México
06.05.16
Intervenciones urgentes

Denegación del acceso a tratamiento médico, malos tratos y hostigamiento judicial en contra de Librado Jacinto Baños Rodríguez

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LLAMADO URGENTE - ELOBSERVATORIO

MEX 005 / 0516 / OBS039

Detención arbitraria / Malos Tratos /

Denegaciónde acceso a tratamiento médico

Hostigamientojudicial

México

6 de mayode 2016

El Observatorio para la Protección de los Defensores de Derechos Humanos,programa conjunto de la Organización Mundial Contra la Tortura (OMCT) y de laFederación Internacional de Derechos Humanos (FIDH), solicitasu intervención urgente ante la siguiente situación en México.

Descripción de la situación:

El Observatorio ha recibido con gravepreocupación información de fuentes fidedignas sobre ladenegación del acceso a tratamiento médico a pesar de la gravedad de su estadode salud, y de los malos tratos y el hostigamiento judicial en contra del Sr. Librado Jacinto Baños Rodríguez,defensor de derechos humano, asesor comunitario y abogado, así como fundador dela Unión Cívica Democrática de Barrios Colonias y Comunidades (UCIDEBACC) enPinotepa Nacional, Oaxaca.

LibradoJacinto Baños Rodríguez fue detenido de manera ilegal y arbitraria el 25 deagosto del 2013, cuando un operativo mixto de policías, ejercito y marina entróa su domicilio sin orden de cateo ni de aprensión. Los elementos registraron eldomicilio, sustrajeron objetos de valor de la familia y se llevaron al defensorcon importantes niveles de violencia en contra suya y de su hijo menor de edad.Su detención y procesamiento parecen estar motivados por su activa defensa de los derechosde los pueblos indígenas y afrodescendientes en la región, particularmente susderechos a la educación, la salud, la alimentación y la vivienda. ElSr. Baños se enfrenta a cargos por la supuesta comisión de los delitos de uso indebido deinsignias y siglas de uso reservado para una corporación policial, privaciónilegal de libertad en modalidad de secuestro y posesión de armas de fuego deuso exclusivo del Ejército, Armada y Fuerza Aérea. A partirde su detención, las irregularidades procesales han sido constantes. La etapade instrucción del proceso judicial que se encuentra en el Juzgado 8º Federal de Distritocon sede en la Ciudad de Oaxaca de Juárez está porcerrarse. El defensor sigue detenido enel Penal de Santa María Ixcotel del Estado de Oaxaca. . Esimportante destacar que dicha detención fue declarada como arbitraria en la Opinión 19/2015de 13 de Julio de 2015 del Grupo de Trabajo de Naciones Unidas sobre laDetención Arbitraria.

Según lainformación recibida, el Sr. Librado Jacinto Baños Rodríguez ha experimentadoun grave deterioro de su salud y la casi pérdida de la vista ante la negativade las autoridades de Oaxaca de garantizar su derecho a acceder a tratamientomédico adecuado. La situación actual es producto directo devarias violaciones de derechos humanos en su contra por parte de funcionariosdel Penal de Santa María Ixcotel en junio de 2015. Cuando el Sr. BañosRodríguez fue operado de su ojo derecho el 26 de junio de 2015, fue golpeadopor los guardias del penal, fue sometido a aislamiento y le fue denegado eltratamiento médico que necesitaban sus ojos para que la operación cumpliera sufunción de detener la pérdida de visión. Gracias al apoyo del médicoparticular, se le aplicó la inyección intraocular necesaria y se recetaron losmedicamentos para detener el deterioro y por consiguiente la pérdida de visión.Sin embargo, pese a que los medicamentos se entregaron a las autoridades delcentro penitenciario éstos no fueron entregados al defensor hasta después de laintervención del organismo autónomo, Defensoría de los Derechos Humanos delPueblo de Oaxaca (DDHPO) lo cual nos habla de la clara negligencia de éstasautoridades.



ElObservatorio muestra su preocupación por la inaceptable falta de actuación porparte de las autoridades de Oaxaca que, en un cúmulo de despropósitos, no sólova en contra de los estándares internacionales en materia de condiciones dereclusión de personas privadas de libertad[1],sino también de la propia legislación mexicana, en contra de medidas deprotección dictadas por instancias estatales y de decisiones judiciales enMéxico, y en contra de la Opinión 19/2015 del Grupo de Trabajo sobre laDetención Arbitraria de la ONU que, aparte de requerir su liberación, impuso alas autoridades mexicanas la atención inmediata de la salud del Sr. BañosRodríguez.

El Articulo30 de la Ley de Ejecución de Sanciones Privativas y Medidas Restrictivas deLibertad para el Estado de Oaxaca dispone que “… el servicio médico deberáocuparse del estudio, tratamiento y control de los reclusos”, incluyendotratamiento médico-quirúrgico y tratamiento dental”.

Además, eldefensor cuenta con una Medida Cautelar emitida desde el año pasado por laDDHPO que no está siendo implementada dado que el Gobierno del Estado deOaxaca, a través de su representación en la Coordinación para la Atención delos Derechos Humanos del Pueblo de Oaxaca, no ha cumplido los compromisosadquiridos en las mesas de seguimiento. Ante la grave situacion de salud, laDDHPO volvió a solicitar el pasado 30 de abril de 2016 “que el defensor seaingresado a un hospital hasta que se recupere del padecimiento que le aqueja”,a lo cual las autoridades de Oaxaca reaccionaron alegando por enésima vez quela petición debería dirigirse al juez.

Sin embargo,esta falta de actuación por parte del Estado de Oaxaca también va en contra delo dictado por el propio sistema de justicia mexicana puesto que el Juez Octavode Distrito en el Estado de Oaxaca mediante auto de fecha 18 de agosto del 2015notificó al estado que “…por lo que hace a su integridad fisica y mental elsalvaguardo de dicha circunstancia corresponde a la autoridad penitenciaria delcentro donde se encuntra recluido”.

El Observatorio muestra supreocupación por la existencia de un patrón de detenciones arbitrarias contrapersonas defensoras de derechos humanos en represalia por su labor, y de noimplementación de las recomendaciones del Grupo de Trabajo de la ONU sobre laDetención Arbitraria, cuando éste emite su Opinión. Este patrón se ha repetidoen hasta cinco ocasiones[2] en el lapso de unaño y afecta a otros 4 defensores y defensoras: Damián Gallardo Martínez[3], Pedro Celestino Canché Herrera, Enrique Guerrero Aviña y Nestora Salgado García.

El Observatoriocondena de forma enérgica la denegación del tratamiento médico que el Sr.Librado Baños Rodríguez necesita, y hace un llamamiento a las autoridadesmexicanas para que estos hechos no queden impunes y para que de forma inmediatagaranticen su tratamiento médico y pongan fin a su detención arbitraria.

Antecedentes

Según lamisma información, las violaciones a los derechos humanos del Sr. Librado BañosRodriguez no se limitan únicamente a la denegación de su derecho a acceder atratamiento médico adecuado, sino que ha sido confinado a áreas de aislamientoen el interior del penal a través de procedimientos administrativos arbitrariosque justificaban el aislamiento, a condiciones insalubres, y a tratos crueles,inhumanos y degradantes por parte de los custodios e incluso servidorespúblicos de la dirección de reinserción social. Pese a que existen amparosganados, resoluciones del juez de la causa y averiguaciones previas contraestos servidores públicos, ninguna persona ha sido detenida por el momento comoresponsable de dichos hechos.

Acción solicitada:

Por favor, escriban a las autoridades de México instándolas a:


i.Garantizar de forma inmediata el acceso del Sr. LibradoJacinto Baños Rodríguez a tratamiento médico y a hospitalización hasta que susalud se estabilice, así como tomar todas lasmedidas necesarias para garantizar su integridad física y psicológica, y engeneral la de todos los defensores de derechos humanos en México;

ii. Liberar de forma inmediata al Sr. LibradoJacinto Baños Rodríguezy poner fin a todo tipo de hostigamiento judicial en su contra, así como encontra;

iii. Respetar todas las recomendaciones de laOpinión 19/2016 del Grupo de Trabajo sobre la Detención Arbitraria de la ONUincluyendo las medidas para la reparación de las injusticias cometidas encontra del Sr. Librado Jacinto Baños Rodríguez;

iv. Llevara cabo una investigación inmediata, independiente, exhaustiva, efectiva eimparcial en torno a todos los hechos arriba denunciados, con el fin de que losresponsables sean llevados ante un tribunal competente, independiente, justo eimparcial, y les sean aplicadas las sanciones penales, civiles y/oadministrativas previstas por la ley, incluyendo el cese de sus cargos de losfuncionarios y responsables políticos responsables de las negligencias;

v. Velarpor que se ponga fin a todo tipo de hostigamiento y amenazasen contra del Sr.Baños y, en general, en contra de todos los defensores dederechos humanos en México;

vi.Asegurar la aplicación de lo dispuesto por la Declaración sobre los Defensores de los Derechos Humanos, adoptada por la Asamblea General de la ONU el 9 de diciembre de 1998, en particular en lo referente al:

- Artículo1: “Toda persona tiene derecho, individual o colectivamente, a promover y procurar la protección y realización de los derechos humanos y las libertades fundamentales en los planos nacional e internacional

- Artículo5.a: “A fin de promover y proteger los derechos humanos y las libertadesfundamentales, toda persona tiene derecho, individual o colectivamente, en elplano nacional e internacional a reunirse o manifestarse pacíficamente”

- Artículo12.2: “El Estado garantizará la protección por las autoridadescompetentes de toda persona, individual o colectivamente, frente a toda violencia, amenaza, represalia, discriminación, negativa de hecho o de derecho, presión o cualquier otra acción arbitraria resultante del ejercicio legítimo de los derechos mencionados en la presente Declaración;

vii. Demanera general, y garantizar el respeto por los derechos humanos y laslibertades fundamentales en todo el país de conformidad con las normasinternacionales de derechos humanos ratificadas por México.


Direcciones:

· Sr. Presidente Enrique Peña Nieto,Residencia Oficial de los Pinos, Casa Miguel Alemán, Col. San Miguel Chapultepec,C.P. 11850, México DF. FAX: (+52) 55 5093 4901; E-mail: enrique.penanieto@presidencia.gob.mx

· Lic. Miguel Ángel Osorio Chong, Secretariode Gobernación (Ministro del Interior) Bucareli 99, 1er. piso, Col. Juárez,Delegación Cuauhtémoc, México D.F., C.P. 06600, México, FAX + (+52) 55 5093 3414 E-mail: secretario@segob.gob.mx

· Lic. Arely GómezGonzález, Procurador General de la República, Av. Paseo de la Reforma 211-213,Col. Cuauhtémoc Distrito Federal, México. E-mail: arely.gomez@pgr.gob.mx

· Sr.Roberto Campa Cifrián, Subsecretaria de Asuntos Jurídicos y Derechos Humanos dela Secretaría de Gobernación, Bucareli 99, 1er. piso, Col. Juárez, DelegaciónCuauhtémoc, México D.F., C.P. 06600, México. Fax: (+52) 55 5728 7400 Ext.24586. E-mail: rcampa@segob.gob.mx

· Dr. Luis Raúl González Pérez, Presidente dela Comisión Nacional de Derechos Humanos, Edificio “Héctor Fix Zamudio”, Blvd.Adolfo López Mateos 1922, 6°piso, Col. Tlacopac San Ángel, Delegación ÁlvaroObregón, C.P. 01040. Fax: (+52) 55 36 68 07 67. E-mail: correo@cndh.org.mx

· Sr. Lic. Gabino CuéMonteagudo, Gobernador del Estado de Oaxaca. Palacio de Gobierno (Planta Alta),Plaza de la Constitución, Centro Oaxaca de Juárez, Oaxaca, CP 68000, México.Email: gobernador@oaxaca.gob.mx

· Lic. Héctor JoaquínCarrillo Ruiz, Fiscal General del Estado de Oaxaca, Centro Administrativo delPoder Ejecutivo y Judicial Gral. Porfirio Díaz, Soldado de la Patria, EdificioJesús Chu Rasgado, nivel 2, Reyes Mantecón, 71257 Oaxaca, Mexico. E-mail: oaxacapgje@gmail.com

· Lic. Arturo Peimbert Calvo,Defensor de Los Derechos Humanos Del Pueblo De Oaxaca, Calle de los DerechosHumanos No. 210. Col. América. C. P. 68050. Oaxaca, Oaxaca, México. E-mail : defensoria@derechoshumanosoaxaca.org,quejas@derechoshumanosoaxaca.org,visitaduria@derechoshumanosoaxaca.org.

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