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Desapariciones Forzadas

Las personas que son víctimas de desaparición forzada se esfuman sin dejar rastro tras ser detenidas, arrestadas o secuestradas en la calle, en sus hogares o en su lugar de trabajo.

Los perpetradores suelen ser agentes del Estado u otros actores que actúan con la complicidad del Estado, pero también pueden ser grupos armados no estatales. Cuando los familiares de las víctimas preguntan desesperadamente por ellas, las autoridades se niegan a reconocer su implicación y a proporcionarles información sobre su paradero.

Quienesquiera que sean los responsables, las consecuencias son devastadoras, tanto para las víctimas directas como para sus familias. Al final puede ocurrir que las personas “desaparecidas” aparezcan muertas, a menudo con signos de tortura. O pueden reaparecer en lugares de detención, semanas o meses después, con frecuencia tras haber sufrido tortura u otros malos tratos durante el tiempo que estuvieron en paradero desconocido y sin que sus familiares y abogados o abogadas tuvieran acceso a ellas.

En muchos casos no se vuelve a saber de ellas, y sus familias jamás conocen la verdad. No saber lo que le ha ocurrido a un ser querido, ni siquiera si está muerto o vivo, es causa incesante de angustia para los padres, madres, cónyuges o hijos e hijas de las personas sometidas a desaparición forzada. Al no poder llorar su muerte, no pueden superar jamás la pérdida, y su sufrimiento puede durar decenios.

Aunque la mayoría de las víctimas son hombres, son principalmente mujeres las que luchan por conocer la verdad. A menudo, esta lucha las deja expuestas a sufrir intimidación, violencia o a la muerte misma.

Las desapariciones forzadas llamaron la atención del mundo durante las décadas de 1970 y 1980, cuando las dictaduras militares latinoamericanas se valieron de ellas en gran escala para deshacerse de sus oponentes y sembrar el terror en la población. Ahora son más frecuentes que nunca y afectan a todas las regiones del mundo, en particular, pero no únicamente, durante los conflictos internos. Personas defensoras de los derechos humanos corren especial riesgo, al igual que quienes ejercen la abogacía o el periodismo y las personas que han sido testigos de violaciones de derechos humanos perpetradas por agentes del Estado.

Las desapariciones forzadas son crímenes graves de derecho internacional, prohibidos por, entre otros tratados, la Convención Internacional para la Protección de Todas las Personas contra las Desapariciones Forzadas, que entró en vigor en 2010. La Convención tiene por objeto prevenir tales crímenes, descubrir la verdad y garantizar que las víctimas y sus familias consiguen justicia, reparación e indemnización.

El Comité de las Naciones Unidas contra la Tortura (CAT) ha determinado que la desaparición forzada constituye en sí misma una forma de tortura y ha hecho hincapié reiteradamente en el derecho a conocer la verdad, así como en el derecho de las víctimas y sus familias a recibir resarcimiento y reparación. Las personas expertas que componen el CAT han establecido también que los Estados tienen la obligación legal de prevenir, investigar, enjuiciar y castigar las desapariciones forzadas perpetradas por agentes no estatales (como milicias o grupos terroristas) en cualquier territorio bajo la jurisdicción del Estado en cuestión.