembros de la familia del estudiante mapuche Matías Catrileo Quezada;
  2. tomar las medidas más adecuadas para garantizar la seguridad y la integridad física y psicológica de los Sres. Héctor Canio Quidel, Inés Tralcal Llanquinao, Francisca Quidel Painemil, Adela Marilaf, Arturo Tralcal, Mario Tralcal, Josefina Quidel, Fabián Tralcal, José Tralcal Coche, y María Lleuful, y en general de todos y cada uno de los miembros de las comunidades arriba mencionadas, y proporcionarles de suma urgencia la atención médica adecuada y gratuita que el estado de cada una de estas personas requiera;
  3. llevar a cabo una investigación exhaustiva, independiente e imparcial por parte de instancias civiles, acerca de las circunstancias de la muerte del estudiante mapuche Matías Catrileo Quezada, y de las demás violaciones de derechos humanos arriba denunciadas, con el fin de identificar a los responsables, llevarlos ante un tribunal independiente, justo e imparcial y aplicarles las sanciones penales, y/o administrativas previstas por la ley;
  4. otorgar una adecuada reparación a todos los miembros de la familia del estudiante Matías Catrileo Quezada, y a las demás víctimas de violaciones arriba denunciadas;
  5. de manera general garantizar en todo el país y en todas las circunstancias el respeto por los Derechos Humanos y las libertades fundamentales de conformidad con las leyes internacionales sobre Derechos Humanos.

Direcciones

  • Sra. Michelle Bachelet Jeria, Presidenta de la República, Palacio de La Moneda, Santiago, Chile. Fax: (+562) 690 4958, opinion@presidencia .cl, internet@presidencia.cl , mhansen@presidencia.cl
  • Sra. Paulina Veloso Valenzuela, Ministra Secretaría General de la Presidencia, Palacio de La Moneda, 1160 Entrepiso, Santiago, Chile, fax: + 562. 69.04.329, gjoignant@minsegpres.cl
  • Sr. Belisario Velasco Barahona, Ministro del Interior, Palacio de la Moneda s/n, Santiago de Chile, fax: (+562) 69 68 740, lguzmanp@interior.gov.cl
  • Sr. Isidro Solís Palma, Ministro de Justicia, Morandé 107, Santiago Casilla 21, Santiago, Chile, fax: (+562) 698 70 98, minju@reuna.cl; minju@minjusticia.cl ; rmadrid@minjusticia.cl
  • Sr. Alejandro Foxley Rioseco, Ministro de Relaciones Exteriores, Catedral 1158, Piso 3, Santiago, Chile, fax: (+562) 696 87 96, minrel@minrel.cl; mdelaguarda@minrel.gov.cl
  • Sr. Tucapel Jiménez F., Presidente Comisión de DDHH, Nacionalidad y Ciudadanía de la Cámara de Diputados, tjimenez@congreso.cl
  • Senador Sr. Carlos Ignacio Kuschel Silva, Presidente de las Comisión de DDHH, Nacionalidad y Ciudadanía del Senado, ddhhsen@senado.cl
  • Misión Permanente de Chile ante las Naciones Unidas en Ginebra, 58, Rue de Moillebeau (4º piso), CH-1209, Ginebra, fax: + 4122.734.52. 97, misionchile@misginchile.org
  • Misión de Chile ante la Unión Europea, 106 Rue des Aduatiques, 1040 Bruselas, Bélgica, Fax.: +32 (02) 736 49 94, embachile@embachile.be

Favor escribir también a las Representaciones Diplomáticas de Chile en sus respectivos países.

Ginebra, 07 de enero de 2008

Agradeceremos informarnos de toda acción emprendida, indicando el código del presente llamado en su respuesta.

[1] Según las denuncias, el 7 de noviembre de 2002, el comunero mapuche Edmundo Alex Lemún Saavedra, resultó gravemente herido por un balín metálico disparado con una escopeta antidisturbios, en medio de un enfrentamiento entre comuneros y la policía uniformada, también durante una ocupación de terrenos por parte de un grupo mapuche, que se registró en el fundo Santa Alicia perteneciente a la forestal Mininco. El joven Alex Lemún permaneció cinco días internado en la Unidad de Tratamientos Intensivos (UTI) de la Clínica Alemana de Temuco, y murió en el mismo centro asistencial la mañana del 13 de noviembre de ese año.

[2] ver Llamado Urgente OMCT CHL 080507.DESC, emitido el 8 de mayo de 2007.

[3] En el caso de la muerte de Alex Lemún Saavedra no han sido sancionados los culpables, ya que aunque el 29 de agosto de 2003 se formularon cargos, por "violencia innecesaria con resultado de muerte", contra el Mayor Marco Aurelio Treuer Treuer, quien dirigió la operación en la que murió el mencionado joven Alex Lemún, éste apeló ante la Corte Marcial la cual retiró los cargos contra él, quien continúo en servicio dentro de Carabineros y fue posteriormente trasladado a la ciudad de Rancagua.
En el mes de marzo de 2005 se decretó el cierre de la investigación por la muerte de Alex Lemún Saavedra. La Justicia Militar que conoció del caso, decidió que en este hecho no hay delito, porque —según la defensa esgrimida por el policía— habría disparado contra el menor de edad en defensa propia. Esto, aunque no existen en la acuciosa investigación antecedentes de más disparos que los que ejecutaron los policías, dejando sin sanción alguna a los responsables por esta muerte.

[4] Ver Llamados Urgentes OMCT CHL 181207 y seguimiento CHL 181207.1 emitido el 07 de enero de 2008 y Comunicado de Prensa OMCT, difundido el 30 de octubre de 2007.