México
08.03.07
Intervenciones urgentes

Presunta violación sexual por militares resultando en la muerte de una mujer indígena mayor

Caso MEX 080307.VAW
VIOLENCIA CONTRA LA MUJER
Violación sexual/ Muerte de una mujer indígena
Ginebra, 8 de marzo de 2007.

El Secretariado Internacional de la Organización Mundial Contra la Tortura (OMCT) solicita su intervención MUY URGENTE ante la siguiente situación en México.

Descripción de la situación:

El Secretariado Internacional de la OMCT ha recibido con mucha preocupación informaciones del Centro de Derechos Humanos “Miguel Agustín Pro Juárez”, miembro de la red SOS-Tortura, referentes a la violación sexual de la Sra. Ernestina Ascencio Rosario, de 73 años de edad, que según la alegación habría sido cometida tumultuariamente por elementos castrenses en la comunidad de Tetlalzingo, municipio Soledad Atzompa, Veracruz, crimen que resultó en su fallecimiento.

Según las informaciones, el 25 de febrero de 2007, la Sra. Ernestina Ascencio Rosario fue violada por entre cuatro y 11 miembros del 63° Batallón de Infantería de la 26ª zona militar de Lencero, Veracruz. La Sra. Rosario fue hallada aún con vida por sus familiares y les relató lo ocurrido. Según el testimonio de la víctima: “los militares se le vinieron encima”. Más tarde, debido a su crítico estado de salud fue trasladada al hospital regional de Río Blanco, en donde ella murió el 26 de febrero. De acuerdo a lo informado por sus familiares, el certificado de muerte señaló que la Sra. Ernestina Ascensio fue violada y que falleció como consecuencia de una infección en intestinos e hígado y también presentaba huellas de tortura y perforación del recto.

De acuerdo con los informes, las autoridades militares han emitido diversos comunicados deslindándose de cualquier responsabilidad. En un comunicado del 6 de marzo declararon que “delincuentes que utilizaron prendas militares perpetraron el crimen” y, habrían portado las mencionadas prendas con el fin de inculpar a integrantes del Ejército para con ello lograr que los militares abandonen el área. Ante tal discurso, a la OMCT le preocupa que las investigaciones por parte de la Procuraduría General de Justicia del Ejército no sean exhaustivas e independientes, y que el caso quede impune.

La OMCT teme además que este incidente, el cual según las informaciones ha generado un descontento generalizado en las poblaciones indígenas cercanas y la desestabilización social y política de la región, podría resultar en acciones violentas por parte de los pobladores y las autoridades.

La OMCT recuerda que México es Estado Parte de la Convención sobre la eliminación de todas las formas de discriminación contra la mujer, la cual en su Artículo 2, estipula que: “Los Estados Partes condenan la discriminación contra la mujer en todas sus formas, […] y, con tal objeto, se comprometen a: b) Adoptar medidas adecuadas, legislativas y de otro carácter, con las sanciones correspondientes, que prohíban toda discriminación contra la mujer […]”. Además, la Declaración sobre la Eliminación de la Violencia contra la Mujer, en su artículo 4 (c), estipula que los Estados deben “proceder con la debida diligencia a fin de prevenir, investigar y, conforme a la legislación nacional, castigar todo acto de violencia contra la mujer, ya se trate de actos perpetrados por el Estado o por particulares”.

Por último, la OMCT manifiesta su temor en cuanto al hecho de que estas graves violaciones de los derechos humanos puedan quedar impunes y sus perpetradores sin sanción alguna, ante lo cual solicita atentamente al gobierno que la investigación disciplinaria de rigor se lleve a cabo a través de la Procuraduría Regional y de la Procuraduría General de la República para que todo esto conduzca a una investigación penal, exhaustiva e imparcial sobre estos graves hechos, con el fin de identificar a los responsables, llevarlos ante un tribunal imparcial y aplicarles las sanciones penales y/o administrativas estipuladas en la ley, teniendo en cuenta que tan grave hecho criminal no puede ser calificado, bajo ninguna circunstancia, como un acto propio del servicio.

Contexto y antecedentes de la situación:

La OMCT recuerda que existen denuncias sobre varios casos de violación sexual presuntamente cometida por miembros del ejército regular mexicano, cuyos perpetradores y sus responsables jerárquicos no han recibido el juzgamiento y/o el castigo acorde con la ley.

Algunos de los casos sin resolver por orden cronológico:

  • El 4 de junio de 1994 varios militares violaron a tres hermanas tsetales Ana, Beatriz y Celia González, entonces jóvenes de 12, 15 y 17 años de edad,. Posteriormente, en el mes de julio del mismo año, la SEDENA (Secretaría de la Defensa Nacional) a través de un boletín “rechazó enérgicamente las falsas imputaciones”. La Comisión Interamericana de Derechos Humanos emitió recomendaciones sobre sus casos en su informe de fondo (Informe Nº 53/01, caso 11.565, 4 de abril 2001). Luego de casi 13 años de ocurridos los acontecimientos cerca de Altamirano, Chiapas, las víctimas no han recibido ningún tipo de compensación y la investigación continua bloqueada ante la jurisdicción militar.
  • El 3 de diciembre de 1997, la Sra. Delfina Flores Aguilar, de 28 años, y la Sra. Aurelia Méndez Ramírez, de 31, indígenas tlapanecas, de Zopilotepec, Atlixtac de Álvarez, Estado de Guerrero, denunciaron haber sido violadas por cinco soldados.
  • En 1997, la LIMEDDH, seccional Oaxaca recibió la denuncia de 12 mujeres que habían sido violadas por soldados del Ejército Mexicano en la zona Loxicha, sin embargo, el caso no prosperó por intimidación de la CEDH (Comisión Estatal de Derechos Humanos), quien advirtió que tendrían que demostrar los hechos o de lo contrarío irían a la cárcel.
  • El 21 de abril de 1999, la Sra. Victoriana Vázquez Sánchez, de 50 años, y la Sra. Francisca Santos Pablo, de 33, de Barrio Nuevo San José, en Tlacoachixtlahuaca, Estado de Guerrero, fueron interceptadas y violadas, al parecer por militares, en casas abandonadas del sector.
  • El 16 de febrero de 2002, la Sra. Valentina Rosendo Cantú también fue agredida sexualmente por ocho soldados del 41 Batallón de Infantería, en Barranca Bejuco, Acatepec, Estado de Guerrero.
  • El 22 de marzo de 2002, en Barranca Tecuani, Ayutla de los Libres, Estado de Guerrero, la Sra. Inés Fernández Ortega, de 27 años, fue violada en su casa por 11 soldados.
  • El 11 de julio de 2006, más de 20 soldados asaltaron la zona de tolerancia del municipio de Castaños, Estado de Coahuila, en donde violaron a 13 mujeres. Como en todos los casos denunciados, la justicia militar será quien juzgue a los soldados inculpados.

Acción solicitada:

Favor escribir a las autoridades de México para urgirlas a:

  1. tomar de manera urgente las medidas necesarias para garantizar la seguridad y la integridad física y psicológica de la familia de la Sra. Ernestina Ascencio Rosario;
  2. llevar a cabo una investigación inmediata, exhaustiva, independiente e imparcial en torno a la violación sexual de la Sra. Ernestina Ascencio Rosario con el fin de identificar a los responsables, llevarlos ante un tribunal competente, independiente, justo e imparcial y aplicarles las sanciones penales y/o administrativas previstas por la ley;
  3. brindar una reparación a la familia de la Sra. Ernestina Ascencio Rosario;
  4. garantizar el respeto a los derechos humanos y las libertades fundamentales en todo el país, de conformidad con las normas internacionales de derechos humanos, en particular con la Convención Contra la Tortura y con la Convención sobre la eliminación de todas las formas de discriminación contra la mujer.

Direcciones:

  • Misión Permanente de México ante las Naciones Unidas en Ginebra, 16, Avenue du Budé. 1202, Ginebra, Case postale 433. Fax : + 4122 748.07.08 E-mail: mission.mexico@ties.itu.int
  • Embajador Sr. Jorge Ciero, Misión Diplomática de México en Bruselas, 94 avenue F.D. Rossevelt, 1050 Ixelles, Bélgica, Tel.: + 32 2 629 07 11; Fax: + 32 2 644 08 19
  • Presidente Felipe Calderón Hinojosa, Residencia Oficial de "Los Pinos", Co. San Miguel Chapultepec, México D.F., C.P. 11850. Fax: +52.5.55.522.94.13 / +52 5 55 277 23 76. E-mail: radio@appresidencia.gob.mx; webadmon@appresidencia.gob.mx
  • Sr. Eduardo Medina-Mora Icaza, Procuraduría General de la República, Reforma Norte esquina Violeta 75. Colonia Guerrero CP. 06300, México D.F. TEL: +525553462003 y + 525553462.03. E-mail: ofproc@pgr.gob.mx; Fax: +525553460906
  • Dr. José Luis Soberanes Fernández, Presidente de la CNDH, E-mail: correo@ cndh.org.mx, Tel: 525556310040, Fax: +525556818490, E- mail: correo@fmdh.cndh.org.mx
  • Francisco Javier Ramirez Acuña, Secretario de Gobernación, Bucareli 99, 1er. piso, Col. Juárez, Delegación Cuauhtemoc, México D.F., C.P.06600. Fax: +52.5.55.093.34.14 / + 52.5.55.093.34.15 E-mail: santiagocreel@compuserve.com; ghuerta@segob.gob.mx
  • Maestro Ricardo Sepúlveda, Director de la Oficina para la Promoción y la Defensa de los Derechos Humanos, TEL: +52.5.55.128.02.23 y 24, Fax: +52.5.55.128.02.34 y + 52.5.55.128.02.24, E-mail: rsepulveda@segob.gob.mx
  • Secretaría Particular de la Secretaría de la Defensa Nacional, comsoc@mail.sedena.gob.mx, Tel: +52 55- 55-80-11-51, Fax: +52 55- 55-80-11-53
  • Secretaría Particular del Gobernador de Veracruz, Tel.: +52 (01) 228 8-41-88-00, Fax: +52 (01) 228 8-41-88-18, E-mail: fidelherrera@veracruz-llave.gob.mx
  • Procuraduría de Justicia del Estado de Veracruz, +52 (01) 228 8-41-61-70

Favor escribir también a las representaciones diplomáticas de México en sus respectivos países.

Ginebra, 8 de marzo de 2007.

Favor informarnos sobre cualquier acción emprendida, citando el código de este llamado en su respuesta.