Colombia
06.05.03
Intervenciones urgentes

Colombia: asesinato de líder del pueblo indígena Embera Katío

Caso COL 060503 ESCR
DERECHOS ECONÓMICOS, SOCIALES Y CULTURALES
Asesinato / Comunidades Indígenas / Guerrilla y Paramilitares


El Secretariado Internacional de la OMCT solicita su intervención URGENTE en la siguiente situación en Colombia.

Breve descripción de la situación

El Secretariado Internacional de la OMCT ha sido informado por la Comisión Colombiana de Juristas, miembro de la red de la OMCT, del asesinato del Sr. Augusto Lana Domicó, líder del pueblo indígena Embera Katío y gobernador de la comunidad de Porremia, el día sábado 18 de abril, presuntamente por las Fuerzas Armadas Revolucionarias de Colombia (FARC-EP).

De acuerdo con la información recibida, el día sábado 18 de abril, en horas de la noche un grupo de hombres armados, que se identificaron como miembros de las Fuerzas Armadas Revolucionarias de Colombia ( FARC-EP), llegaron a la vivienda de Augusto Lana Domicó y después de hacerlo bajar del tambo (lugar de vivienda) donde se encontraba con su esposa y sus siete hijos (todos menores de edad), lo trasladaron a unos metros de su vivienda y le propinaron dos disparos que causaron su muerte. Esa misma noche otro grupo de hombres armados que al parecer pertenecen a esa misma organización guerrillera (FARC-EP) hicieron presencia en una fiesta comunitaria que se realizaba en Dozá. Luego de preguntar por algunos líderes, procedieron a buscarlos por todos los tambos de la comunidad y al no encontrarlos se dirigieron a sus viviendas, intimidaron a sus familiares y se llevaron sus bienes

Antecedentes.

Las violaciones a los derechos humanos al pueblo Embera Katío del Alto Sinú se vienen presentando desde el año de 1993, cuando el Estado colombiano otorgó, sin el proceso de consulta previo establecido en la normatividad nacional e internacional, la licencia ambiental para la construcción de una hidroeléctrica. Desde el inicio de la construcción de la hidroeléctrica Urrá en su territorio, el pueblo indígena ha enfrentado los graves impactos que sobre sus derechos económicos, sociales y culturales ha tenido la construcción y puesta en marcha de dicho proyecto.

El abandono del Estado en la protección de los derechos del pueblo indígena ha tenido también como consecuencia que los indígenas hayan sido víctimas de sistemáticas violaciones a sus derechos, por parte de todos los actores armados (fuerza pública, grupos paramilitares y grupos guerrilleros), traducidas en homicidios, desapariciones forzadas, amenazas, destrucción de sus bienes y desplazamiento de las comunidades que conforman el Pueblo. La situación del pueblo es tan grave que, la Comisión Interamericana de Derechos Humanos (CIDH) el día 4 de junio de 2001, solicitó al Gobierno colombiano la adopción de medidas cautelares urgentes concertadas con el pueblo Embera Katío, para establecer el paradero de Kimy Pernía Domicó (líder desaparecido forzadamente el 2 de junio de 2001 en la ciudad de Tierralta, Córdoba, presuntamente por paramilitares), proteger a los demás miembros de la comunidad indígena e investigar, juzgar y sancionar a los responsables de las violaciones a los derechos humanos del pueblo.

La omisión del Estado de cumplir con las medidas decretadas por la CIDH, agravó la situación del pueblo. Durante el año 2002 las violaciones a los derechos humanos de los miembros de pueblo continuaron : asesinatos, secuestros, tortura, desplazamientos forzados ; debido a la acción de guerrilleros y grupos paramilitares.

El Estado colombiano no ha tenido nunca una respuesta efectiva de protección. No se conoce hasta el momento resultado alguno de investigaciones penales que permitan determinar responsables por los múltiples delitos. Nadie ha sido sancionado por los mismos y ninguna víctima reparada en sus derechos.

El Pueblo Embera ha denunciado siempre públicamente las violaciones de las que ha sido víctima y en el mes de mayo de 2002 los indígenas, respondiendo a una solicitud que les hizo el Gobierno, le presentaron una propuesta de protección, pero hasta el momento no se ha concretado su implementación.

Las graves denuncias del Pueblo en el sentido de que, ante su posición de autonomía y de no colaboración con ningún actor armado, habían sido amenazados por el grupo guerrillero, motivaron la decisión del Estado colombiano de promover una visita humanitaria al territorio,

Entre el 27 y 28 de marzo de 2003 se desplazaron a Tierralta y al territorio indígena, a la comunidad de Beguidó, representantes de la Defensoría del Pueblo, de la Vicepresidencia de la República, de la Procuraduría General de la Nación y de la Red de Solidaridad Social acompañados de representantes de la Oficina del Alto Comisionado para los Refugiados en Colombia (ACNUR) y de la Comisión Colombiana de Juristas. La Comisión Humanitaria pudo constatar en el territorio indígena la situación de temor y riesgo en que se encontraba el pueblo y recomendó:

“Que el Estado, con base en la situación de riesgo que afrontan las comunidades del pueblo indígena Embera Katío del Alto Sinú, concrete y materialice los mecanismos de protección solicitados por la comunidad a la mayor brevedad”.

Desafortunadamente la recomendación de la misión no fue atendida por el Gobierno y la propuesta de protección hecha por el pueblo Embera, hasta el día de hoy, más de una semana después del asesinato de Augusto Lana Domicó (18 de abril de 2003), no ha sido implementada. Otros Gobernadores del Pueblo Embera se encuentran amenazados por el grupo guerrillero y algunos de ellos han tenido que desplazarse forzadamente con sus compañeras, hijas e hijos menores de edad para salvaguardar sus vidas.

Acción solicitada

Favor escribir a las autoridades en Colombia para urgirlas a :

i. garantizar una inmediata investigación de las circunstancias del asesinato del Sr. Augusto Lana Domicó, identificar a los responsables, llevarlos ante un tribunal civil competente e imparcial y aplicar las sanciones penales, civiles y/o administrativas estipuladas en la ley ;

ii. poner en marcha la propuesta de protección solicitada por el pueblo Embera. La propuesta tiene dos componentes: a) La presencia permanente del Estado en el resguardo a través de la instalación de una oficina de la Defensoría del Pueblo; y b) la conformación de una comisión mixta de acompañamiento permanente al pueblo Embera ;

iii. que el Presidente de la República haga un pronunciamiento público de manera inmediata en el que exprese su rechazo por los hechos que vienen ocurriendo en el territorio indígena y exija a todos los actores armados presentes en la zona el respeto por el derecho humanitario y por la autonomía del pueblo indígena frente al conflicto armado ;

iv. adelantar las investigaciones con el fin de identificar a los responsables de las violaciones a los derechos humanos del pueblo Embera Katío, sancionar a los responsables y reparar los derechos de las víctimas;

v. garantizar el respeto a los derechos humanos y las libertades fundamentales en todo el país, incluyendo los derechos económicos, sociales y culturales, de conformidad con las normas internacionales de derechos humanos.

Direcciones

-Presidente de la República
Dr. Álvaro Uribe Vélez
Dirección Electrónica: auribe@presidencia.gov.co
Palacio de Nariño
Carrera 8 N° 7-26 Fax 5662071

-Vicepresidencia de la República
Dr. Francisco Santos
Dirección Electrónica: fsantos@presidencia.gov.co

-Ministerio de Relaciones Exteriores
Dr. Jaime Girón Duarte
Viceministro de Asuntos Políticos Multilaterales
Dirección Electrónica: pmdirect@minrelext.gov.co

-Fiscalía General de la Nación
Dr. Luis Camilo Osorio
Dra. Elba Beatriz Silva
Directora Unidad de Derechos Humanos
Dirección Electrónica: elbsilva@fiscalia.gov.co
Diagonal 22 B No. 52-01
Tel Fax: 5702022

-Procuraduría General de la Nación
Dr. Edgardo José Maya Villazón
Dirección Electrónica: reygon@procuraduria.gov.co
Carrera 5 N° 15-80 Fax 3429723

-Defensoría del Pueblo
Dr. Eduardo Cifuentes
Dirección Electrónica: secretaria_ privada@hotmail.Com
Calle 55 No. 10-32 Tel Fax : 3461225


Favor escribir también a las representaciones diplomáticas de Colombia en sus respectivos países.

Ginebra, 6 de mayo de 2002

Favor informarnos sobre cualquier acción emprendida, citando el código de este llamado en su respuesta.