15.06.20
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La cárcel de mujeres de Quetzaltenango en Guatemala: Un microcosmos de los problemas relacionados con las condiciones de detención femenina

Un gran número de mujeres privadas de libertad con sus hijos e hijas en un espacio pequeño con una pésima infraestructura. Esta frase resume las condiciones de una prisión femenina en Guatemala, ubicada en Quetzaltenango, monitoreada en febrero de 2020 por integrantes de la OMCT, UDEFEGUA y la Plataforma Internacional contra la Impunidad, en cuya visita pude participar.

Pensando en este establecimiento como una especie de metonimia en relación con las condiciones de encarcelamiento de mujeres en diferentes países del mundo, en este texto reflexiono sobre cómo las violaciones de derechos, que generalmente ya marcan las rutinas penitenciarias en las cárceles femeninas, pueden empeorar durante la pandemia de COVID-19.

Adoptar este foco de discusión es importante, porque, en general, cuando hablamos sobre prisiones, la primera figura que suele pasar por nuestras mentes es la de hombres detenidos. En raras ocasiones imaginamos a mujeres privadas de libertad, dada la construcción social de que las personas del sexo femenino son “dulces” y, por eso, incapaces de estar involucradas en dinámicas criminales. Sin embargo, las estadísticas desmienten esta percepción. Entre los países que más encarcelaron entre 2000 y 2016, los Estados Unidos tuvieron un aumento del 18% en los niveles de encarcelamiento de mujeres, mientras que la China presentó un crecimiento de 105% y el Brasil un impresionante incremento del 455%. Las mujeres son cada vez más foco de la justicia criminal por lo que las políticas públicas deben de ser desarrolladas tomándolas en cuenta.

Desafortunadamente, hay pocas acciones dirigidas a este público. Cuando existen, normalmente se relacionan con la maternidad. No es que este problema no sea importante. Hay muchas violaciones de los derechos en relación con el tratamiento de mujeres embarazadas y recién nacidos en las cárceles. Por ejemplo, en nuestra visita, fue posible observar que las detenidas y sus niños vivían en una situación torturante en Quetzaltenango, sin ninguna atención médica ni acceso a suministros personales como materiales de higiene. Durante la pandemia de COVID-19, estas mujeres pueden tener dificultades para acceder a medios básicos para evitar los riesgos de infección, como el agua y el jabón.

Sin embargo, restringir las acciones de género a las mujeres embarazadas o lactantes es ignorar aspectos más amplios del problema. Muchas prisiones femeninas suelen ser simples adaptaciones de las antiguas cárceles para hombres o edificios públicos viejos y desgastados. En este sentido, además de la infraestructura inadecuada, se observó que algunas paredes, techos y pisos de la cárcel de Quetzaltenango están a punto de colapsar. Existe un riesgo de que ocurra un derrumbe de las instalaciones, fragilizando la vida y la integridad de las mujeres que viven en este espacio.

«La capacidad del inmueble de Quetzaltenango está prevista para 50 presas, pero, en febrero de 2020, se encontraban detenidas 159 mujeres y 13 niños y niñas.»

Las prisiones de mujeres son normalmente más pequeñas en número en comparación con la cantidad de establecimientos masculinos, porque la población penitenciaria femenina tiende a ser reducida en el universo de los detenidos (aunque, como he dicho, las tasas han aumentado en los últimos años). No es raro entonces, que los establecimientos diseñados para este público estén superpoblados. La capacidad del inmueble de Quetzaltenango está prevista para 50 presas, pero, en febrero de 2020, se encontraban detenidas 159 mujeres y 13 niños y niñas. En el contexto de COVID-19, este escenario de hacinamiento impide que se puedan tomar las medidas de aislamiento necesarias en casos de sospecha de infección.

Otro punto importante es la falta de oportunidades laborales o de estudio que se repiten en las cárceles de todo el mundo. Las personas privadas de libertad tienden a estar ociosas durante gran parte de su detención, problema aún más extendido en los establecimientos femeninos como el de Quetzaltenango. Cuando existen, las alternativas de trabajo están impregnadas de roles de género tradicionales y es común que a las mujeres se les asignen tareas como cocinar, coser y limpiar ambientes carcelarios. En algunos casos, se realizan cursos para enseñar actividades de cuidado personal y belleza, como manicuras y cortes de cabello. O sea, las prisiones femeninas reproducen desigualdades sociales típicas del “mundo en libertad”, que requieren que las mujeres aprendan funciones de cuidado. Tras el cumplimiento de la pena, se espera de ellas que se comporten sumisamente, lejos del “mundo del crimen”, cerca del “mundo privado”, del hogar[1].

A este respecto, investigaciones[2] sobre dinámicas criminales femeninas indican que las mujeres tienden a ser doblemente penalizadas cuando cometen un crimen. Por un lado, está la condena de la justicia criminal que establece la pena de privación de libertad. Por otro, se impone una sanción social como consecuencia de que hayan roto con las expectativas de la sociedad sobre cómo deberían comportarse como mujeres. Normalmente, se espera que un hombre viole una regla penal, no una mujer. No es raro entonces, que las presas reciban pocas visitas de sus familias durante la detención, mientras que los hombres tienden a tener amplio apoyo emocional.

Dadas las malas condiciones en que se encuentran las cárceles de muchos países, sin visitas familiares (generalmente vehículos para recibir materiales de higiene personal y alimentos), las mujeres están a merced de la solidaridad de otras compañeras privadas de libertad. Este escenario se agrava con el COVID-19, ya que las visitas durante la pandemia han sido prohibidas en diversos lugares. Sin embargo, no son pocas las cárceles en el mundo, como la que existe en Quetzaltenango, donde las personas presas dictan sus propias reglas estrictas de convivencia, aplicando sanciones ilegales que pueden variar desde una advertencia hasta la muerte. Se crean relaciones jerárquicas y de poder, lo que es acentuado en un contexto de poco contacto con el mundo exterior y con una fuerte dependencia entre las personas privadas de libertad.

Retomando la idea inicial de este texto, no es exagerado sugerir que la cárcel guatemalteca monitoreada es una especie de patrón de las fallas que comunemente se encuentra en los centros de privación de libertad femeninos en países que desarrollan pocas o ninguna política para las detenidas. Preocupados por el contexto de pandemia, que, como he dicho, podría exacerbar muchos de los problemas aquí reportados, las Naciones Unidas y otras organizaciones internacionales han hecho llamados urgentes para que los Estados tomen medidas para evitar que el virus cause estragos aún más grandes entre los privados de libertad como, por ejemplo, disminuir las tasas de hacinamiento. Estas prescripciones no hacen más que reforzar normas que deberían haberse respetadas hace mucho tiempo, como las Reglas de las Naciones Unidas para el tratamiento de las reclusas y medidas no privativas de la libertad para las mujeres delincuentes (Reglas de Bangkok) y las Reglas Mínimas de las Naciones Unidas para el Tratamiento de los Reclusos (Reglas de Mandela).

Si fuera así, muchos de los problemas y desafíos aquí discutidos, agudizados durante la pandemia de COVID-19, no serían una realidad en la cárcel femenina de Quetzaltenango, ni tampoco en otros establecimientos de privación de libertad femeninos. Guatemala fue revisada por el Comité contra la Tortura (CAT) en diciembre de 2018. Las observaciones finales se pueden encontrar aquí. La OMCT acompañó a las organizaciones de la sociedad civil guatemalteca en la presentación de los informes alternativos. En febrero de 2020 se realizó una visita de seguimiento a Guatemala para analizar la aplicación de las recomendaciones del Comité contra la Tortura, acompañada por la socióloga Thais Lemos Duarte.

*Thais Lemos Duarte es socióloga, investigadora del Centro de Estudos de Criminalidade e Segurança Pública (CRISP/UFMG) y ex integrante del Mecanismo Nacional de Prevención a la Tortura de Brasil. En febrero de 2020 acompañó a la OMCT en la misión de seguimiento a las recomendaciones del Comité contra la Tortura al Estado de Guatemala, en su calidad de experta en la materia.

[1] DAVIS, Angela. Como o gênero estrutura o sistema prisional. In: Estarão as prisões obsoletas? Rio de Janeiro: DIFEL, 2018 (pp. 65-89).

[2] LEMGRUBER, Julita. Cemitério dos vivos: análise sociológica de uma prisão de mulheres. 2.ª ed., Rio de Janeiro: Forense, 1999.