Honduras
19.04.17
Intervenciones urgentes

Carta a la Corte Suprema de Justicia: Petición de admisión y declaración con lugar de la acción de inconstitucionalidad presentada en contra de los decretos que autorizan el proyecto hidroeléctrico Agua Zarca

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SeñoresMagistrados


Sala delo Constitucional

CorteSuprema de Justicia

Berlín, 19 deabril 2017

Asunto:“Petición de admisión y declaración con lugar de la acción deinconstitucionalidad presentada en contra de los decretos que autorizan elproyecto hidroeléctrico Agua Zarca”

EstimadosMagistrados y Magistradas,

Lasorganizaciones, redes y personas abajo firmantes a través de esta misiva, nosmanifestamos en relación a la acción de inconstitucionalidad presentada anteesta Sala, por el Consejo Cívico de Organizaciones Populares e Indígenas deHonduras (COPINH). Al respecto expresamos que:

Es denuestro conocimiento que el 01 de marzo de 2017 el Consejo Cívico deOrganizaciones Populares e Indígena de Honduras (COPINH) presentó ante estaSala una Acción de Inconstitucionalidad en contra los dos decretos legislativosa través de los cuales se aprobaron los contratos para el aprovechamiento deaguas nacionales para la generación, transmisión y comercialización de energíaeléctrica mediante el Proyecto Hidroeléctrico Agua Zarca (PHAZ)[1].La presentación de dicha acción fue acompañada por un gran número deorganizaciones de la sociedad civil que integran la plataforma de la Coalicióncontra la Impunidad (CCI)[2].

Conrespecto al proyecto referido y producto de información corroborada, instanciasnacionales e internacionales, señalan sobre la legalidad y legitimidad delmismo, que éste fue aprobado en contravención a la obligación internacional delEstado de Honduras de de consultar y obtener consentimiento previo, libre einformado de la población lenca. Mediante dichos actos legislativos el Estadoha incurrido en una grave violación al Convenio 169 de la OrganizaciónInternacional del Trabajo y de los derechos del pueblo indígena lenca. Alrespecto la Relatora Especial Sobre los Derechos de los Pueblos Indígenas[3] de lasNaciones Unidas, en su informe de julio de 2016, sentó un importante precedenteal señalar las violaciones sistemáticas a las cuales son sometidas laspoblaciones indígenas en Honduras y en particular las cometidas en contra delPueblo Lenca en el marco de la aprobación y construcción del PHAZ.

Productode la conflictividad provocada por la aprobación e instalación del proyecto enterritorio indígena lenca, es de nuestro conocimiento que funcionarios queotorgaron los permisos de operación y licenciamiento ambiental al PHAZ, hansido sometidos a procesos judiciales, en los cuales el sistema de justiciahondureño ha determinado que efectivamente al aprobar el proyecto, violentaronlos derechos del pueblo indígena contenidos en el Convenio 169 OIT[4].

Dentrode ese marco, es de conocimiento general a nivel nacional e internacional que,el PHAZ, es un foco generador de conflicto social que ha provocado severasalteraciones en la convivencia de los pueblos donde tiene presencia elproyecto. Desde nuestras organizaciones ratificamos el argumento de que esteelemento, es razón de suficiente peso para la revisión de la vigencia de estosdecretos, entendida desde la obligación y los deberes que tiene el Estado deHonduras, incluyendo el sector justicia, de generar bienestar a la población.

Finalmente,solicitamos a esta Sala que haga prevalecer el Estado de derecho, que resguardelos derechos del Pueblo Lenca, los derechos de la población en general y losmás altos intereses del Estado de Honduras, los cuales son puestos en riesgo almantener en vigencia los decretos referidos, por ser estos contrarios a loestablecido en los tratados y convenios internacionales. En ese sentido,abiertamente pedimosque sea admitida la Acción de Inconstitucionalidadpresentada por el COPINH ante la Sala de lo Constitucional de la Corte Supremade Justicia de Honduras, y que sea declarada con lugar con suspensión del actoreclamado para que tengan plena vigencia los principios de imparcialidad eindependencia que deben regir a la judicatura.

Reivindicamosnuestra apuesta por la defensa de los derechos humanos como eslabón fundamentalpara la existencia del eEtado de derecho. Reafirmamos que Berta Cácerescontinúa viva en medio de todos los pueblos y comunidades del mundo quedefienden el agua, la tierra, los ríos y sobre todo el derecho a vivir en paz ydignidad.

Quedamos,atentos a su respuesta a esta comunicación.

Respetuosamente:

1)Asociación Nicaragua en Duesseldorf, Alemania


2)Cadena de Derechos Humanos Honduras (CADEHO), Alemania


3)Centro de Documentación y Investigación Chile Latinoamérica (FDCL), Alemania


4)Centro de Educación y Comunicación para los Derechos Humanos (CECODHU), España

5)Centro Nacional de Cooperación al Desarrollo - CNCD-11.11.11, Bélgica


6)Christliche Initiative Romero (CIR), Alemania


7)Colectivo Italia Centroamérica (CICA), Italia


8)Commission Justice & Paix, Bélgica


9)Federación Internacional de los Derechos Humanos (FIDH), Bélgica

10)FIAN International, Alemania


11)Foro Honduras Suiza, Suiza


12)GegenStrömung – CounterCurrent, Alemania


13)HondurasDelegation, Alemania


14)Institut für Ökologie und Aktions-Ethnologie e.V., Alemania


15)Instituto Universitario IEPALA Rafael Burgaleta –UCM, España

16)Oficina Ecuménica por la paz y la justicia Munich, Alemania

17)Organización Mundial Contra la Tortura (OMCT), Bélgica

18)Monique Munting, Bélgica


19)Paulo Freire Gesellschaft e.V., Alemania


20)Plataforma Internacional contra la impunidad, Guatemala

21)Quinoa ASBL, Bélgica

22) RedEuropea de Comites Oscar Romero, Bélgica

23)Solidaridad Suecia-América Latina (SAL), Suecia

24)Trócaire, Honduras


25) WeEffect América Latina, Suecia

Concopia a:


ConsejoCívico de Organizaciones Populares e Indígenas de Honduras (COPINH) MovimientoAmplio por la Dignidad y la Justicia (MADJ)


[1] Losdecretos autorizantes son los No. 67-2011 y 68- 2011, con los cuales se aprobóla instalación del proyecto hidroeléctrico sobre el Río Gualcarque y el sitiodenominado Aldea San Ramón, en el municipio de San Francisco de Ojuera, en eldepartamento de Santa Bárbara, respectivamente, ambos territorios indígenaslencas.

[2] LaCoalición contra la Impunidad (CCI) actualmente está integrada por 48organizaciones de todo el territorio nacional.

[3] Naciones Unidas,Informe de la Relatora Especial de Derechos de los Pueblos Indígenas en suvisita a Honduras, numeral 47, del apartado de preocupaciones especiales: “47.Uno de esos proyectos fue la represa Agua Zarca en la región de Río Blanco(Intibucá), que generó una situación altamente conflictiva que resultó enamenazas, hostigamiento, criminalización y muertes de dirigentes indígenaslencas opuestos al proyecto. En el apéndice al presente informe, la RelatoraEspecial hace una serie de observaciones sobre la situación de Río Blanco.”

[4] Exp.23-2016, correspondiente al proceso instado en contra de Martiniano Domínguezex alcalde de La Esperanza, Intibucá, por suponerlo responsable de laampliación de la licencia ambiental otorgada a la Empresa DESA. Exp. 2885-2014,proceso instado en contra de Jonathán Laínez, ex viceministro de la SERNA yexp. 2774- 2016, en el cual figura como parte imputada Darío Cardona, ex subsecretario de la misma entidad, ambos imputados por los delitos de abuso deautoridad, involucrados en el proceso de licenciamiento ambiental del proyectohidroeléctrico Agua Zarca.