Colombia
30.01.07
Intervenciones urgentes

Muerte de indígena y heridos dos niños por fuego de ejército en el Valle

Caso COL 300107 / COL 300107.CC
DERECHOS DEL NIÑO
Violaciones del principio de distinción de civiles consagrado en las normas del derecho internacional humanitario (DIH) / heridos dos niños / detenciones arbitrarias

El Secretariado Internacional de la Organización Mundial Contra la Tortura (OMCT) solicita su intervención con carácter MUY URGENTE ante la siguiente situación en Colombia.

Descripción de la situación

El Secretariado Internacional de la OMCT acaba de recibir con gran preocupación informaciones del Comité Permanente por la Defensa de los Derechos Humanos, organización miembro de la red SOS - Tortura, sobre la ocurrencia de graves violaciones de los derechos humanos contra pobladores de zonas rurales del municipio de Florida (Departamento del Valle del Cauca), entre ellos un ataque armado, en el cual resultó muerto el Sr. Fabio Ramírez y heridos los niños Claudia Aponte y Cristian Agredo, así como la Sra. Alicia Aponte.

De acuerdo con las informaciones, el 23 de enero de 2007, en horas de la noche, entre las 6h30 y las 7h00 p.m, en momentos en que varios pobladores e indígenas de la zona se movilizaban en un bus escalera, conocido comúnmente con el nombre chiva, en el área rural de Florida, fueron agredidos por militares adscritos al Batallón Codazzi de Palmira quienes con ráfagas de fusil dispararon contra el mencionado bus escalera, ocasionando la muerte del conductor del mismo Sr. Fabio Ramírez y dejando heridos a los niños Claudia Aponte de cinco años de edad, quien quedó en delicado estado, Cristian Agredo Aponte de 13 años, y a una mujer de nombre Alicia Aponte.

Según las informaciones, luego de ocurridos los hechos, miembros de la guardia indígena retuvieron temporalmente a doce de los cerca de treinta militares que participaron en la operación, con el fin de solicitarles claridad sobre estos acontecimientos y pedirles respeto a la vida e integridad de sus comunidades, en el marco del Derecho Internacional Humanitario (DIH), en el cual se exige el respeto para la población civil y que se exima a la misma del conflicto armado.

Según las informaciones, luego de la intervención de las organizaciones de Derechos Humanos, se logró el ingreso a la zona, donde se verificó la situación real de esas comunidades, y donde la guardia indígena, según las informaciones, entregó posteriormente las armas y los militares a la Fiscalía, en presencia de la Defensoría regional del Pueblo y de organizaciones de Derechos Humanos. De acuerdo a las funciones de la defensoría del pueblo, ésta intervino para facilitar el dialogo entre los Gobernadores Indígenas y las instituciones ante lo cual, los soldados fueron entregados al defensor quien constató su buen estado físico y mental. Igualmente se constató el buen trato otorgado por los indígenas a los soldados, quienes a pesar de su indignación por el ataque, jamás los agredieron.

El Secretariado Internacional de la OMCT al manifestar su seria condena de estos hechos de extrema violencia, la persecución contra la población civil, la aparente impunidad de los autores y la omisión de medidas efectivas de protección por parte de las autoridades municipales, gubernamentales y nacionales para prevenir estos hechos, solicita a las autoridades departamentales y nacionales, alertar a los mandos militares en el sentido de que sea respetado el principio de distinción de civiles, consagrado en las normas del Derecho Internacional Humanitario (DIH).

La OMCT señala además que Colombia, como Estado Parte de la Convención debe « reconocer que todo niño tiene el derecho intrínseco a la vida » y,(…)« garantizar en la máxima medida posible la supervivencia y el desarrollo del niño » (Artículo 6). También, como Estado Parte de la mencionada Convención, Colombia velará porque (...) a) Ningún niño sea sometido a torturas ni a otros tratos o penas crueles, inhumanos o degradantes.(...) (Artículo 37). Y, de acuerdo con el Artículo 38 (…) « los Estados Parte se comprometen a respetar y velar por que se respeten las normas del derecho internacional humanitario que les sean aplicables en los conflictos armados y que sean pertinentes para el niño y, (...) 4. De conformidad con las obligaciones dimanadas del derecho internacional humanitario de proteger a la población civil durante los conflictos armados, los Estados Partes adoptarán todas las medidas posibles para asegurar la protección y el cuidado de los niños afectados por un conflicto armado.

La OMCT solicita además que, de acuerdo con los mismos instrumentos internacionales, las autoridades colombianas impartan, a quienes corresponda, las instrucciones necesarias para que se proteja debidamente a la población civil del Departamento del Valle del Cauca, y en general de todos los departamentos afectados vivamente por el conflicto armado.

Antecedentes y Contexto de la situación

De acuerdo con las informaciones, los municipios de Florida y Pradera, ubicados al sur oriente del Valle del Cauca, han tenido que soportar un proceso de militarización en constante crecimiento, además de la estigmatización, el señalamiento, la persecución y el hostigamiento contra sus pobladores. Estos hechos se han acrecentado particularmente desde el 4 de diciembre de 2004, cuando se dio a conocer a la opinión pública un comunicado del Secretariado de las Fuerzas Armadas Revolucionarias de Colombia, FARC, de fecha 28 de noviembre del 2004, en el cual manifiestan la intención de iniciar unos posibles acercamientos con el gobierno, en donde el tema central sería el intercambio o acuerdos humanitarios con el fin de intercambiar las personas retenidas por los insurgentes por los detenidos políticos del mencionado grupo y, que también, éste sería el inicio para propiciar un eventual proceso de paz.

Según las denuncias, esta circunstancia ha ocasionado que los pobladores de la región, campesinos, indígenas y afrodescendientes, se conviertan en una población vulnerable frente a los actores armados que hacen presencia en esta región y, en el caso del presente Llamado frente a la fuerza pública, al ejército y la policía, situación que se ha materializado en las detenciones masivas y en los falsos positivos, es decir operaciones militares de supuestos triunfos en la lucha contra la insurgencia. Por ejemplo, se ha denunciado que el 31 de diciembre del año 2006, hacia la 1:30 p.m, fueron detenidas en el casco urbano de Florida sesenta personas, habitantes de las diferentes comunidades de la mencionada región, bajo los señalamientos hechos contra ellas por desertores que trabajan como informantes de la fuerza pública.

Las detenciones se llevaron a cabo con el pretexto de registrarlos y verificar sus posibles vínculos con grupos al margen de la Ley. De éstas personas, aún permanecen en detención los Sres. Irma María Sanbony Pasu, Wilander Otero, Wiliam Otero, Eliu Salinas González, Hernán de Jesús Vasco, Tiberio Enrique Moreno, Dorance Villarraga, James Arvey Vidal Vidal, y José A. Cotillo. Estas personas fueron conducidas en un camión con destino a Palmira sin que existiera ninguna orden judicial.

Por otra parte, la presencia de la fuerza pública ha aumentado y se ha reforzado en las zonas rurales de Florida afectando directamente a las comunidades indígenas y campesinas, específicamente en corregimientos como San Joaquín, Llanito, Las guacas, Granates, Cumbre, etc.

En estos lugares, miembros del Batallón Palacé, el Batallón Codazzi, y el Batallón Pichincha del ejército regular colombiano, están realizando operaciones en medio de las cuales se han presentado enfrentamientos con la insurgencia, y también, los militares se han alojado en las viviendas de los habitantes, con las consecuencias y/o retaliaciones que esto puede traer. Sin embargo, según las denuncias, en poblaciones como Florida y Pradera, a pesar del aumento y reforzamiento de la fuerza pública, se presenta en los últimos meses, un importante aumento en los homicidios, y, en su área rural, con la presencia de un batallón de alta montaña, los miembros adscritos al Batallón Codazzi, del municipio de Palmira, arremeten constantemente en contra de la población civil.

En la región además, hacen presencia grupos de paramilitares “supuestos desmovilizados” de las Autodefensas Unidas de Colombia, AUC, que ahora se hacen llamar “ÁGUILAS NEGRAS”, frente a los cuales la fuerza pública no muestra ningún tipo de resultado; por el contrario los resultados, de los falsos positivos y “duros golpes” propiciados a la insurgencia, se dan en contra de la población civil.

Acción solicitada

Favor escribir a las autoridades Colombianas urgiéndolas a:

  1. tomar de inmediato las medidas necesarias y apropiadas para garantizar la seguridad y la integridad física y psicológica de los niños Claudia Aponte y Cristian Agredo, así como de la Sra. Alicia Aponte, incluyendo la atención médica adecuada y gratuita que su estado requiera;
  2. tomar de inmediato las medidas necesarias y apropiadas para garantizar la seguridad y la integridad física y psicológica de todos los pobladores de las veredas y zonas rurales de Florida, Departamento del Valle del Cauca;
  3. ordenar la libertad inmediata de los Sres. Irma María Sanbony Pasu, Wilander Otero, Wiliam Otero, Eliu Salinas González, Hernán de Jesús Vasco, Tiberio Enrique Moreno, Dorance Villarraga, James Arvey Vidal Vidal, y José A. Cotillo, en caso de encontrarse detenidos en ausencia de cargos legales válidos o, en el caso de que estos cargos existan, llevarlos ante un tribunal competente, independiente, justo e imparcial y garantizarles sus derechos procesales en todo momento;
  4. llevar a cabo una investigación independiente exhaustiva e imparcial en torno al ataque armado y a la consecuente muerte del Sr. Fabio Ramírez y a las heridas causadas a los niños Claudia Aponte y Cristian Agredo, así como a la Sra. Alicia Aponte, y también sobre las demás violaciones de los derechos humanos arriba denunciadas, con el fin de identificar a los responsables, llevarlos ante un tribunal competente, independiente, justo e imparcial y aplicarles las sanciones penales, y/o administrativas previstas por la ley;
  5. otorgar una adecuada reparación a la familia del Sr. Fabio Ramírez y las personas heridas durante los hechos arriba mencionados;
  6. dar inmediato cumplimiento a las recomendaciones dadas por los organismos internacionales y regionales de derechos humanos, incluyendo la Oficina del Alto Comisionado para los Derechos Humanos;
  7. de manera general, garantizar el respeto por los derechos humanos y las libertades fundamentales en todo el país de conformidad con las normas internacionales de derechos humanos, en particular con la Convención Contra la Tortura, ratificada por Colombia.

Direcciones:

  • Misión Permanente de Colombia ante las Naciones Unidas en Ginebra. Chemin du Champ d’Anier, 17-19, 1209 Ginebra, Suiza. FAX: + 41.22.791.07.87; TEL.:+ 41.22.798.45.55. E-mail: mission.colombia@ties.itu.int
  • Sr. Carlos Holmes Trujillo, Misión Diplomática en Bruselas: FAX: +32.2.646.54.91, E-mail: colombia@emcolbru.be
  • S.E. Álvaro Uribe Vélez, Presidente de la República, Cra. 8 # 7-26, Palacio de Nariño, Santa Fe de Bogotá.Fax:+57.1.566.20.71: auribe@presidencia.gov.co
  • Sr. Francisco Santos, Vicepresidente de la República, Téls.: +571334.45.07, +573.7720130, E-mail: fsantos@presidencia.gov.co ; buzon1@presidencia.gov.co
  • Programa DDHH de la Vicepresidencia: ppdh@presidencia.gov.co
  • Observatorio DDHH de la Vicepresidencia: obserdh@presidencia.gov.co
  • Dr. Volmar Antonio Pérez Ortiz, Defensor del Pueblo, Calle 55 # 10-32, Bogotá. Fax: + 57.1.640.04.91, E-mail: secretaria_privada@hotmail.com ; agenda@agenda.gov.co
  • Doctor Mario Hernán Iguarán Arana, Fiscal General de la Nación, Diagonal 22-B # 52-01, Bogotá. Fax: +57.1.570.20.00; +57.1.414.90.00 Extensión 1113, E-mail: contacto@fiscalia.gov.co; denuncie@fiscalia.gov.co
  • Dr. Edgardo José Maya Villazón, Procurador General de la Nación, Cra. 5 #. 15-80, Bogotá. Fax: +57.1.342.97.23; +57.1.284.79.49 Fax: +57.1.342.97.23; E-mail: cap@procuraduria.gov.co, E-mail: quejas@procuraduria.gov.co; webmaster@procuraduria.gov.co; cap@procuraduria.gov.co; reygon@procuraduria.gov.co; anticorrupcion@presidencia.gov.co
  • Dr. Juan Manuel Santos Calderón, Ministro de la Defensa, Avenida El Dorado con Cra. 52 CAN, Bogotá. Fax: +57.1.222.18.74; E-mail: siden@mindefensa.gov.co; infprotocol@mindefensa.gov.co; mdn@cable.net.co
  • Dr. Carlos Franco, Director del Programa Presidencial de Derechos Humanos y de Derecho Internacional Humanitario (DIH). E-mail: cefranco@presidencia.gov.co;
  • Dr. Fernando Ibarra, Asesor del Programa Presidencial de Derechos Humanos y de DIH. Tel.: +57.1.336.03.11, FAX: +57.1.337.46.67, E-mail: fibarra@presidencia.gov.co

Favor escribir también a las Representaciones Diplomáticas de Colombia en sus respectivos países.

Ginebra, 30 de enero de 2007

Favor informarnos sobre cualquier acción realizada acerca del presente caso, citando el código del presente llamado en su respuesta.