Colombia
24.06.09
Intervenciones urgentes

Colombia: Ejecución extrajudicial en Arauquita_Preocupación por integridad personal del Sr. José del Carmen Jiménez Garay.

Caso COL 240609

Ejecución extrajudicial/ Seria preocupación por seguridad y por integridad personal/ Violaciones al Derecho Internacional Humanitario

El Secretariado Internacional de la Organización Mundial Contra la Tortura (OMCT) solicita su intervención URGENTE ante la siguiente situación en Colombia.

Descripción de la situación

El Secretariado Internacional de la OMCT ha recibido con seria preocupación informaciones del Comité Permanente por la Defensa de los Derechos Humanos (CPDH), organización miembro de la red SOS-Tortura de la OMCT, sobre la ejecución extrajudicial del Sr. William Alexander Santos Santos, de 23 años de edad, quien fue víctima de un ataque armado por parte de miembros del ejército regular colombiano, ataque en medio del cual resultó herido el Sr. José del Carmen Jiménez Garay, de 53 años, en hechos ocurridos en zona rural del municipio de Arauquita (Departamento de Arauca).

De acuerdo con las informaciones, el 21 de junio de 2009, hacia las 8:30 a.m, los Sres. William Alexander Santos Santos y José del Carmen Jiménez Garay fueron atacados con una ráfaga de fúsil disparada, sin mediar ninguna palabra, por miembros de una patrulla del ejército colombiano, cuando las víctimas se encontraban revisando un cultivo de arroz, en la finca Los Clavelitos de la Vereda conocida con el nombre de La Chiguira, en Arauquita. Como resultado del ataque, el Sr. William Alexander Santos Santos, murió instantáneamente y el Sr. José del Carmen Jiménez Garay resultó herido en el hombro derecho.

Se ha denunciado que una vez ocurridos los hechos, la patrulla del ejército se acercó al lugar en donde cayeron los campesinos y un soldado exclamó preocupado ¡la embarramos, William respire!. Posteriormente, a los pocos minutos, las dos víctimas fueron trasladadas en un helicóptero a las instalaciones de la Brigada XVIII del Ejército con sede en la ciudad de Arauca, capital del departamento.

Según las informaciones estos lamentables hechos se presentan con frecuencia al parecer debido a que, en el marco de la política de “Seguridad Democrática”, implementada en todo el país pero en particular en algunos departamentos como Arauca que conformaron las llamadas Zonas de Consolidación y Rehabilitación[1], los miembros del ejército ven en todo campesino un potencial guerrillero, lo que los ha conducido incluso a participar en operaciones conocidas ampliamente como “falsos positivos”[2].

El Secretariado Internacional de la OMCT al condenar firmemente estos graves hechos manifiesta su seria preocupación por la seguridad y por la integridad física y psicológica del Sr. José del Carmen Jiménez Garay y por la de todos los miembros de su familia así como de la familia del Sr. William Alexander Santos Santos, y urge a las altas autoridades colombianas a que implementen las medidas más apropiadas para protegerlos.

La OMCT recuerda que Colombia es Estado Parte del Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos el cual señala que: “El derecho a la vida es inherente a la persona humana. Este derecho estará protegido por la ley. Nadie podrá ser privado de la vida arbitrariamente”. (Artículo 6).

El Secretariado Internacional de la OMCT manifiesta su seria preocupación porque estos graves hechos puedan quedar impunes y por ello solicita a las autoridades gubernamentales que tomen las medidas necesarias para garantizar una investigación inmediata, completa, independiente, efectiva e imparcial acerca de estos abusos, cometidos según las denuncias, por agentes del Estado. Así mismo la OMCT solicita que el Gobierno de la Nación dicte las instrucciones necesarias para que se proteja a la población civil, en general de todos los departamentos afectados vivamente por el conflicto armado, respetando el Principio de Distinción marcado por el Derecho Internacional, en particular el Derecho Internacional Humanitario DIH[3].

Acción solicitada

Favor escribir a las autoridades de Colombia para urgirlas a:

  1. tomar de manera urgente las medidas necesarias para garantizar la seguridad y la integridad física y psicológica del Sr. José del Carmen Jiménez Garay, incluyendo toda la atención médica urgente, adecuada y gratuita que su estado de salud física y mental requiera;
  2. tomar de manera urgente las medidas necesarias para garantizar la seguridad y la integridad física y psicológica de todos los miembros de las familias de los Sres. William Alexander Santos Santos y José del Carmen Jiménez Garay;
  3. llevar a cabo una investigación inmediata, completa, independiente, efectiva e imparcial en torno a las violaciones de los derechos humanos cometidas contra las personas arriba mencionadas, en particular sobre la ejecución extrajudicial del Sr. William Alexander Santos Santos y las heridas causadas al Sr. José del Carmen Jiménez Garay, y que las conclusiones de esta investigación sean publicadas, con el fin de identificar a los responsables llevarlos ante un tribunal competente, independiente, justo e imparcial y aplicarles las sanciones penales y/o administrativas previstas por la ley;
  4. garantizar una adecuada reparación al Sr. José del Carmen Jiménez Garay y a los familiares del fallecido Sr. William Alexander Santos Santos, incluyendo una adecuada indemnización y rehabilitación;
  5. de manera general, garantizar el respeto de los derechos humanos y las libertades fundamentales en todo el país, de conformidad con las normas internacionales de derechos humanos, en particular con la Convención Contra la Tortura, ratificada por Colombia.

Direcciones

  • S.E. Álvaro Uribe Vélez, Presidente de la República, Carrera 8 # 7-26, Palacio de Nariño, Santa Fe de Bogotá. Fax: + 571 566 2071
  • Misión Permanente de Colombia ante Naciones Unidas en Ginebra. 17-19, Chemin du Champ d’Anier, 1209 Ginebra, Suiza. FAX: + 4122 791 0787. E-mail: mission.colombia@ties.itu.int
  • Sr. Carlos Holmes Trujillo, Misión Diplomática en Bruselas: FAX: +322 646 5491
  • Sr. Francisco Santos, Vicepresidente de la República, Tel.: + 571 334 4507, + 573772 0130. E-mail: fsantos@presidencia.gov.co ; buzon1@presidencia.gov.co; ppdh@presidencia.gov.co
  • Dr. Volmar Antonio Pérez Ortiz, Defensor del Pueblo, Calle 55 # 10-32, Bogotá. Fax: + 571 640 0491. E-mail: agenda@agenda.gov.co
  • Doctor Mario Hernán Iguarán Arana, Fiscal General de la Nación, Diagonal 22-B # 52-01, Bogotá. Fax: + 571 570 2000 + 571 414 9000 Extensión 1113. E-mail: contacto@fiscalia.gov.co
  • Dr. Alejandro Ordoñez Maldonado, Procurador General de la Nación, Cra. 5 #. 15-80, Bogotá. Fax: + 571 342 9723; + 571 284 7949. E-mail: cap@procuraduria.gov.co ; quejas@procuraduria.gov.co ; webmaster@procuraduria.gov.co ;
  • Dr. Juan Manuel Santos Calderón, Ministro de la Defensa, Avenida El Dorado con Carrera 52 CAN, Bogotá. Fax: + 571 222 1874. E-mail: siden@mindefensa.gov.co; infprotocol@mindefensa.gov.co; mdn@cable.net.co
  • Dr. Carlos Franco, Director del Programa Presidencial de Derechos Humanos y de Derecho Internacional Humanitario (DIH). E-mail: cefranco@presidencia.gov.co
  • Dr. Fernando Ibarra, Asesor del Programa Presidencial de Derechos Humanos y de DIH. Tel.: + 571 336 0311 FAX: + 571 337 4667. E-mail: fibarra@presidencia.gov.co

Favor escribir también a las Representaciones Diplomáticas de Colombia en sus respectivos países.

Ginebra, 24 de junio de 2009.

Favor informarnos sobre cualquier acción emprendida, citando el código de este llamado en su respuesta.

[1] “(…) El 21 de septiembre [de 2002], bajo el gobierno del Presidente Álvaro Uribe Vélez, fueron decretadas las dos primeras zonas de consolidación y rehabilitación: la primera Sucre y Bolívar, bajo el mando militar del capitán de navío Luis Alejandro Parra Rivera y la segunda Arauca, bajo el mando del Brigadier General Carlos Lemus Castro. Estas dos zonas comprenden 27 municipios (15 en Sucre, 9 en Bolívar y 3 en Arauca). Inmediatamente, el gobierno dispuso la concentración militar de seis batallones de contraguerrilla del Ejército y de la Armada y de tres brigadas móviles, con cerca de 3.600 soldados, para estas dos zonas, además de los fiscales y agentes del Cuerpo Técnico de Investigaciones de la Fiscalía (CTI) que harán parte, con los militares, de las operaciones. (…)”. Ver: BANCO DE DATOS DE DERECHOS HUMANOS Y VIOLENCIA POLÍTICA, Panorama de Derechos Humanos y Violencia Política CINEP & JUSTICIA Y PAZ BOLETÍN No. 1. Septiembre 10 a septiembre 26 de 2002.

[2] Las informaciones denuncian que en años anteriores han ocurrido hechos similares entre otros en las Veredas de El Paraíso, Los Colonos, Vocas de Juju y el Complejo Caño Limón, del mismo municipio de Arauquita. La manera más frecuente en que se usa el término “falso positivo”, es respecto a, según las denuncias, centenares de casos de campesinos desprevenidos o miembros de comunidades deprimidas socio-económicamente que han sido asesinados por el ejército y luego presentados como guerrilleros dados de baja en combate, a fin de cobrar de esta manera beneficios y, de paso, dar los “resultados” que tanto exigen sus superiores.

[3] (…) “En orden a garantizar el respeto y protección a la población civil y los objetos civiles, las Partes en conflicto deberán distinguir en todo momento entre la población civil y los combatientes, y entre los objetos civiles y los objetivos militares y de acuerdo con esto dirigirán sus operaciones sólo contra los objetivos militares” (…). Ver Artículo 48 del Protocolo I Adicional a la Convención de Ginebra, 1977, PARTE IV: POBLACIÓN CIVIL Sección 1: Protección General Contra los Efectos de las Hostilidades. Capítulo I: Reglas Básicas y Campo de Aplicación