Ecuador
19.10.07
Intervenciones urgentes

Ecuador: Excesivo uso de la fuerza contra manifestantes, un muerto

ECU 191007/ ECU 191007.DESC
CAMPAÑAS URGENTES / DERECHOS ECONOMICOS, SOCIALES Y CULTURALES
Excesivo uso de la fuerza policial / Asesinato / Presuntas torturas y malos tratos

El Secretariado Internacional de la Organización Mundial Contra la Tortura (OMCT) solicita su intervención URGENTE ante la siguiente situación en Ecuador.

Descripción de la situación

El Secretariado Internacional de la OMCT ha recibido con gran preocupación informaciones de fuentes confiables y de Antenna Internacional, organización miembro de la red SOS-Tortura, sobre el excesivo uso de la fuerza utilizada, según las denuncias, por miembros del Ejército ecuatoriano, contra manifestantes, lo cual resultó en la muerte del Sr. Segundo Francisco Loor Intriago, y en los malos tratos y presuntas torturas contra el Sr. Juan Carlos Esmeraldas Alcívar, en hechos ocurridos en la Parroquia de Tiguino, sur de Orellana, región de la Amazonia ecuatoriana.

De acuerdo con las informaciones, el 4 de octubre de 2007, hacia las 14h30, resultó muerto el Sr. Segundo Francisco Loor Intriago, de 37 años de edad, al recibir un disparo de arma de fuego en el abdómen, en momentos en que los campesinos de su comunidad se manifestaban pacíficamente para reclamar a la empresa Petrobell la reparación de los daños causados a más de 30 fincas, cuyas familias utilizan el agua del río Cristal para sus necesidades y las necesidades de sus animales domésticos, daños debidos a la contaminación del río Cristal por el derrame de petróleo y agua de formación del pozo Tiguino 3 en el Sur de Orellana, sector limítrofe con Pastaza.

Según las informaciones los familiares del Sr. Segundo Loor Intriago, originario de Quinindé, Esmeraldas, habrían presentado ante la Fiscalía de la jurisdicción en el Coca la denuncia formal por su muerte. Se ha denunciado que la bala, de la cartuchera mosbert calibre doce, que causó la muerte del Sr. Loor Intriago habría sido disparada por los militares que trataban de amedrentar a los campesinos que se encontraban reclamando de forma pacífica a la empresa Petrobell y se ha explicado también que ninguno de los campesinos tenía armas ya que los campesinos no utilizan ese tipo de cartucheras repetidoras, porque son muy costosas y además son imposibles de conseguir en el mercado.

Durante los mismos hechos, el ciudadano Juan Carlos Esmeraldas Alcívar, de 29 años de edad, habría sido objeto de malos tratos y torturas, sobre los cuales no conocemos mayores informaciones, propiciadas, según las denuncias, por miembros de las Fuerzas Armadas y personal de guardia de la compañía Petrobell, dirigidas por un ex Coronel de nombre Fausto Bravo. Según las informaciones, el Sr. Esmeraldas Alcívar fue detenido por militares, maltratado bajo la acusación de supuestamente haber disparado una pistola de 9 mm, y posteriormente fue entregado a la policía de Orellana, quien luego lo puso en libertad luego que la autoridad municipal, la alcaldesa de Francisco de Orellana, le otorgara un Hábeas corpus.

Contexto y antecedentes de la situación

De acuerdo con las informaciones, la comunidad Cristalino de la Parroquia Tigüino se ha manifestado mantenido una medida de hecho, consistente en impedir el ingreso de un taladro de perforación petrolera (conocido con el nombre de « chivo ») al pozo Tiguino 3, como forma de reclamo por un derrame de petróleo y agua de formación en dicho lugar, que ha causado una seria contaminación ambiental del río Cristal, lo cual impide que los ciudadanos de la comunidades de Tiguino, Loma del Tigre y Cristalino, tengan acceso al agua en condiciones humanas y saludables.

La realización de ésta medida de hecho provocó la reacción inmediata de la Compañía Petrobell que, apoyada por la Fuerza Militar realizó un operativo de desalojo de los manifestantes, desalojo que trajo las consecuencias arriba anotadas.

La OMCT recuerda que la utilización de la fuerza militar para disolver marchas, plantones y otras medidas de hecho, ya han sido utilizadas en los últimos tiempos por las compañías transnacionales y nacionales de explotación petrolera bajo el argumento de dar seguridad a sus instalaciones. La OMCT recuerda que la Constitución ecuatoriana no garantiza ni faculta la participación de las Fuerzas Armadas en tareas de "Orden Público", menos aún si las zonas en donde se llevan a cabo estas medidas de hecho no están declaradas como zonas en estado de emergencia.

Además, estos hechos de violencia desproporcionada, en los cuales han participado miembros de las Fuerzas Armadas en tareas de "desalojo" han sido reiterativos y sistemáticos en los últimos meses. A este respecto las informaciones denuncian los hechos ocurridos el mes de noviembre de 2006 en la Parroquia La Belleza, y posteriormente, durante el mes de junio de 2007 en Cuyabeno, y en Pindo, señalando que en cada uno de estos hechos se han presentado graves acusaciones en contra de miembros de las Fuerzas Armadas que han participado en estos operativos, por tortura y agresión física contra ciudadanos civiles.

El Secretariado Internacional de la OMCT, al condenar firmemente estos graves hechos, manifiesta su preocupación por la seguridad y la integridad física y psicológica de todos los pobladores de las comunidades de Tiguino, Loma del Tigre y Cristalino, y por tanto solicita a las autoridades ecuatorianas que tomen de manera urgente todas las medidas necesarias con el fin de garantizar las mismas.

El Secretariado Internacional de la OMCT recuerda también que el gobierno ecuatoriano tiene el deber garantizar que se respeten las normas internacionales de derechos humanos, especialmente los Principios Básicos de la ONU sobre el Empleo de la Fuerza y de Armas de Fuego por los Funcionarios Encargados de Hacer Cumplir la Ley, los cuales manifiestan, en su Principio 9, que: “Los funcionarios encargados de hacer cumplir la ley no emplearán armas de fuego contra las personas salvo en defensa propia o de otras personas, en caso de peligro inminente de muerte o lesiones graves (…). En cualquier caso, sólo se podrá hacer uso intencional de armas letales cuando sea estrictamente inevitable para proteger una vida.”.

La OMCT, teniendo en cuenta que los graves hechos arriba denunciados ocurrieron en el marco del reclamo por la contaminación de la principal fuente acuífera de las mencionadas comunidades, recuerda que: el Comité de Derechos Económicos, Sociales y Culturales, en su 29º período de sesiones llevado a cabo en Ginebra, del 11 al 29 de noviembre de 2002, en cuanto a las Cuestiones Sustantivas que se Plantean en la Aplicación del Pacto Internacional de Derechos Económicos, Sociales y Culturales (PIDESC) sobre el derecho al agua, manifestó que: “El agua es un recurso natural limitado y un bien público fundamental para la vida y la salud. El derecho humano al agua es indispensable para vivir dignamente y es condición previa para la realización de otros derechos humanos” (Art. 1), agregando además que: “(…) La higiene ambiental, como aspecto del derecho a la salud amparado por el apartado b) del párrafo 2 del artículo 12 del Pacto, entraña la adopción de medidas no discriminatorias para evitar los riesgos para la salud que representa el agua insalubre y contaminada por sustancias tóxicas. (…) los Estados Partes deben garantizar que los recursos hídricos naturales estén al abrigo de la contaminación por sustancias nocivas y microbios patógenos (Art. 8) (…)” (Ver E/C.12/2002/11, del 20 de enero de 2003, en: http://daccessdds.un.org/doc/UNDOC/GEN/G03/402/32/PDF/G0340232.pdf?OpenElement .

La OMCT subraya además que, con frecuencia, la pobreza, la desigualdad social, la discriminación, y en general y otras violaciones de los Derechos Económicos, Sociales y Culturales, conllevan la ocurrencia de graves violaciones de los derechos humanos y represión, incluyendo malos tratos y tortura[1].

Acción solicitada:

Favor escribir a las autoridades de Ecuador urgiéndolas a:

  1. i. tomar de manera urgente las medidas más apropiadas para garantizar la seguridad y la integridad física y psicológica del Sr. Juan Carlos Esmeraldas Alcívar, incluyendo la atención médica adecuada y gratuita que él requiera;
  2. ii. tomar las medidas más apropiadas para garantizar la seguridad y la integridad física y psicológica de los miembros de las respectivas familias de los Sres. Segundo Francisco Loor Intriago y Juan Carlos Esmeraldas Alcívar, y en general de todos los miembros de las comunidades arriba mencionadas;
  3. iii. ordenar una investigación independiente, inmediata, exhaustiva e imparcial en torno al asesinato del Sr. Segundo Francisco Loor Intriago, y a los malos tratos, y presuntas torturas contra el Sr. Juan Carlos Esmeraldas Alcívar, con el fin de identificar a los responsables, llevarlos ante un tribunal competente, independiente, justo e imparcial y aplicarles las sanciones penales, y/o administrativas previstas por la ley;
  4. iv. garantizar el respeto por los derechos humanos y las libertades fundamentales en todo el país en conformidad con las normas internacionales de derechos humanos, en particular con la Convención contra la Tortura y con el Pacto Internacional de Derechos Económicos, Sociales y Culturales (PIDESC) ratificados por Ecuador.

Direcciones

  • Misión Permanente de Ecuador ante las Naciones Unidas en Ginebra. 145, Rue de Lausanne, 1202, Ginebra. Tél.: + 41.22.731.48.79; Fax: + 41.22.738.26.76 E-mail: mission.ecuador@ties.itu.int;
  • Embajada de Ecuador en Bruselas, 363 avenue Louise, 1050 Ixelles, Bélgica. Fax: + 32 2 644 28 13. Email: amb.equateur@skynet.be;
  • Sr. Rafael Correa Delgado, Presidente de la República, Palacio de Gobierno, García Moreno y Chile 1043, Quito, Ecuador. Fax:. +593.2.258.07.35; +593.2.258.07.79; + 593.2.258.07.61. E-mail: despresi@presidencia.ec-gov.net;
  • Sr. Gustavo Larrea, Ministro de Gobierno y Policía, Benalcazar y Espejo, Quito, Ecuador. E-mail: informacion@mingobierno.org.ec Teléfonos : 593.2.295.56.66 / 295.86.77 Fax: + 593.2.258.00.67 / 10.30
  • Sr. Francisco Cucalón, Fiscal General de la Nación, Av. Eloy Alfaro N32 240 y República, Quito, Ecuador. Fax: + 593.2.255.85.65 / 94.47 E-mail: fiscalia@uio.satnet.net
  • Sr. José Vinueza, Comandante General de la Policía Nacional, Ramírez Dávalos 612 y Av. 10 de Agosto, Quito, Ecuador. Fax: + 593.2.250.60.66
  • Dra. Lorena Escudero Durán, Ministra de Defensa Nacional, Av. Maldonado parque La Recoleta, Quito, Ecuador. Correo electrónico: midenasocial@org, Teléfonos: +593.2.295.20.43 Fax: + 593.2.258.04.31
  • Jefe del Comando Conjunto de las Fuerzas Armadas, La Exposición 208, parque La Recoleta, Quito, Ecuador Fax: + 593 2258.33.94

Favor escribir también a las Representaciones Diplomáticas de Ecuador en sus respectivos países.

Ginebra, 19 de octubre de 2007

Favor informarnos sobre cualquier acción realizada acerca del presente caso, citando el código del presente llamado en su respuesta.

[1] Ver estudio: Attacking the Root Causes of Torture, An Interdisciplinary Study, « Poverty, Inequality and Violence ».
Preface by Ms. Louise Arbour, UNITED NATIONS HIGH COMMISSIONER FOR HUMAN RIGHTS
Edited by Thomas E. McCarthy, OMCT, September 2006.
[Atacando la raíz del problema de la tortura, “Pobreza, desigualdad y violencia”, Un estudio interdisciplinario].