México
15.08.11
Intervenciones urgentes

En libertad condicional el menor de edad y liberados los demás ejidatarios de Bachajón. Preocupación de la OMCT por ausencia de garantías judiciales y por seguridad

Caso MEX 110211.3.CC/ MEX 110211.3

Seguimiento de los Casos: MEX 110211.CC/ MEX 110211; MEX 110211.1.CC/MEX 110211.1, y, MEX 110211.2.CC/MEX 110211.2

DERECHOS DEL NIÑO/CAMPAÑAS URGENTES

Liberaciones/Hostigamiento/ Temor por seguridad y por integridad personal

El SecretariadoInternacional de la Organización Mundial Contra la Tortura (OMCT) ha recibidonuevas informaciones y solicita su intervención ante la siguiente situación en México.

Nuevas informaciones

El Secretariado Internacional dela OMCT ha recibido nuevas informaciones del Centro de Derechos Humanos FrayBartolomé de Las Casas A.C., organización miembro de la red SOS-Tortura de laOMCT, sobre la liberación de los Sres. Jerónimo Guzmán Méndez, Domingo Pérez Álvaro, Juan Aguilar Guzmán y Domingo García Gómez, ejidatarios de San Sebastián Bachajón, municipio de Chilón, Chiapas, quienes fueron detenidos el 3 de febrero de 2011 y quienes se encontrabandetenidos en el Centro Estatal para la Reinserción Social de Sentenciados No.17 (CERSS No. 17), conocido con el nombre de “El Bambú”, en el municipio deCatazajá, Chiapas. Se ha conocido también ahora que el joven Mariano Demeza Silvano (de 17 años de edad),quien se encontraba detenido en el Centro de Readaptación para Menores “VillaCrisol”, en el municipio de Berriozábal, Chiapas, fue dejado en libertad condicionalel 7 de julio de 2011.

De acuerdo con las informaciones, el 23 de julio de 2011 fueron liberados los Sres. Jerónimo Guzmán Méndez, Domingo Pérez Álvaro, Juan Aguilar Guzmán y DomingoGarcía Gómez, quienes eran las últimas cuatro personas del grupo de campesinos delejido San Sebastián Bachajón que permanecieron presos, esta vez durante más decinco meses, en el mencionado penal de Catazajá, acusados del asesinato de unejidatario1 originario de Agua Azul, en el municipio de Tumbalá, yde presuntos delitos relacionados con protestas en el cruce de dicho lugar, ocurridasdurante la primera semana del mes de febrero de 2011. La liberación de loscuatro ejidatarios arriba mencionados se realizó luego que la Procuraduría General de Justicia del Estado de Chiapas (PJGE) se desistiera dela acción penal existente contra los mismos y que solicitara al juez que losdejara en libertad.

Se ha conocido que de otra parte,el joven Mariano Demeza Silvano, originario de la comunidad Maquinchab, Chilón,fue dejadoen libertad condicional, por orden de la juez María Guadalupe Flores Rocha,adscrita al reclusorio para menores “Villa Crisol”, y entregado a su familia quien esahora la responsable de que, entre otras “él no cometa ningún delito”. Elproceso contra él aún está abierto debido a que, según las informaciones, porser menor de edad su caso se rige de manera diferente al que juzgó a los demásejidatarios. En efecto, el joven Mariano Demeza Silvano quedaría también bajoresguardo del Sistema para el Desarrollo Integral de la Familia (DIF) municipalde Chilón con el fin de que realice trabajos en favor de la comunidad teniendoen cuenta que su libertad es condicionada.

El Secretariado Internacional de laOMCT manifiesta su satisfacción por la liberación de los Sres. Jerónimo Guzmán Méndez, Domingo Pérez Álvaro, Juan Aguilar Guzmán y DomingoGarcía Gómez. Sin embargo la OMCT continúa preocupada por la situación jurídicadel joven Mariano Demeza Silvano, quien fue dejado en libertad condicional ycontra quien, según las últimas informaciones recibidas, se mantienen loscargos de “atentados contra la paz y la integridad corporal y patrimonial de lacolectividad y del estado y daños”.

La OMCT señala también que las personas ahora liberadas y todas las demáspersonas detenidas durante los mismos hechos ocurridos el mes de febrero, fueron víctimas de diversasviolaciones a sus garantías judiciales a lo largo de su detención, la cualsegún las denuncias fue arbitraria ya que ahora la Procuraduría estatal sedesistió de la acción penal existente contra ellos, solicitando al juez que lesotorgara la libertad.

La OMCT recuerda que entre otrasviolaciones al debido proceso los detenidos no contaron con abogados que hablensu lengua y fueron obligados a firmar textos sin conocer su contenido; las declaraciones jurídicas que acusaban a los 10 ejidatarios quepermanecieron detenidos eran confusas y enrarecidas, y las personas acusadas delos delitos de homicidio no se encontraban en el lugar de los hechos ocurridosel 2 de febrero 2011 y por los que luego fueron acusados. Además la OMCT recuerda que los detenidosdenunciaron en varias ocasiones que habían sido víctimas de malos tratos porparte de las autoridades del Centro de Readaptación Social “El Bambú”, inclusive con amenazas de enviarlos a una celda de castigo. También losejidatarios fueron forzados a realizar trabajos denigrantes por el hecho denegarse a pagar la cuota al autogobierno del centro de detención y por defendersu derecho a un trato digno dentro del centro.

Finalmente la OMCT manifiesta también su preocupación por laseguridad y por la integridad física y psicológica de todas las personas aquímencionadas, y urge a las más altas autoridades estatales y federales a quegaranticen las mismas.

Contexto y antecedentes de lasituación

LaOMCT ha manifestado en varias ocasiones su preocupación por la seguridad y porla integridad personal de los detenidos Sres.: Pedro García Álvaro (quien presenta discapacidadmental), Miguel Álvaro Deara, Pedro Hernández López, Miguel López Deara, PedroLópez Gómez, Jerónimo Guzmán Méndez, Domingo Pérez Álvaro, Juan Aguilar Guzmán,y Domingo García Gómez, así como del menor Mariano Demeza Silvano (de 17 añosde edad), todos ejidatarios de San Sebastián Bachajón, en Chilón.

LaOMCT había denunciado anteriormente la detención arbitraria, ocurrida el 3 defebrero de 2011 y la violación del debido proceso y de las garantías judicialesde 117 ejidatarios de SanSebastián Bachajón, en particular las violaciones de losderechos humanos de los 10 ejidatarios que fueron dejados en detención, asícomo las alegaciones de amenazas y hostigamiento contra los mismos por parte dela policía estatal y por miembros de la procuración judicial2. Se había denunciadoentre otras cosas que las declaraciones jurídicas que acusaban a los 10ejidatarios que permanecieron detenidos eran confusas y que los acusados de losdelitos de homicidio no se encontraban en el lugar de los hechos ocurridos el 2de febrero de 2011 y por los que fueron acusados y procesados3.

La detención arbitraria y persecuciónjudicial contra los indígenas se llevó a cabo en medio de un conflicto existenteen San Sebastián Bachajón por el derecho existente sobre la caseta de cobro delos ejidatarios en el acceso a las cascadas de Agua Azul, importante atractivoturístico en la selva norte de Chiapas. La caseta, instalada por losejidatarios, fue atacada a principios del mes de febrero de 2011 por militantesdel partido político PRI y del PVEM (Fundación Colosio), quienes destruyeron yrobaron las cosas que encontraron, procediendo a apropiarse violentamente del lugar.Según las denuncias estos hechos habrían sido cometidos con el respaldo delEjército federal y de la policía, que desde entonces permanecen acantonados allí.En medio de aquellos hechos violentos perdió la vida el Sr. Marcos GarcíaMoreno, miembro del grupo agresor, hecho por el que se culpó a los ejidatariosadherentes a la otra campaña.

La OMCT había recibido informaciones sobre la liberación, ocurrida el 2de marzo de 2011, del Sr. Pedro García Álvaro debido a quela PGJE se desistió de la acción penal en su contra. La PGJE se desistió igualmentede la acción penal existente contra los Sres. Miguel Álvaro Deara, PedroHernández López, Miguel López Deara y Pedro López Gómez, quienes fueronliberados unos días después4. Porsu parte la PGJE fijó una fianza de 22.000 (veintidós mil) pesos mexicanos(unos mil trescientos Euros, en ese momento) para dejar en libertad condicionalal menor Mariano Demeza Silvano. Sin embargo el menor permaneció detenido hastael 7 de julio de 2011 en el mencionado Centro de Internamiento “Villa Crisol”,debido a que sus familiares no podían pagar esa fianza.

Acción solicitada

Favor escribir a las autoridades mexicanasurgiéndolas a:

i. tomar de manera inmediata lasmedidas más apropiadas para garantizar la seguridad y la integridad física ypsicológica del joven MarianoDemeza Silvano y de los Sres. Jerónimo Guzmán Méndez, Domingo PérezÁlvaro, Juan Aguilar Guzmán, Domingo García Gómez, Pedro García Álvaro, MiguelÁlvaro Deara, Pedro Hernández López, Miguel López Deara y Pedro López Gómez;

ii. ordenarla liberación definitiva del joven Mariano Demeza Silvano en caso de ausenciade cargos legales válidos contra él, ó, en caso de que estos cargos existan,presentarlo en el menor plazo posible ante un tribunal independiente,competente, justo e imparcial y garantizarle sus derechos procesales en todomomento;

iii. llevar a cabo una investigación inmediata,independiente, exhaustiva, efectiva e imparcial en torno atodos los hechos arriba denunciados, en particular acerca a la detenciónarbitraria masiva, a las violaciones de las garantías judiciales, a lasalegaciones de hostigamiento y amenazasinfligidas a los ejidatarios, en particular de quienes permanecieron detenidosvarios meses: el joven Mariano Demeza Silvano y los Sres. JerónimoGuzmán Méndez, Domingo Pérez Álvaro, Juan Aguilar Guzmán, Domingo García Gómez,Pedro García Álvaro, Miguel Álvaro Deara, Pedro Hernández López, Miguel LópezDeara y Pedro López Gómez, y queel resultado de la investigación se haga público con el fin de que losresponsables sean llevados ante un tribunal competente, independiente, justo eimparcial, y les sean aplicadas las sanciones penales, civiles y/oadministrativas previstas por la ley;

iv. llevar a cabo una investigación inmediata,independiente, exhaustiva, efectiva e imparcial en tornoal homicidio del Sr. Marcos García Moreno y dela agresión contra el Sr. Tomás Pérez Deara, y que el resultado de lainvestigación se haga público con el fin de que los responsables sean llevadosante un tribunal competente, independiente, justo e imparcial, y les seanaplicadas las sanciones penales, civiles y/o administrativas previstas por laley;

v. otorgar una apropiada reparación queincluya una adecuada indemnización y una rehabilitación al joven Mariano Demeza Silvano y a los Sres. Jerónimo Guzmán Méndez,Domingo Pérez Álvaro, Juan Aguilar Guzmán, Domingo García Gómez, Pedro GarcíaÁlvaro, Miguel Álvaro Deara, Pedro Hernández López, Miguel López Deara y PedroLópez Gómez;

vi. de manera general, conformar susacciones a lo dispuesto por los Pactos y Convenciones regionales e internacionalesde Derechos Humanos, en particular la Convención Americana sobre DerechosHumanos (“Pacto de Costa Rica”) y la Convención sobre los Derechos del Niño.

Direcciones

· SeñorPresidente Felipe de Jesús Calderón Hinojosa, Residencia Oficial de los Pinos,Casa Miguel Alemán, Col. San Miguel Chapultepec, C.P. 11850, México DF. FAX: + 52 55 5277 2376 + 52 55 27 89 1113,E-mail: felipe.calderon@presidencia.gob.mx

· Misión Permanente de México ante las Naciones Unidas enGinebra, 16, Avenue du Budé. 1202, Ginebra, Case postale 433. FAX: + 41 22 748 07 08 E-mail: mission.mexico@ties.itu.int

  • Licenciado Juan José Sabines Guerrero, Gobernador Constitucional delEstado de Chiapas Palacio de Gobierno del Estado de Chiapas, 1er Piso Av.Central y Primera Oriente, Colonia Centro, C.P. 29009 Tuxtla Gutiérrez,Chiapas, México, Fax: + 52 961 61 88088 + 52 961 618 8056 Extensión 21120. 21122 E-mail:secparticular@chiapas.gob.mx
  • Dr. Noé Castañón León, Secretario General de Gobierno del Estado deChiapas. Palacio de Gobierno del Estado de Chiapas, 2do Piso Av. Central yPrimera Oriente, Colonia Centro, C.P. 29009 Tuxtla Gutiérrez, Chiapas. Conmutador: + 52 961 612 9047, + 52 961 618 7460Extensión: 20003. E-mail: secretario@secgobierno.chiapas.gob.mx

· Dr. Juan GabrielCoutiño Gómez, Magistrado Presidente del Tribunal Superior de Justicia delEstado de Chiapas Tribunal Superior de Justicia del Estado. Edificio A, 2do.Piso Libramiento Norte Oriente No. 2100, Fraccionamiento El Bosque CP 29047, TuxtlaGutiérrez, Chiapas. Teléfono: + 52 961 616 5354, + 52 961 616 5355 Fax: + 52 961 616 5350

E-mail: cdominguezb@poderjudicialchiapas.gob.mx

· Licenciado Gabriel Grajales Pascacio, Juzgado del Ramo Penalde Playas de Catazajá, Km 2.5, carretera Catazajá – Palenque, Catazajá,Chiapas. Anexo al CERSS No. 17, C.P. 29980 Catazajá, Chiapas, E-mail: ramos_selene@hotmail.com

· Licenciado José Francisco BlakeMora,Secretaríade Gobernación. Bucareli 99, 1er. piso, Col. Juárez, Del. Cuauhtémoc, MéxicoD.F., C.P.06600, MEXICO. Fax: + 52 55 5093 3414

E-mail: secretario@segob.gob.mx

· Licenciado JesúsZamora Castro, Subsecretario de Asuntos Jurídicos y Derechos Humanos,Secretaría deGobernación E-mail: secretario@segob.gob.mx

  • Licenciada MariselaMorales Ibáñez, Procuradora General de la República E-mail: ofproc@pgr.gob.mx
  • Dr. Raúl PlascenciaVillanueva, Presidente de la Comisión Nacional de los Derechos Humanos.

E-mail: correo@cndh.org.mx

  • Licenciada Omeheira López Reyna, Titular de laUnidad para la promoción y defensa de los derechos humanos SEGOB. Paseo dela Reforma 99 P.H. Col. Tabacalera. Del. Cuauhtémoc, México. E-mail: romeheira@segob.gob.mx

· Licenciado Mauricio E. Montes de Oca Durán, Unidad parala promoción y defensa de los derechos humanos SEGOB. E-mail: mmontesdeoca@segob.gob.mx

  • Sr. Guillermo I. Ortíz Mayagoitia, Presidente del Consejo de laJudicatura,

E-mail: presidencia@cjf.gob.mx

Favor escribir también a las RepresentacionesDiplomáticas de México en sus respectivos países.

Ginebra, 15 de agosto de 2011

Agradecemos que nos informenacerca de cualquier acción emprendida, indicando el código del presente llamadoen su respuesta.

1 Según las informaciones,el 2 de febrero de 2011 falleció el Sr. Marcos Moreno García y resultó heridoel Sr. Tomás Pérez Deara, en medio de enfrentamientos entre ejidatarios afiliadosa los priístas e indígenas tseltales adherentes a “La Otra Campaña”, enel marco de la disputa por el control del Centroecoturístico “Cascadas de Agua Azul”. Se ha informado ahora que, hastala fecha, se encuentran en total impunidad los responsables de los hechosviolentos ocurridos a principios de febrero en San Sebastián, en el acceso alas cascadas de Agua Azul, por los cuales fueron detenidos y procesadosjudicialmente los indígenas.

2 Ver llamado urgente OMCT caso MEX 110211.CC/ MEX 110211, emitido el 11 de febrero de 2011.

3 Ver llamadourgente OMCT caso MEX 110211.1.CC/ MEX 110211.1, seguimiento emitido el 18 defebrero de 2011.

4 Ver llamado urgente OMCT caso MEX 110211.2.CC/ MEX 110211.2,seguimiento emitido el 6 de abril de 2011.