Índice Mundial de Tortura: transparencia de los datos y documentación de la tortura y los malos tratos

El 13 de febrero de 2025, más de 100 miembros y socios de la red SOS-Tortura se unieron al seminario web del Índice Global de Tortura de la OMCT para compartir experiencias de la fase piloto y discutir los próximos pasos que conducirán a su lanzamiento mundial en junio de 2025. El Índice de Tortura examina el cumplimiento por parte de los Estados de las normas internacionales más estrictas en materia de tortura y malos tratos, proporcionando una evaluación exhaustiva mediante el escrutinio de las leyes, las políticas y su aplicación real, anualmente en cada país.
El seminario web reunió a organizaciones clave de la sociedad civil para debatir estrategias eficaces para mejorar la transparencia y fomentar un mayor acceso a la información a nivel nacional. Los participantes compartieron buenas prácticas sobre la presentación de solicitudes de acceso a la información relacionadas con la tortura y los malos tratos, con el objetivo de crear una hoja de ruta colectiva para mejorar la accesibilidad de la información y presionar para que el Estado cumpla con este derecho.
El Índice sirve como una herramienta para identificar la (in)disponibilidad de información en países específicos, tanto en ausencia de una legislación específica como ante la falta de disponibilidad, en la práctica, de datos sobre el número de casos de tortura e investigaciones, los protocolos utilizados por las fuerzas del orden, el tipo de armas utilizadas, y los mecanismos de supervisión en las oficinas públicas, entre otros.
La salud democrática de un país puede medirse por su transparencia, mediante las autoridades públicas que ponen la información a disposición del público y el número de organismos independientes que garantizan el acceso adecuado a esta información. Los datos abiertos, cuando se comunican y entienden adecuadamente, son una herramienta muy poderosa para mantener la sociedad informada y movilizar al público.
ABORDANDO CUESTIONES CRÍTICAS
¿Por qué es importante el acceso a la información cuando se trabaja contra la tortura?
Proteger el derecho de acceso a la información es vital para garantizar la transparencia y la rendición de cuentas de las instituciones públicas. Este derecho permite a las organizaciones de la sociedad civil, a los periodistas y a los individuos interesados a examinar la conducta de los organismos públicos, denunciar las violaciones de los derechos humanos y fomentar un debate público informado. Además, mejora la participación en la toma de decisiones y refuerza el proceso democrático. El acceso a la información también permite a los ciudadanos y a las personas defensoras de los derechos humanos salvaguardar los derechos y prevenir los abusos. Al permitir que los grupos de mayor riesgo ejerzan sus derechos de manera más efectiva, se convierte en un vehículo para promover la igualdad y la justicia.
Cuando sociedad civil accede a datos sobre tortura y malos tratos, puede identificar patrones de violaciones, grupos y contextos más afectados como herramienta de prevención, tipos de armas y/o técnicas que causan más daño para revisar leyes y protocolos sobre el uso de la fuerza, y su implementación por parte de los funcionarios encargados de hacer cumplir la ley. También podemos comprender cómo el sistema judicial está abordando la investigación y los juicios de casos de tortura y malos tratos, centrándose en grupos como las mujeres y la niñez, así como identificar si la reparación de las víctimas es adecuada.
Todo Estado tiene la obligación de cumplir el derecho a la información mediante la producción y publicación periódica de información estadística que permita al público en general, a las organizaciones de la sociedad civil y a las personas defensoras:
- Hacer rendir cuentas a los autores de violaciones de los derechos humanos.
- Formular, presionar y presentar pruebas en reclamaciones de derechos humanos, por ejemplo, ante la ONU y mecanismos regionales de derechos humanos, para proporcionar datos contextuales.
- Publicar y analizar estadísticas sin temor a represalias.
- Medir y demostrar cuestiones de derechos humanos e identificar patrones y tendencias.
- Hacer un seguimiento de los avances y/o retrocesos, incluida la alerta temprana.
- Abogar por el cumplimiento de las normas internacionales de derechos humanos y sobre publicación de datos estadísticos, incluidos los Principios de las Naciones Unidas para las Estadísticas Oficiales, para la recopilación, almacenamiento, difusión de información y análisis estadísticos.
¿Cómo obstaculiza la falta de acceso a los datos la aplicación del Índice?
Durante el seminario web, la falta de acceso a la información sobre tortura y malos tratos se identificó como un desafío global que afecta a todos los países incluidos en la fase piloto del Índice. De los 21 países iniciales que lo implementan, 13 declararon que el Estado ha promulgado una legislación nacional sobre el derecho de acceso a la información. Sin embargo, solo tres de ellos afirmaron que este derecho se aplica realmente.
En muchos países en los que existe una ley de acceso a la información, esta no cumple con los estándares internacionales al incluir exenciones demasiado amplias o vagamente formuladas a la divulgación de información, no estar accesible en todos los idiomas, carecer de datos desagregados y tener mecanismos de apelación y supervisión independientes inadecuados o inexistentes. En la práctica, también existen barreras para acceder eficazmente a la información, como la falta de recursos y formación adecuados de los funcionarios públicos que gestionan las solicitudes de información y la publicación tardía e incompleta de la información pública.
Las lagunas de datos y las definiciones inadecuadas de tortura, malos tratos y otras violaciones de los derechos humanos en línea con las normas internacionales impiden que el Índice refleje plenamente los desafíos específicos, los factores de riesgo y las tendencias en los países analizados, ya que con frecuencia están ocultos. Esta situación plantea un gran desafío y obstaculiza la exhaustividad de los resultados, la elaboración de estrategias de promoción adaptadas y la identificación de tendencias.
¿Cómo deben estructurarse las solicitudes de acceso a la información para lograr la máxima eficacia?
Hay que tener en cuenta varios factores a la hora de solicitar datos públicos, especialmente aquellos relacionados con la tortura. En primer lugar, es esencial tener conocimiento de la definición de tortura que maneja la entidad de la que se obtienen los datos. Las definiciones nacionales suelen diferir de las de la Convención de las Naciones Unidas contra la Tortura. También es aconsejable ampliar la búsqueda, por ejemplo, a otros tipos de delitos bajo los que a veces se investiga la tortura (como el abuso de poder). Es fundamental realizar solicitudes de acceso periódico a la información, incluso sobre períodos ya consultados, porque la información puede cambiar debido a actualizaciones en los sistemas de datos o incluso a la falta de sistematicidad y transparencia en la gestión de la información.
¿Qué enfoques pueden adoptar las organizaciones de la sociedad civil y las personas defensoras de los derechos humanos, tanto si el país dispone o no de una ley de acceso a la información?
- Colaborar/establecer contacto con la oficina nacional de estadística de su país o con la(s) institución(es) pertinente(s) encargada(s) de la recopilación de datos.
- Establecer contacto con organizaciones de sociedad civil especializadas en transparencia y derecho de acceso a la información en su país.
- Colaborar con sus redes sobre la importancia de la transparencia y el acceso a los datos, así como con los medios de comunicación y en las redes sociales.
- Solicitar reuniones con instituciones gubernamentales para subrayar la importancia de la transparencia y los efectos negativos de no tener acceso a datos.
- Colaborar con organismos internacionales especializados en tortura y acceso a la información, en particular con el Comité de la ONU contra la Tortura, en el contexto de los exámenes de los Estados, y con el Subcomité para la Prevención de la Tortura, cuando el Estado haya ratificado el Protocolo Facultativo de la Convención contra la Tortura (OPCAT).
- Supervisar los acontecimientos y reacciones en su país. No dude en compartir dichas reacciones con la Secretaría de la OMCT enviando un correo electrónico a tortureindex@omct.org.
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