Argentina
23.05.01
Intervenciones urgentes

Argentina: persecución judicial contra el abogado Mariano Mansilla, miembro fundador del Comité de Acción Jurídica de Argentina (CAJ).

LLAMADO URGENTE - EL OBSERVATORIO

ARG 001 / 0105 / OBS 043
Hostigamiento / Proceso judicial
Argentina
23 de mayo del 2001

El Observatorio para la Protección de los Defensores de Derechos Humanos, un programa conjunto de la FIDH y de la OMCT, solicita su intervención urgente respecto a la siguiente situación en Argentina:

Breve descripción de la situación:

El Observatorio acaba de recibir informaciones relacionadas con la persecución de que viene siendo objeto el abogado Mariano Mansilla, miembro fundador del Comité de Acción Jurídica de Argentina (CAJ), organización miembro de la FIDH, al parecer, motivada por el ejercicio del derecho de opinión sobre las causas de derechos humanos en las que participa como defensor.

De acuerdo con las informaciones del Comité de Acción Jurídica de Argentina (CAJ), el Tribunal Superior de la provincia de Neuquen emitió una resolución en la que solicita ante el Colegio de Abogados local, sanciones contra el Sr. Mariano Mansilla, lo cual le hace correr el riesgo de perder su derecho a ejercer la profesión de abogado. El Sr. Mariano Mansilla también ejerce como abogado en la Central de Trabajadores Argentinos y en la Federación Mapuche de Argentina.

Los informes agregan que la persecución contra el abogado Mariano Mansilla comenzó poco después de denunciar en Ginebra al Estado argentino, por sus violaciones al Pacto de Derechos Económicos y Sociales por la discriminación hacia los mapuches y hacia los inmigrantes, denuncia que realizó junto al abogado Matías Cremonte, también del CAJ.

Según los informes, posteriormente, cuando regresó, el Sr. Mariano Mansilla concedió un reportaje al diario "La Mañana del Sur" en la que opinó sobre las defensas que viene ejerciendo, criticando la conducta del Estado argentino, así como la de determinados sectores del Poder Judicial de Neuquen. Existen temores de que la respuesta que ahora ha dado el Tribunal Superior de Neuquen constituya una represalia por sus opiniones.

El Observatorio recuerda que la resolución tomada por el Tribunal, cuyos acuerdos solo pueden ser realizados para decidir en causas judiciales, vulnera el derecho de defensa y de opinión, así como normas precisas de la Constitución argentina ( artículo l8 y ccs) y del Pacto de San José de Costa Rica ( artículo 75, inciso 22 de la CN) .

Acción solicitada:

Favor escribir a las autoridades Argentinas urgiéndolas a:

i. garantizar la integridad física y psicológica del abogado Sr. Mariano Mansilla en toda circunstancia;

ii. tomar las medidas necesarias para que el Tribunal Superior de la provincia de Neuquen anule la resolución en la que solicita sanciones contra el abogado Sr. Mariano Mansilla ante el Colegio de Abogados local ;

iii. asegurar la aplicación de lo dispuesto por la Declaración sobre los defensores de los derechos humanos, adoptada por la Asamblea General de la ONU el 9 de diciembre 1998, en particular en lo referente a la protección del derecho de toda persona "..individual o colectivamente, a promover la protección y realización de los derechos humanos y las libertades fundamentales en los planos nacional e internacional y a esforzarse por ellos" (Art. 1), así como en lo relativo al deber del Estado de garantizar: "...la protección por las autoridades competentes de toda persona, individual o colectivamente, frente a toda violencia, amenaza, represalia, discriminación, negativa de hecho o de derecho, presión o cualquier otra acción arbitraria resultante del ejercicio legítimo de los derechos mencionados en la presente Declaración (Art. 12.2);

iv. de manera general, conformar sus acciones a lo dispuesto por la Declaración Universal de Derechos Humanos, los Pactos y Convenciones regionales e internacionales ratificados por Argentina, particularmente el Pacto Internacional de derechos Civiles y Políticos y los Artículos 5.1 y 5.2 de la Convención Americana de Derechos Humanos, la Constitución Argentina ( artículo l8 y ccs) y el Pacto de San José de Costa Rica ( artículo 75, inciso 22 de la CN).

Direcciones:
S.E. Doctor Fernando De la Rúa, Presidente de la República, Casa Rosada, Balcarce 50, Buenos Aires, CF Argentina. Fax : + 541 331 6376 - E-mail : postmaster@presidencia.gob.ar

Dr. Federico Storani, Ministro del Interior, 25 de Mayo 101, Buenos Aires, Argentina. Fax (+54 11 ) 43 31 70 5, ó, 43 42 60 81, diredcom@mininterior.gov.ar

Dr. Jorge Enrique De La Rúa, Ministro de Justicia y Derechos Humanos, Sarmiento 329 5º piso (cfte.) Tel. 4328 60 38/432 86 039 Int. 2561/2562 Fax 432 86 039

Dra. Diana Conti, Secretaria de Derechos Humanos, Leandro N. Alem 150 PB, Buenos Aires, Argentina - Fax 54 11 43 43 23 26, (to send her an email, please access the following web page:, www.jus.gov.ar)

Don Rafael Manuel Pascual, Presidente de Honorable Cámara de Diputados, Av. Rivadavia 1864, Buenos Aires, Argentina. Fax: (+ 54-11) 49 54 10 85 E-mail: rpascual@diputados.gov.ar

Subsecretaría de Derechos Humanos, Ministerio del Interior, Casa de Gobierno, Balcarce 50, Buenos Aires, Argentina. E-mail : sdh@wamani.apc.org

Doctor Julio Salvador Nazareno, Presidente Corte Suprema de Justicia de Argentina,Buenos Aires - Argentina. Fax: (+ 54 11) 43 71 15 40 y (+ 54 11) 43 71 07 21

Tribunal Superior de Justicia de Neuquén : (tsjetsjnqn@gov.ar )
Colegio de Abogados de Neuquen : (abognqn@satlink.com)

Ginebra, París, 23 de mayo del 2001

Agradeceremos informar al Observatorio acerca de cualquier acción emprendida, indicando el código del presente llamado.

El Observatorio, programa conjunto de la FIDH y la OMCT, está destinado a la protección de los defensores de los derechos humanos víctimas de violaciones y a proporcionarles una ayuda cotidiana tan concreta como sea posible.

Premio de Derechos Humanos de la República Francesa, 1998

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Para contactar el Observatorio, comuníquese a la Línea de Urgencia:
Fax : 33 (0) 1 55 80 83 92
Tel.: FIDH 33 (0) 1 43 55 20 11 - OMCT + 4122 809 49 39
E-mail : observatoire@iprolink.ch